<

Competencias de la Inspección de Trabajo en obras de construcción

El Tribunal Supremo reconoce expresamente que las competencias de la Inspección de Trabajo abarcan la fiscalización de la titulación del coordinador de seguridad y salud en las obras de construcción

Publicado: 17 de septiembre de 2025

Número Sentencia: 949/2025.  Número Recurso: 258/2022. TOL10.629.068

El Tribunal Supremo ha confirmado que dentro de las competencias de la Inspección de Trabajo se incluye la posibilidad de requerir al promotor de una obra la designación de un coordinador de seguridad y salud con la titulación habilitante, e incluso iniciar un procedimiento sancionador en caso de incumplimiento.

Requerimiento de la ITSS a un promotor de viviendas

Una promotora inmobiliaria fue requerida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) para que designara como coordinador de seguridad y salud en una obra de viviendas a un técnico con la titulación profesional habilitante, conforme a la Ley de Ordenación de la Edificación. Ante el incumplimiento, se inició un expediente sancionador. La promotora impugnó la actuación, negando que dicha exigencia formara parte de las competencias de la Inspección de Trabajo.

Competencias de la Inspección de Trabajo | Cuestión jurídica debatida

¿Incluyen las competencias de la Inspección de Trabajo la potestad de exigir al promotor la designación de un técnico titulado como coordinador de seguridad?

El debate jurídico se centró en determinar si la ITSS podía fiscalizar el cumplimiento de la disposición adicional cuarta de la Ley de Ordenación de la Edificación, que regula quién puede ejercer como coordinador en materia de seguridad y salud.

La Administración del Estado defendía que dicha norma era meramente organizativa y no se integraba en el bloque de normativa preventiva. Por tanto, sostenía que no formaba parte de las competencias de la Inspección de Trabajo.

En cambio, el colegio profesional recurrente alegó que esta obligación incide directamente en la prevención de riesgos laborales y, por tanto, está plenamente sujeta al control de la ITSS.

Normativa aplicable

Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social:

  • 12.1.b.1. Atribuye a la ITSS la vigilancia del cumplimiento de la normativa de prevención y de las normas técnico-jurídicas que afecten a las condiciones de trabajo.
  • 22.2. Permite requerir medidas correctoras cuando se detecten deficiencias.

Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación:

  • Disposición adicional cuarta. Exige que el coordinador de seguridad y salud sea un técnico titulado (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico), según el tipo de obra.

Y la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales y Real Decreto 1627/1997, sobre obras de construcción:

  • Regulan las funciones y competencias del coordinador en materia de prevención.

Doctrina del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo reconoce expresamente que las competencias de la Inspección de Trabajo abarcan la fiscalización de la titulación del coordinador de seguridad y salud en las obras de construcción.

Señala que esta obligación legal forma parte del sistema preventivo y afecta directamente a las condiciones de seguridad en el entorno laboral. En consecuencia:

  • La ITSS puede requerir su cumplimiento y
  • tiene facultad sancionadora en caso de que el promotor no subsane la infracción.

Según el Alto Tribunal, esta actuación no supone una intromisión en la autonomía técnica del promotor, sino el ejercicio legítimo de una competencia legalmente atribuida a la Inspección.

Competencias de la Inspección de Trabajo en obras de construcción | Fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por la Administración del Estado y establece como doctrina que:

Las competencias de la Inspección de Trabajo incluyen la exigencia de un coordinador de seguridad y salud con titulación habilitante en las obras de edificación.

Últimas entradas publicadas

ineptitud sobrevenida

Nulidad del despido por ineptitud sobrevenida por discapacidad

by | Dic 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad del despido de un trabajador declarado no apto por ineptitud sobrevenida, al considerar que la empresa no adoptó ajustes...

comida y bebida festival

Nulidad de la prohibición de acceso con comida y bebida a un festival

by | Dic 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Un juez de Valencia ha establecido la prohibición de acceso a un festival con comida y bebida, tras una reclamación de FACUA.

lugar de trabajo

TJUE | Sobre la ley aplicable en caso de cambio del lugar de trabajo habitual

by | Dic 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal de Justicia de la UE establece criterio en materia de determinación de ley aplicable en caso de cambio de lugar de trabajo.

servicios mínimos

El TSJ de Cantabria mantiene los servicios mínimos en la huelga sanitaria

by | Dic 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha rechazado la suspensión cautelar del decreto autonómico que establece los...

módulos fiscales

Novedades en los módulos fiscales para 2026

by | Dic 11, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El BOE ha publicado la Orden HAC/1425/2025, de 9 de diciembre, en materia de módulos fiscales y estimación objetiva.

punto de recarga de vehículos

Punto de recarga de vehículos: basta con comunicar a la comunidad

by | Dic 11, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El artículo 17.5 LPH permite instalar un punto de recarga de vehículos sin aprobación vecinal si se respeta la normativa y se informa a la comunidad