Corte de Concepción ratifica demolición de casa esquina por obstruir cruce vial

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección. En primer lugar, el recurrente lo interpuso contra la Municipalidad de Lota. La resolución municipal dispuso la demolición parcial de una casa esquina. La edificación se ubicaba en la intersección de Galvarino y Serrano. Como resultado, la ampliación no respetó el ochavo reglamentario.

El fallo unánime (causa rol 4.965-2025) provino de la Segunda Sala del tribunal. Las ministras Jimena Troncoso Sáez, Margarita Sanhueza Núñez y Claudia Vilches Toro integraron la Sala. De este modo, el tribunal descartó actuar ilegal o arbitrario de la autoridad edilicia. La Municipalidad ordenó la medida para mejorar la seguridad vial del sector.

Fundamento Técnico de la Demolición

La Municipalidad de Lota fundamentó su actuación en el Informe Técnico N°001/2025. Según el informe, este documento establece un riesgo vial directo e inminente para la comunidad. Dicho riesgo se deriva de la sobredimensión de la edificación. En efecto, la construcción ocupa la acera y obstruye la visibilidad del cruce.

Además, la edificación se extiende 70 m² sobre la acera. El incumplimiento del ochavo reglamentario contraviene la normativa urbanística. El Art. 2.5.3 de la OGUC específicamente exige este ochavo como servidumbre de vista de resguardo. Es decir, la reducción crítica de visibilidad genera el incumplimiento.

Primacía del Interés Público

Si bien la construcción data de 1899, el Art. 148 de la LGUC confirma la facultad del alcalde. Este artículo permite ordenar la demolición de obras sin permiso. Por consiguiente, esto aplica si las obras representan un riesgo evidente y actual para la seguridad vial. La Municipalidad comprobó el riesgo con un accidente reciente.

La actuación municipal, al dictar el Decreto N°1569, se consideró fundada en la ley. Por lo tanto, no la calificaron de arbitraria. El decreto se basó en un informe técnico que persigue un fin legítimo y urgente. Dicho de otra manera, este fin está relacionado con la seguridad pública y el cumplimiento de la LGUC.

La orden de demolición parcial se ajusta a las facultades legales. Esta busca restituir las condiciones de seguridad vial y el ochavo reglamentario. Finalmente, en este caso, el interés público debe primar sobre la mantención de la construcción irregular. El interés es la seguridad de tránsito en el punto de riesgo.

La Corte concluye que el recurso de protección se debe rechazar. Esto se debe a la inexistencia de un acto manifiestamente ilegal o arbitrario que amenace, perturbe o prive las garantías constitucionales invocadas.

Fuente: pjud.cl

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Tercer trámite legal para proyecto que aumenta la seguridad en las vías (Ley Jacinta)

El Senado despachó a tercer trámite la llamada Ley Jacinta. Esta incluye fuero laboral de un mes en caso de muerte de un hijo o hija. Esta medida deberá ser ratificada por la Cámara.

El proyecto modifica la Ley 18.290 y otros cuerpos legales. Su objetivo es hacer efectiva la exigencia de contar con aptitudes para conducir vehículos motorizados. También busca regular otras materias relacionadas a la conducción.

La iniciativa fue informada por el senador Alejandro Kusanovic. Él es el presidente de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.

Se recuerda que el texto legal o proyecto de norma surge a raíz de la trágica muerte de la bebé de 5 meses, Jacinta González. Su fallecimiento ocurrió cuando un conductor de 80 años perdió el control de su vehículo debido a que padecía un cáncer en etapa IV.

El debate se centró en la idea de que conducir no es un derecho, sino que requiere de exigencias para habilitar al conductor. Se destacó que el proyecto busca avanzar en la dignidad ante un evento trágico y que la ciudadanía puede ver que el Senado elevó las exigencias para conducir.

La mayoría de los senadores resaltaron que la norma es un avance en la seguridad vial y es no discriminatoria. Lo más importante es que, para obtener o renovar la licencia, se requerirá una declaración jurada del solicitante que acredite que no padece ni conoce tener alguna de las enfermedades inhabilitantes o restrictivas establecidas en el reglamento correspondiente.

Inclusiones y Preocupaciones

Se valoró la regulación para el traslado de menores en motocicleta. También se valoró la actualización de normas sobre nuevas tecnologías de visión. Se suman mejoras en el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP).

Se consultó sobre el déficit de conductores profesionales. La senadora Ebensperger reconoció que el proyecto está bien inspirado. No obstante, advirtió que es una ley penal en blanco.

Se explicó que todo lo que se modifica queda entregado a un reglamento. Esto genera una dependencia del desarrollo normativo posterior.

Fuente: senado.cl

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