Corte de San Miguel confirma orden de indemnizar a docente agredido

La Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó la sentencia. Esta condenó a la Municipalidad de San Ramón a pagar una indemnización. El monto asciende a $30.000.000 por daño moral. Se suma $1.050.000 por daño emergente. El beneficiario es un profesor de matemáticas. Él sufrió fracturas faciales tras ser agredido por un alumno de enseñanza media.

En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada ratificó la sentencia. Dicha sentencia fue dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel.

El tribunal establece que la ley se infringe de tres maneras: contravención formal, interpretación errónea, o falsa aplicación. La contravención formal se produce cuando una sentencia está en oposición directa con el texto legal. La interpretación errónea sucede si el sentenciador asigna un sentido distinto al que la ley prevé. La falsa aplicación ocurre cuando se impone la ley a casos no regulados o se omite su aplicación donde corresponde.

Rechazo a la Nulidad

El recurso de impugnación es considerado de derecho estricto, de legalidad y no de mérito. Esto implica que se debe aceptar los hechos dados por sentados en la sentencia. No es posible modificarlos o alterarlos a través de este medio.

Para el tribunal, acoger la tesis de la recurrente supondría modificar los hechos. Esto es necesario para rechazar la demanda por falta de acreditación de la culpa del empleador.

La Corte concluye que el recurrente fundamentó mal el recurso. Él no explicó los defectos lógicos en que consistió la errada valoración de la prueba.

El argumento del recurrente solo muestra una mera discrepancia sobre cómo la sentenciadora valoró la prueba. Esto no constituye la causal de impugnación que invocó la Municipalidad.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Aporte vitalicio para mujeres: Pensión mujer compensará brecha pensional a partir de 2026

Corte Suprema rechaza recurso y mantiene condena contra colegio por maltrato escolar

La Corte Suprema desestimó un recurso de casación presentado por el Colegio Capellán Pascal de Viña del Mar y ratificó la condena que obliga al establecimiento a pagar $5.000.000 por daño moral. La decisión se tomó en respuesta a la demanda de un apoderado, cuya hija sufrió maltrato escolar en abril de 2018 por parte de tres compañeras del colegio.

Argumentos del máximo Tribunal

La Primera Sala del máximo tribunal, compuesta por los ministros Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García, Mario Carroza Espinosa, María Soledad Melo Labra y la abogada (i) Fabiola Lathrop Gómez, rechazó el recurso del colegio por considerar que carecía de fundamento.

El fallo señaló que el establecimiento argumentó una supuesta vulneración a normas del Código de Procedimiento Civil y del Código Civil, relacionadas con la carga de la prueba y la validez de documentos. Sin embargo, la Corte determinó que estos errores no influyeron de manera decisiva en la sentencia.

Fundamentación del rechazo

El tribunal estableció que el recurso no abordó normas sustantivas clave sobre la responsabilidad contractual y la indemnización de perjuicios. Además, confirmó que la Corte de Apelaciones de Valparaíso aplicó correctamente la legislación vigente.

En su resolución, la Corte Suprema concluyó que el recurso de casación carecía de fundamento y, por lo tanto, lo rechazó en su totalidad. Con esta decisión, se mantiene firme la condena impuesta al colegio.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Comisión aprueba proyecto para aumentar la participación femenina en directorios