Condenan a hombre por femicidio frustrado e incendio en Puerto Montt

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt condenó a J.P.F. a cumplir penas de 10 años y un día, y 8 años de presidio efectivo, por su responsabilidad como autor del delito de femicidio frustrado y del delito consumado de incendio, respectivamente. Los hechos, ocurridos en 2024 en la comuna de Puerto Montt, evidenciaron un grave caso de violencia de género que culminó en un intento de femicidio, el cual fue impedido por la oportuna intervención policial.

En un fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Rosario Cárdenas Carvajal (presidenta), Jorge Díaz Rojas (redactor) y Cristian Rojas Collao– también impuso al condenado las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos públicos y derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para ejercer profesiones titulares mientras dure la condena.

Como parte de las medidas de protección, J.P.F. no podrá acercarse a la víctima ni a su entorno habitual, y se le prohíbe el porte y tenencia de armas de fuego por dos años, plazo que podrá ser prorrogado a solicitud de la víctima si las circunstancias así lo justifican.

El juez Jorge Díaz señaló que la sentencia se dictó sobre la base de pruebas concluyentes que confirmaron tanto los delitos como la participación activa del acusado. “Se acreditó un intento de femicidio marcado por un patrón de violencia previa, que fue escalando hasta llegar al ataque con un arma blanca. El accionar de Carabineros evitó un desenlace fatal”, explicó el magistrado.

Hechos acreditados

De acuerdo con el fallo, el 1 de enero de 2024, cerca de las 13:40 horas, la víctima y sus dos hijos, de 4 y 2 años, se encontraban en su hogar en el sector Ladera Angelmó, junto a J.P.F., con quien mantenía una relación de convivencia. El acusado roció diluyente en el inmueble y lo incendió, obligando a la mujer a huir con los menores. El incendio destruyó por completo la vivienda.

El 20 de febrero de 2024, J.P.F. volvió a atacar. Cerca de las 7:20 horas, ingresó sin consentimiento al domicilio donde se encontraba la víctima, a quien agredió con golpes de pies y puños. Posteriormente, intentó darle muerte, propinándole un golpe en la espalda con un machete, mientras ella intentaba escapar. El agresor también destruyó el televisor y el teléfono celular de la víctima, y le causó una quemadura con un cigarrillo en la pierna.

La brutal agresión dejó a la víctima con múltiples lesiones físicas, entre ellas contusiones en rostro y extremidades, y una quemadura en la pantorrilla. Estos hechos fueron calificados por el tribunal como un femicidio en grado de frustrado, dada la intención homicida y el contexto de violencia de género.

Medidas complementarias

Una vez que la sentencia quede firme, se ordenó la toma de muestras biológicas del condenado para su incorporación en el registro nacional de ADN de condenados, y el comiso del arma blanca tipo machete utilizada en el ataque.

Además, se instruyó notificar al Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) sobre esta condena criminal, dado que el agresor es de nacionalidad extranjera.

El fallo representa una señal firme del sistema judicial frente al femicidio, incluso en su forma frustrada, reafirmando la urgencia de actuar frente a la violencia contra las mujeres y garantizar medidas efectivas de protección para las víctimas.

Fuente: pjud.cl

Corte de Apelaciones confirma presidio perpetuo para autor de femicidio en Renca

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de nulidad presentado contra la sentencia que condenó a Roberto Inail Márquez Torres a presidio perpetuo como autor del delito de femicidio consumado. El crimen ocurrió en septiembre de 2021 en la comuna de Renca.

Argumentos del fallo

En un fallo unánime, identificado con causa rol 5.465-2024, la Cuarta Sala del tribunal, compuesta por la ministra Verónica Sabaj, el ministro Fernando Guzmán y la abogada integrante Renée Rivero, determinó que no existió error de derecho en la sentencia dictada por el Segundo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago.

El tribunal afirmó que la sentencia aplicó correctamente el artículo 390 ter, Nº 5 del Código Penal, descartando interpretaciones erróneas o uso indebido de la norma. Según el fallo, los jueces dieron una aplicación precisa al precepto legal, lo que llevó a la desestimación del recurso de nulidad.

La defensa de Márquez Torres argumentó que la colaboración del acusado al indicar la ubicación del cuerpo de la víctima debía considerarse un atenuante. Sin embargo, el tribunal rechazó esta alegación, señalando que la información proporcionada no fue sustancial para esclarecer los hechos.

Según el fallo, el acusado intentó desviar la investigación con versiones falsas sobre el crimen. Aunque reveló el lugar donde estaban los restos, esta acción no cumplió con los requisitos para ser considerada una colaboración significativa, ya que buscaba principalmente exculparse.

Conclusión del fallo

La resolución subrayó que la valoración de un atenuante como la colaboración sustancial corresponde exclusivamente a los jueces del fondo. Este análisis depende de los antecedentes concretos de cada caso y no puede ser revisado en instancias de nulidad, salvo que se demuestre una infracción a las reglas de la sana crítica, lo que no ocurrió en este caso.

La Corte concluyó que no existió una aplicación errónea del artículo 11 Nº 9 del Código Penal y rechazó el recurso de nulidad en su totalidad. Así, se ratificó la condena a presidio perpetuo para Márquez Torres como responsable del femicidio consumado en Renca.

Fuente: pjud.cl

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