Corte de Arica ordena prisión preventiva para imputado por tráfico de migrantes

En un fallo unánime, identificado con causa rol 258-2025, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Arica ordenó que Nilton Zacarias González Cuevas ingrese al Complejo Penitenciario de Acha tras ser imputado por tráfico de migrantes. Los ministros Pablo Zavala Fernández, José Delgado Ahumada y Héctor Gutiérrez Massardo concluyeron que la libertad del imputado representa un peligro para la seguridad de la sociedad.

El tribunal revocó la decisión anterior que había descartado la prisión preventiva y resolvió imponer esta medida cautelar. La Corte argumentó que se cumplen todos los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal. En particular, los magistrados destacaron la gravedad del delito y la eventual participación de niños, niñas y adolescentes entre las víctimas.

El Ministerio Público formalizó a González Cuevas por tráfico de migrantes, delito que cometió el 2 de abril en la frontera con Bolivia. Ese día, el imputado llegó al kilómetro 63 de la Ruta A-93, en la comuna de General Lagos, a bordo de un vehículo destinado al traslado ilegal de doce personas, entre ellas cuatro menores de edad. Cada migrante pagó 400 mil pesos por el ingreso clandestino al país.

Según la investigación, González Cuevas coordinó con ciudadanos peruanos la entrega de los migrantes en la frontera. Posteriormente, intentó transportarlos a Arica, pero Carabineros frustró el plan al interceptarlo en la ruta y detenerlo en el lugar.

Con esta resolución, la Corte dio curso a la prisión preventiva y dejó sin efecto las medidas cautelares menos gravosas que había dictado previamente el Juzgado de Garantía.

Fuente: pjud.cl

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Prisión preventiva para alcalde de Nancagua por licencias indebidas y cohecho

El Juzgado de Garantía de Santa Cruz ordenó, el lunes 10 de marzo, la prisión preventiva del alcalde de Nancagua, Aníbal Osvaldo Valenzuela Cariz. La Fiscalía lo imputó como autor de 15 delitos de otorgamiento indebido de licencias de conducir y tres casos de cohecho agravado. Según la investigación, el edil cometió estos ilícitos entre 2021 y 2023, cuando trabajaba en el Departamento de Tránsito del municipio.

En la audiencia de reformalización (causa rol 1.590-2023), el magistrado Alejandro Vilches Hernández dictó la medida cautelar y dispuso su ingreso al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Santa Cruz. El juez fundamentó su decisión en el riesgo que representa la libertad del imputado para la seguridad de la sociedad y la investigación en curso.

El magistrado Vilches señaló que los hechos imputados tienen gravedad, afectan la fe pública y ocurrieron mientras el acusado ejercía un cargo público. Actualmente, ocupa un puesto con mayor responsabilidad y acceso a diversas áreas del municipio, lo que podría obstaculizar la investigación del Ministerio Público. Por estas razones, se acoge la solicitud de los fiscales y se decreta la prisión preventiva.

La Fiscalía detalló que Valenzuela Cariz emitió licencias de conducir sin cumplir los requisitos legales. Entre los beneficiados, figuraban jugadores del club de fútbol Colo Colo. Los registros falsos indicaban que los solicitantes habían aprobado los exámenes prácticos, médicos y teóricos, además de acreditar un domicilio en la comuna, lo que resultó ser falso.

Respecto al cohecho agravado, el Ministerio Público lo acusó de aceptar pagos a cambio de validar exámenes médicos para renovar licencias de conducir, trámite exclusivo de un profesional de la salud.

Fuente: pjud.cl

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Corte Suprema rechaza amparo presentado por ex alcaldesa de Maipú

La Corte Suprema confirmó ayer lunes 30 de diciembre la sentencia que rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de la ex alcaldesa de Maipú, Cathy Carolina Barriga Guerra. Este recurso buscaba anular la audiencia que reformalizó la investigación en su contra y decretó su prisión preventiva.

Argumentos del fallo

En un fallo unánime (causa rol 61.163-2024), la Segunda Sala del tribunal, compuesta por el ministro Leopoldo Llanos, las ministras María Teresa Letelier y María Cristina Gajardo, y los abogados integrantes Pía Tavolari y Juan Carlos Ferrada, resolvió que no hubo irregularidades en la decisión previa de la Corte de Apelaciones de Santiago.

El tribunal evaluó dos hechos atribuidos a la ex alcaldesa:

  1. Delito de falsificación de instrumentos públicos (Hecho 2): Según el fallo, Barriga habría entregado información falsa sobre la ejecución presupuestaria de la Municipalidad de Maipú entre 2017 y 2020. Estas acciones, que buscaban ocultar un déficit financiero, se materializaron en informes al Concejo Municipal, su Cuenta Pública y solicitudes de transparencia.
  2. Delitos de falsificación de informes enviados a la Contraloría (Hecho 6): Entre 2017 y 2020, Barriga remitió informes presupuestarios a la Contraloría General de la República con datos falsificados. Los documentos no reflejaban los gastos reales del municipio, ocultando así el déficit financiero de la administración.

El fallo concluyó que las acciones descritas en los hechos 2 y 6 constituyen un mismo ilícito penal. Ambos se enmarcaron en un mismo periodo y contexto: la entrega de información falsa relacionada con la ejecución presupuestaria municipal. Aunque los destinatarios variaron, el objetivo común fue distorsionar la realidad financiera del municipio y evitar la fiscalización de los recursos.

El tribunal también destacó que la Fiscalía actuó conforme a las normas al formalizar los cargos. La resolución descartó afectaciones a los derechos de defensa de la imputada y concluyó que no existió abuso de poder por parte del ente persecutor.

El máximo tribunal determinó que las conductas imputadas justifican la prisión preventiva de Cathy Barriga. Además, señaló que el proceso investigativo sigue vigente y que la Fiscalía utilizó sus facultades legales de manera adecuada.

Con esta decisión, la Corte Suprema reafirma la legalidad del proceso y desestima las alegaciones presentadas por la defensa de la exalcaldesa.

Fuente: pjud.cl

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Corte Suprema acoge recurso de amparo y revoca prisión preventiva de acusado en espera de nuevo juicio

En una decisión unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema resolvió acoger el recurso de amparo presentado por la defensa de un acusado que se encontraba en prisión preventiva, en espera de la reiteración de su juicio oral. La medida había sido impuesta por la Corte de Apelaciones de San Miguel, pero el máximo tribunal determinó que dicha resolución carecía de fundamentación suficiente.

El acusado, identificado como Fabio Basoalto Sandoval, había sido sometido a prisión preventiva tras una decisión del tribunal de apelación en julio de 2024. Sin embargo, la defensa recurrió a la Corte Suprema, argumentando que no se había justificado adecuadamente la necesidad y proporcionalidad de esta medida, en especial considerando que previamente se le habían impuesto medidas cautelares de menor intensidad, como el arraigo nacional y la prohibición de acercarse a la víctima, sin que se registraran incumplimientos.

El fallo de la Segunda Sala, compuesta por los ministros Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, Dobra Lusic, y los abogados integrantes Pía Tavolari y Juan Carlos Ferrada, estableció que la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazaba la acción constitucional carecía de los fundamentos esperados para aplicar una medida cautelar tan severa como la prisión preventiva. El tribunal destacó la falta de análisis respecto a la proporcionalidad de la medida y las propuestas alternativas presentadas por la defensa.

En consecuencia, se revocó la sentencia de agosto de 2024 y se ordenó la liberación inmediata del acusado, quien quedará sujeto a las medidas cautelares inicialmente decretadas por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante.

El contenido del fallo puede consultarse por medio del siguiente enlace.

Fuente: pjud.cl