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Corte Suprema anula condena dictada por Consejo de Guerra en 1974 y absuelve a Guillermo Kegevic Julio

La Corte Suprema anuló una condena dictada por un Consejo de Guerra en 1974 y absolvió a Guillermo Kegevic Julio, al establecer que el proceso estuvo viciado por falta de competencia, uso de pruebas obtenidas bajo tortura y graves irregularidades que vulneraron el debido proceso.

Publicado: 24 de diciembre de 2025

La Corte Suprema resolvió dejar sin efecto una condena impuesta en 1974 por un Consejo de Guerra de la Armada y absolver a Guillermo Kegevic Julio, al concluir que el proceso estuvo marcado por graves irregularidades y se sustentó en pruebas carentes de fiabilidad, obtenidas mediante tortura y actuaciones procesales viciadas.

En una decisión unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal acogió el recurso de revisión interpuesto por los hijos del afectado y anuló tanto la sentencia condenatoria dictada por el Consejo de Guerra de Valparaíso como la resolución posterior que la aprobó en el contexto del estado de sitio vigente en la época. La Corte determinó que el procedimiento no respetó las garantías mínimas del debido proceso y culminó en una condena injusta.

El fallo destacó, en primer término, que el tribunal militar carecía de competencia para conocer del caso, ya que la condena por infracción a la normativa de control de armas no se fundó en la pertenencia del acusado a una fuerza rebelde o sediciosa, presupuesto necesario para justificar la intervención excepcional de un Consejo de Guerra. Esta sola circunstancia, según el tribunal, evidenció un exceso en el ejercicio de las atribuciones legalmente conferidas a dicha jurisdicción.

Asimismo, la Corte examinó el valor probatorio de los antecedentes utilizados para condenar a Kegevic Julio y concluyó que estos presentaban una escasa o nula credibilidad. Entre los elementos cuestionados se incluyeron declaraciones obtenidas bajo tortura y diligencias irregulares, como careos y testimonios incriminatorios que posteriormente fueron desmentidos por los propios funcionarios supuestamente intervinientes. En particular, se acreditó que firmas atribuidas a un carabinero en actuaciones procesales no correspondían a la suya, conforme a un peritaje documental de la Policía de Investigaciones.

El máximo tribunal señaló que estos antecedentes se ven reforzados por los informes de las comisiones oficiales de verdad y reparación, que documentaron el uso sistemático de torturas y el incumplimiento de las normas por parte de los Consejos de Guerra durante ese período, así como por pronunciamientos previos de la propia Corte Suprema en casos similares.

Con base en este análisis, la sentencia concluyó que el proceso seguido contra Guillermo Kegevic Julio fue irregular desde su inicio y derivó en una condena injusta. En consecuencia, se invalidaron las resoluciones dictadas en 1974 y se dictó sentencia de reemplazo, absolviendo al afectado del delito de tenencia ilegal de arma de fuego que se le imputaba.

La decisión se inscribe en la línea jurisprudencial que ha permitido revisar y revertir condenas emanadas de tribunales militares durante la dictadura, reafirmando el deber del Estado de corregir violaciones graves a los derechos fundamentales y restablecer la vigencia del debido proceso.

Fuente: pjud.cl

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