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Proyecto contra reclutamiento de menores por bandas criminales pasa a sala

El texto fue despachado por la Comisión de Constitución y tipifica como delito reclutar menores para integrar una organización criminal. Se sanciona esta conducta con penas que pueden alcanzar hasta los 5 años si se actúa con violencia, amenazas, coacción, o aprovechando la vulnerabilidad o dependencia del menor.

Publicado: 13 de noviembre de 2025

La Comisión de Constitución aprobó y despachó a la Sala un proyecto de ley (boletín 17637) que modifica el Código Penal. El objeto es tipificar el delito de reclutamiento de menores de edad por parte de asociaciones delictivas o criminales.

El texto establece una sanción de presidio menor en su grado mínimo a medio (desde 61 días a 3 años y un día). La pena subirá al grado máximo (hasta 5 años) si el reclutamiento se realiza con violencia, amenazas o coacción, o aprovechando la vulnerabilidad del menor. La norma indica que el consentimiento del menor no exime de responsabilidad al adulto reclutador.

Durante el debate, se discutió la responsabilidad del reclutador menor de edad. Se acordó que, en ese caso, las sanciones se remitirán a la penalidad establecida en la Ley 20.084 de responsabilidad penal adolescente. El diputado Jorge Alessandri informará el proyecto en la Sala.

Argumentos y Alcance de la Norma

La iniciativa fue presentada por un grupo transversal de diputados, incluyendo a Vlado Mirosevic, debido a la evolución de la delincuencia en Chile hacia estructuras criminales transnacionales.

Se argumenta que es urgente sancionar el reclutamiento de menores de edad, ya que esta práctica incrementa la inseguridad y vulnera los derechos de la infancia y adolescencia.

Se define que reclutar es inducir, promover, facilitar o captar a un niño, niña o adolescente para que participe en una asociación delictiva o criminal.

Fuente: camara.cl

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