Factop-Audios: Corte de Santiago desestima recurso de amparo contra la reformalización de la investigación

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo de la defensa de la abogada María Leonarda Villalobos Mütter. La acción buscaba anular la audiencia de reformalización en el caso Factop-Audios.

En fallo unánime (causa rol 3.546-2025), la Primera Sala descartó actuar ilegal del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. Esto porque permitió al ente persecutor comunicar a la amparada hechos que complementan y precisan los que formalizaron originalmente.

Fundamentos del Recurso de Amparo

El fallo citó el artículo 21 de la Constitución Política, que regula el recurso de amparo. Dicho recurso busca que la magistratura ordene guardar las formalidades legales para restablecer el imperio del derecho. Además, asegura la protección del afectado contra toda privación, perturbación o amenaza ilegal a su libertad personal y seguridad individual.

El tribunal de alzada señaló que el recurso se dirigió contra la decisión del tribunal de garantía que desestimó la nulidad de la audiencia de reformalización. Dicha reformalización se llevó a cabo al amparo del artículo 229 bis del Código Procesal Penal. Este artículo faculta al fiscal a solicitar modificar, complementar o precisar los hechos que formalizan.

Legalidad del Proceder Judicial

El tribunal concluyó que el recurso de amparo no indicó cómo la decisión del Juzgado de Garantía afectaba la garantía constitucional del artículo 19 N° 7 de la Constitución Política. Dicha garantía es la que protege por la vía de la acción de amparo ejercida, y teniendo en especial consideración la auténtica naturaleza de la actuación denominada ‘formalización de la investigación’.

La Corte determinó que el Ministerio Público y el tribunal ajustaron su actuar a la ley. Los hechos reformalizados solo complementaban y precisaban la investigación original. En consecuencia, la Corte no advirtió la ilegalidad denunciada ni se configuró el supuesto constitucional que permite el amparo, por lo que declaró el recurso sin lugar.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Mecanismo de control del comercio ambulante es despachado a sala para votación

Corte Suprema rechaza recurso de queja y confirma sobreseimiento definitivo en causa por ejercicio ilegal de la profesión

La Corte Suprema rechazó el recurso de queja presentado contra la resolución que confirmó el sobreseimiento definitivo en una causa por ejercicio ilegal de la profesión de abogado.

En fallo unánime, identificado con causa rol 11.266-2024, la Segunda Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Fernando Valderrama, María Cristina Gajardo y Diego Simpértigue, junto a los abogados integrantes Pía Tavolari y Eduardo Gandulfo, ratificó la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago. El tribunal de alzada había revocado la resolución del Juzgado de Garantía y acogido la solicitud de la defensa para cerrar el caso, tras concluir que los hechos investigados no constituyen delito, según lo establecido en el artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal.

Detalles de la decisión

La sentencia descarta la existencia de falta o abuso grave por parte de la magistratura recurrida y recuerda que tanto la defensa como el Ministerio Público coincidieron en pedir el sobreseimiento. La Corte Suprema valoró además que el querellante no compareció a la audiencia de alegatos ante la Corte de Apelaciones, lo que, según el fallo, constituye una omisión procesal relevante. El fallo sostuvo que esta vía extraordinaria de carácter disciplinario no puede utilizarse para cuestionar el fondo de una decisión que ya fue adoptada conforme a derecho.

El tribunal también aclaró que la solicitud de sobreseimiento se presentó dentro del plazo legal, ya que el artículo 93 del Código Procesal Penal autoriza esta acción desde el inicio del procedimiento hasta la ejecución de la sentencia. De acuerdo con este criterio, tanto la petición de la defensa como la decisión de la Corte de Apelaciones se ajustaron plenamente a derecho.

Finalmente, el fallo resuelve: “Se rechaza el recurso de queja interpuesto por el abogado Juan Pablo Collao Arenas, en representación del querellante Jhonnathan Salazar Guilarte”

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Apelaciones de Coyhaique ordena tomar medidas para evitar violencia en albergue