Corte de Santiago confirma multa a restorán por incumplir feriado legal por plebiscito constitucional

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad de Kentucky Foods Chile Limitada. El fallo ratificó la multa de 60 UTM impuesta por la Inspección del Trabajo.

La sanción se aplicó por no otorgar feriado legal a trabajadores el 17 de diciembre de 2023, jornada que se realizó el plebiscito constitucional.

Aplicación del Principio Pro-Operario y Doctrina DT

En fallo unánime (causa rol 2.850-2024), la Duodécima Sala de la Corte de Apelaciones descartó infracción en la sentencia del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo. El tribunal coincidió con que la finalidad del feriado legal por el plebiscito era garantizar la participación (dado el voto obligatorio).

El fallo aplicó el principio pro-operario para resolver la duda interpretativa, favoreciendo al trabajador. Además, sostuvo que la reclamante no podía desconocer la doctrina de la Dirección del Trabajo, establecida en el Dictamen 1474/30 de 2022. Por lo tanto, se concluyó que se configuró la hipótesis que sustenta la sanción aplicada.

Rechazo a la Nulidad

El fallo concluyó que no se advierte infracción legal en la determinación del monto de la sanción. La autoridad impuso la multa dentro del margen normativo, y el acto administrativo goza de presunción de legalidad.

La Corte indicó que no era jurídicamente posible formular nuevas alegaciones sobre la gravedad en la instancia de nulidad, debido a que no fueron presentadas en la oportunidad procesal debida. Por lo tanto, se resolvió que se rechaza el recurso de nulidad deducido por la parte reclamante, confirmando la sentencia del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema desestima amparos de condenados por violaciones a derechos humanos

Corte Suprema rechaza recurso de unificación de jurisprudencia por feriado legal adeudado

La Corte Suprema rechazó un recurso de unificación de jurisprudencia presentado contra la sentencia que ordenó a Constructora Agua Santa SA, como empresa principal, y subsidiariamente a Anglo American Sur SA, pagar $6.500.000 por feriado legal y proporcional adeudado a un extrabajador.

Argumentos del fallo

En un fallo unánime (causa rol 51.751-2024), la Cuarta Sala del máximo tribunal, integrada por las ministras Gloria Ana Chevesich, Jessica González, María Loreto Gutiérrez y los abogados integrantes Leonor Etcheberry y Carlos Urquieta, desestimó el recurso por no cumplir con los requisitos jurídicos que permiten este tipo de arbitrios.

El tribunal señaló que el recurso de unificación de jurisprudencia, según lo establecido en el artículo 483 del Código del Trabajo, procede solo cuando existen interpretaciones contradictorias sobre un mismo tema jurídico en fallos firmes emitidos por Tribunales Superiores de Justicia.

La resolución detalló que, según el artículo 483-A del Código del Trabajo, el recurso debe cumplir ciertos requisitos:

  1. Presentarse en el plazo legal.
  2. Exponer fundamentos claros.
  3. Incluir una relación precisa de las distintas interpretaciones jurisprudenciales sobre el tema en cuestión.
  4. Adjuntar copia de los fallos que sustentan el recurso.

En este caso, la materia de derecho propuesta para unificar consistía en la interpretación del artículo 453 N°5 del Código del Trabajo, que permite aplicar apercibimientos por no exhibición de documentos en juicios laborales.

La Corte concluyó que este tema no constituye un asunto jurídico habilitante para el recurso de unificación. Por esta razón, declaró inadmisible la solicitud y desestimó su análisis en esta etapa procesal.

Este fallo reafirma los criterios restrictivos para aceptar este tipo de recursos en el ámbito laboral, exigiendo un cumplimiento riguroso de los requisitos legales y jurisprudenciales.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Comisión de Gobierno del Senado respaldó proyecto de modificación a Ley de Migración