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Actividades económicas y normativa ambiental: Analizan efecto en áreas protegidas

La Comisión de Agricultura continuó el debate sobre la aplicación de la Ley 21.600. Esta crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP). Autoridades, expertos y representantes del sector agrícola expresaron sus posturas. El debate se centró en los alcances de la norma y su impacto en las actividades productivas del país.

Publicado: 6 de noviembre de 2025

La Comisión de Agricultura continuó la revisión de la Ley 21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP). El debate se enfocó en la participación local y el efecto de esta norma en las actividades productivas.

El subsecretario Maximiliano Proaño explicó que los sitios prioritarios existen desde 2002 (unos 350 identificados). La nueva ley busca ordenar estos sitios mediante un proceso de planificación ecológica, regulado en el artículo 28.

Se aclaró que no se están creando nuevos sitios, sino reorganizando los existentes. Se elaboró un listado de 99 áreas seleccionadas por criterios de representatividad, conectividad e integridad.

Daniela Manusevich destacó que la metodología permitirá duplicar (de 6 a 12) los ecosistemas que cumplen con estándares internacionales. Esto consolida una planificación ecológica basada en evidencia científica.

Inquietudes de Productores y Parlamentarios

Federico Errázuriz, de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), advirtió que los reglamentos de la Ley 21.600 generan incertidumbre regulatoria. Expresó preocupación por el alcance del listado de 99 áreas, que equivale a 4 millones de hectáreas, lo que podría afectar actividades productivas tradicionales.

Representantes ganaderos de Bahía Lomas plantearon que la incorporación de su zona impactaría 68 predios ganaderos. Afirmaron no tener acceso a los informes técnicos. Cuestionaron que el Ministerio del Medio Ambiente podría exceder sus competencias, ya que la norma transitoria solo permite reconocer sitios definidos previamente.

Diputados cuestionaron los impactos territoriales de la ley. Se advirtió que la implementación responde a una visión ambiental restrictiva. El uso de bases metodológicas en vez del reglamento (artículo 29) también fue cuestionado.

Finalmente, la instancia acordó oficiar a la Contraloría General de la República. Se solicitará un pronunciamiento sobre la aplicación del artículo transitorio y los plazos reglamentarios, además de pedir información al Ministerio del Medio Ambiente sobre los avances y mecanismos de participación.

Fuente: camara.cl

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