La Corte Constitucional rechazó solicitud de nulidad del Ministerio de Salud contra auto sobre suficiencia de la UPC

La Sala Plena de la Corte Constitucional negó la solicitud de nulidad presentada por el director jurídico del Ministerio de Salud y Protección Social en contra del Auto 007 de 2025. En esta providencia, la Sala Especial de Seguimiento a la sentencia T-760 de 2008 valoró el componente de suficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), pilar financiero del sistema de salud colombiano.

Aunque la Corte reconoció que el Ministerio cumplió con el requisito de legitimación en la causa, concluyó que no se satisfizo el presupuesto de oportunidad. Según lo establecido, el término de ejecutoria del auto se surtió los días 29, 30 y 31 de enero del presente año, mientras que la solicitud de nulidad fue radicada el 18 de febrero de 2025, es decir, doce días después del plazo legalmente permitido.

La Sala Plena señaló que no era procedente aplicar por analogía las reglas del Código General del Proceso, como lo pretendía el Ministerio, ya que los requisitos para la admisión de incidentes de nulidad ante la Corte deben observarse con estricto rigor conforme al artículo 49 del Decreto 2067 de 1991. En este sentido, se recordó que tanto las solicitudes de aclaración como los incidentes de nulidad no suspenden los efectos jurídicos de las decisiones adoptadas por el alto tribunal, como ya se había advertido en el Auto 1736 de 2022.

Aunque el incumplimiento de los requisitos formales bastaba para rechazar la solicitud, la Corte examinó en gracia de discusión la carga argumentativa presentada por el Ministerio. Tras su análisis, concluyó que el escrito carecía de razones claras, expresas, precisas, pertinentes y suficientes que justificaran reabrir el debate jurídico. En lugar de ello, la petición se sustentó en interpretaciones subjetivas y elementos ajenos a lo resuelto en el Auto 007 de 2025, expresando simplemente una inconformidad frente a la decisión adoptada.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

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El Ministerio de Salud expide resolución clave para definir presupuestos máximos en salud desde 2025

En cumplimiento de las órdenes impartidas por la Honorable Corte Constitucional, el Ministerio de Salud y Protección Social anunció la expedición de la Resolución No. 067 del 21 de enero de 2025. Este instrumento normativo establece las disposiciones unificadas y el marco metodológico para la gestión y financiación de los servicios y tecnologías en salud no financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) y no excluidos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).

La resolución responde a los requerimientos del numeral 6° del Auto 2881 de 2023 y del numeral 6.6 del Auto 2049 de 2024, en el marco de las órdenes contenidas en la histórica sentencia T-760 de 2008 de la Corte Constitucional, la cual busca garantizar el acceso universal, transparente y suficiente a los recursos del sistema de salud colombiano.

Entre las principales disposiciones de la Resolución No. 067 se destacan:

  1. Metodología marco para el cálculo del presupuesto máximo: Se fijaron parámetros fundamentales que regirán el cálculo de estos presupuestos, asegurando un enfoque técnico y transparente.
  2. Plazos específicos para reconocimientos y giros: Se establecieron plazos claros para el reconocimiento de los presupuestos máximos y la transferencia efectiva de los recursos.
  3. Procesos de verificación y auditoría: La ADRES (Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud) implementará procedimientos de monitoreo, seguimiento y auditoría para proteger los recursos y fortalecer las fuentes de información necesarias para el cálculo de los presupuestos.
  4. Transitoriedad para 2025: Se definió un periodo de transición que permitirá la aplicación gradual del marco metodológico para el presupuesto de la vigencia 2025.

Con esta resolución, el Ministerio busca garantizar la suficiencia y transparencia en el manejo de los recursos destinados a cubrir servicios y tecnologías de salud no financiados por la UPC. Además, se asegura que la información utilizada para fijar el presupuesto sea fidedigna, verificada y auditada, fortaleciendo la sostenibilidad financiera del sistema.

Fuente: minsalud.gov.co

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El Ministerio de Salud aumenta la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para 2025 ante inconsistencias en los reportes de las EPS

El Ministerio de Salud y Protección Social decidió incrementar en un 5.36% el valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para 2025. Este ajuste considera la inflación causada a noviembre de 2024 y responde a la baja calidad y poca confiabilidad de los datos reportados por las EPS, lo que impidió calcular el valor de manera precisa.

El Viceministerio de Protección Social identificó problemas graves en la información reportada por las EPS, como incrementos abruptos en patrones de severidad, gastos médicos elevados sin justificación y pagos de medicamentos por encima del precio regulado. También se detectó un manejo discrecional y errático de las reservas técnicas, entre otras irregularidades.

Cumplimiento normativo

La Ley 1438 de 2011 exige a las EPS reportar datos confiables, oportunos y claros. Sin embargo, de acuerdo a lo señalado por el Ministerio, las fallas persistentes en los informes llevaron a aplicar lo establecido en el Decreto Ley 4107 de 2011, ajustando la UPC según la inflación cuando los datos no permiten un cálculo adecuado.

El Ministerio destacó que incrementar la UPC más allá de la inflación con información defectuosa sería irresponsable, poniendo en riesgo el Presupuesto General de la Nación. Además, reiteró su compromiso con la transparencia, la sostenibilidad financiera del Sistema de Seguridad Social en Salud y el acceso equitativo a los servicios de salud para toda la población.

Conforme lo señalado por el Ministerio, esta decisión busca garantizar la continuidad y eficiencia del sistema, al tiempo que refuerza la vigilancia sobre el manejo de los recursos por parte de las EPS.

Fuente: minsalud.gov.co

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