Suseso Publica Circular con Nuevas Exigencias para Licencias Médicas.

La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) publicó la Circular N°3868, actualizando el Compendio de Normas sobre Licencias Médicas. Esta normativa busca fortalecer la confianza en el sistema, así como reforzar requisitos y fiscalización.

Además, la Circular N° 3868 se enmarca en la Ley N° 21.746, publicada en mayo. De hecho, esta ley modifica la Ley N° 20.585, otorgando a la Suseso amplias atribuciones. En consecuencia, se busca fiscalizar, investigar y sancionar licencias médicas sin fundamento clínico.

Principales Cambios y Nuevas Exigencias

Ahora, solo profesionales registrados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud (RNPI) podrán emitir licencias. Médicos titulados desde abril de 2009 deberán haber aprobado el examen EUNACOM antes del 24 de mayo de 2026.

Se permitirán licencias por telemedicina. Sin embargo, deberán usar plataformas acreditadas por el Ministerio de Salud y contar con registros clínicos verificables. Además, la Suseso tendrá mayor capacidad de investigación y fiscalización.

La Suseso podrá investigar de oficio o por denuncias licencias sin fundamento médico. Esto incluye aquellas sin patología que justifique el reposo o sin atención de salud asociada. La nueva ley habilita a requerir información a organismos públicos y privados.

Las sanciones se endurecen. Se aplicarán multas de hasta 600 UTM y suspensiones de hasta 3 años, incluso permanentes. Esto para profesionales que emitan licencias sin respaldo médico, reforzando la fiscalización del sistema.

Transparencia y Obligaciones Adicionales

Desde julio de 2025, la Suseso publicará dos registros en su sitio web. Uno mostrará el promedio mensual de licencias por profesional, y otro los profesionales sancionados. Esta medida busca fomentar la transparencia y el control social.

Si la Suseso o la Compin detectan indicios de licencias fraudulentas, deberán denunciar al Ministerio Público. Esto para su investigación penal, buscando combatir el fraude en el sistema de seguridad social.

La Compin deberá fundamentar cualquier rechazo a peritajes de Isapres. Los profesionales no podrán autoemitirse licencias médicas, salvo excepciones. Licencias emitidas durante periodos de suspensión serán rechazadas.

Las Cajas de Compensación, Compin e Isapres tienen nuevas obligaciones. Las Cajas deben denunciar conductas sospechosas en 24 horas. Compin e Isapres deben verificar la habilitación de emisores y rechazar licencias autoemitidas o durante suspensiones.

Fuente: suseso.cl

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Comisión analiza reformas al modelo de gestión del fútbol profesional

La Comisión de Constitución del Senado analizó esta semana el avance del proyecto que busca modificar la ley que regula las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales (SADP), normativa clave en la estructura del fútbol profesional chileno. Durante la sesión, los senadores informaron que el texto recibió un total de 45 indicaciones, tanto de forma como de fondo. La mayoría proviene del Ejecutivo y se enfoca en mejorar la fiscalización, evitar los conflictos de interés y fomentar la participación de los hinchas en la propiedad de los clubes.

El senador Matías Walker, impulsor de la ley vigente y activo promotor de la reforma, explicó que las indicaciones presentadas pretenden corregir situaciones que han generado distorsiones en el funcionamiento de los clubes deportivos. “Queremos terminar con la multipropiedad y con la anomalía de que una misma persona pueda controlar más de un club, o que un representante de jugadores pueda participar en su administración”, afirmó.

Walker también destacó la necesidad de identificar con claridad a los beneficiarios finales de los clubes, es decir, a las personas naturales que detentan su propiedad. Según explicó, este paso es fundamental para avanzar hacia un sistema más transparente y confiable.

Reforma busca fortalecer la fiscalización sin eliminar las SADP

El parlamentario dejó en claro que la reforma no busca eliminar la figura de las Sociedades Anónimas Deportivas, sino establecer nuevas reglas para evitar que intereses privados opaquen el espíritu deportivo. “Este proyecto no deroga la ley actual, pero sí establece límites y exigencias claras para evitar conflictos que afectan la credibilidad y la equidad del fútbol profesional chileno”, subrayó.

Durante la sesión, la comisión escuchó al ministro del Deporte, Jaime Pizarro, y a su asesor legislativo, Hugo Castelli. Ambos coincidieron con los senadores en que el actual sistema de fiscalización resulta insuficiente. Según señalaron, ni la Federación de Fútbol de Chile ni la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) se encuentran inscritas en los registros públicos ni responden ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), lo que complica su supervisión.

Pizarro también advirtió que la normativa vigente no establece inhabilidades ni incompatibilidades para integrar los directorios de los clubes, lo que abre la puerta a conflictos de interés y malas prácticas.

Próxima sesión convocará a actores clave del fútbol chileno

Como parte del análisis del proyecto, la Comisión acordó invitar a una serie de actores clave para la próxima sesión, que se realizará el martes 6 de mayo. Entre los convocados se encuentran el propio ministro del Deporte, representantes de la CMF, el presidente de la ANFP, el titular del Sindicato de Futbolistas Profesionales (SIFUP), el presidente del Club Deportivo Universidad Católica, representantes de la organización No Más ANFP y el académico Juan Carlos Silva.

Cabe recordar que la Sala del Senado ya aprobó en general esta iniciativa en diciembre del año pasado. Luego, se abrió un período para presentar indicaciones, el que concluyó con 45 propuestas que ahora serán revisadas en particular. Los senadores anticiparon que la discusión seguirá durante las próximas semanas, dada la complejidad de la materia y el impacto que puede tener en la estructura del fútbol chileno.

Fuente: senado.cl

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Comisión de Gobierno Interior avanza en modernización de la ley de lobby

La Comisión de Gobierno Interior continuó la discusión y votación del proyecto que actualiza la ley del lobby y las gestiones de intereses ante autoridades y funcionarios públicos (boletín 16.888).

Durante la votación del Mensaje del Ejecutivo, diputadas y diputados rechazaron diversas propuestas sobre la intermediación. Con ocho votos en contra y sin abstenciones, descartaron la norma que establecía la intermediación como una forma de lobby. Así, la regulación actual se mantiene sin incluir a los intermediarios como sujetos regulados.

También se rechazó una indicación sobre inhabilidades para definir a los lobbistas, con seis votos en contra.

Representación gremial y transparencia

Otro punto clave fue el rol de las organizaciones gremiales en la norma. La comisión aprobó una indicación que aclara que las negociaciones entre asociaciones de funcionarios y sus empleadores no constituyen lobby. Sin embargo, el texto exige registrar estas reuniones en el sistema de audiencias públicas para garantizar transparencia.

La ministra secretaria general de la Presidencia, Macarena Lobos, valoró estos cambios y destacó la necesidad de fortalecer los mecanismos de fiscalización. “Chile ha sido pionero en la regulación del lobby, pero es fundamental seguir perfeccionando la transparencia para garantizar que las decisiones beneficien el interés general”, señaló.

Próximos pasos en la discusión

Parlamentarios respaldaron la iniciativa, pero expresaron dudas sobre el impacto en la labor legislativa y la relación con ciudadanos. También insistieron en que la normativa debe incluir principios de transparencia y probidad en todos los poderes del Estado.

La comisión continuará con la votación de otros aspectos, incluyendo la implementación de un portal único de lobby, una de las principales innovaciones del proyecto.

Fuente: camara.cl

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Senado aprueba proyecto para modificar el Código de Aguas y mejorar fiscalización

El proyecto de ley que busca modificar el Código de Aguas quedó en condiciones de ser promulgado tras recibir el respaldo de la Sala del Senado. Con 29 votos a favor, 3 en contra y una abstención, los senadores ratificaron el informe de la Comisión Mixta que resolvió las discrepancias entre ambas Cámaras sobre la iniciativa presentada por el Ejecutivo. Anteriormente, la Cámara de Diputados también aprobó el proyecto.

En la revisión de los cambios propuestos por el Senado, la Cámara de Origen no aprobó un artículo relacionado con las labores de vigilancia para corregir inobservancias menores al Código de Aguas, debido a la falta de quórum. Esta situación originó la formación de la Comisión Mixta, que logró llegar a un consenso. La presidenta de la instancia mixta, senadora Yasna Provoste, explicó en la sesión que el proyecto busca perfeccionar la fiscalización hídrica y detalló que la redacción final adoptada por el Senado fue la que finalmente se ratificó en la Cámara.

Detalles del proyecto

El proyecto de ley tiene como objetivo mejorar el control de infracciones al Código de Aguas mediante la introducción de un procedimiento administrativo sancionador simplificado. Este procedimiento se aplicará a infracciones menores, cuya excepcionalidad o alcance justifica un proceso más ágil y eficiente. El objetivo es reducir los tiempos de tramitación y ofrecer mecanismos más eficaces para disuadir las infracciones.

Dentro de las medidas, se propone adecuar los mecanismos de notificación en los procedimientos administrativos y adaptarlos a la digitalización del Estado. También se incluirá la experiencia de los funcionarios de la Dirección General de Aguas (DGA) para mejorar la eficiencia de los procesos.

El proyecto abarca procedimientos relacionados con multas de baja cuantía, áreas con escasez hídrica, zonas de prohibición para la explotación de aguas subterráneas, y sanciones que no requieran inspección en terreno.

Fuente: senado.cl

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Proyecto de ley para fortalecer la regulación de licencias médicas avanza en el Congreso

La Comisión de Salud ha completado la tramitación del proyecto que busca reforzar las facultades de los organismos encargados de regular y fiscalizar las licencias médicas. Este proyecto, contenido en el boletín 14845, propone nuevas sanciones administrativas y penales para quienes hagan un uso indebido de este beneficio laboral.

El proyecto establece que solo médicos cirujanos, cirujanos dentistas o matronas, inscritos y legalmente habilitados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud de la Superintendencia de Salud, podrán emitir licencias médicas. Además, aquellos médicos que hayan obtenido o revalidado su título desde el 19 de abril de 2009 deberán aprobar el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (Eunacom) para poder emitir licencias.

Licencias médicas electrónicas

El proyecto también abarca la regulación de las licencias médicas electrónicas y el registro clínico digital. Se propone que este tipo de licencias se emita a través de un formulario especial donde se registren todas las certificaciones, resoluciones y autorizaciones pertinentes. En casos excepcionales, como la falta de medios tecnológicos o de conectividad, se permitirá la emisión de licencias en formato papel.

Asimismo, se creará un sistema de información que permitirá la tramitación de las licencias médicas electrónicas, operado por entidades públicas o privadas, bajo la supervisión de la Superintendencia de Seguridad Social (Suceso).

Regulación de la telemedicina

El proyecto también regula el ejercicio de la telemedicina, estableciendo que los profesionales que realicen atenciones a distancia deberán estar habilitados para ello y utilizar plataformas tecnológicas de acuerdo con la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes. Estas plataformas deberán contar con un registro de las atenciones realizadas.

Sanciones por mal uso de licencias médicas

La norma contempla facultades para la Superintendencia de Salud y las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) para suspender la emisión de licencias médicas a quienes sean sancionados por irregularidades. En el caso de los profesionales de la salud pública que incurran en falsedades en el otorgamiento, obtención o tramitación de licencias médicas o declaraciones de invalidez, se aplicarán penas de presidio menor en su grado medio a máximo, con sanciones que van desde 541 días hasta cinco años, además de multas de 300 a 1.000 UTM (entre $19.908.000 y $66.360.000).

Por su parte, quienes utilicen documentos falsos de manera maliciosa enfrentarán sanciones similares, aunque reducidas en dos grados.

Plazos y entrada en vigencia

El proyecto también establece plazos para la inscripción de médicos cirujanos, cirujanos dentistas y matronas en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud. Estos profesionales tendrán 90 días, desde la publicación de la ley, para completar este proceso. En cuanto al requisito del Eunacom, este será exigible un año después de la publicación de la norma, y quienes no lo cumplan perderán su habilitación automáticamente.

Este proyecto avanza en su segundo trámite constitucional, con la intención de mejorar la fiscalización y garantizar un uso adecuado de las licencias médicas en Chile.

Fuente: camara.cl

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