<

Complemento de formación permanente | Fecha de inicio

El complemento de formación permanente solo produce efectos económicos a partir de la solicitud formal presentada con la documentación correspondiente.

Publicado: 14 de agosto de 2025

El Tribunal Supremo ha resuelto en casación unificadora un conflicto jurídico relevante sobre el complemento de formación permanente aplicable al profesorado de religión católica que presta servicios en centros públicos. El Alto Tribunal fija con claridad el momento a partir del cual se generan los efectos económicos del mismo.

Hechos probados

Solicitud del complemento por parte de una docente

Una profesora de religión presentó solicitud para el reconocimiento del complemento de formación permanente, aportando la documentación que acreditaba la realización de formación homologada por la Administración educativa. El órgano de instancia consideró que el derecho nacía desde la fecha de presentación de la solicitud.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía estimó que correspondía aplicar una retroactividad de hasta un año anterior a la fecha de la solicitud, criterio que fue impugnado por el Abogado del Estado, en representación del Ministerio de Educación.

Doctrina reiterada del Tribunal Supremo: Complemento de formación permanente

El Tribunal Supremo reitera su criterio doctrinal, ya asentado en sentencias anteriores como la STS 568/2021, de 25 de mayo, y la STS 917/2021, de 21 de septiembre. En esta línea, establece lo siguiente:

  1. El complemento de formación permanente no es automático. No nace por el simple transcurso del tiempo ni por la sola antigüedad. Se requiere una solicitud expresa del interesado y la acreditación de actividades formativas debidamente homologadas por la administración competente.
  2. Inicio de efectos económicos desde la solicitud. El derecho al complemento de formación permanente genera efectos económicos únicamente a partir de la fecha en que se presenta la solicitud junto con la documentación justificativa.
  3. Retroactividad limitada a supuestos excepcionales. Solo cuando se ha producido una denegación expresa de la solicitud y el interesado ha acudido a la vía administrativa o judicial, cabe la posibilidad de retrotraer los efectos hasta un máximo de un año desde la reclamación. Pero nunca antes de la solicitud inicial.

Resolución del caso

El Tribunal Supremo estima el recurso interpuesto por el Abogado del Estado, revoca la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y ratifica la resolución de instancia, que fijaba los efectos económicos del complemento de formación permanente desde la fecha en que la docente presentó la solicitud, sin aplicar retroactividad adicional.

Complemento de formación permanente

El complemento de formación permanente solo produce efectos económicos a partir de la solicitud formal presentada con la documentación correspondiente.

No cabe, por tanto, aplicar retroactividad general de un año salvo en contadas excepciones expresamente previstas. Esta sentencia refuerza la seguridad jurídica y establece un criterio uniforme para futuros casos relacionados con este complemento en el ámbito educativo público.

Últimas entradas publicadas

movilidad sostenible

Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible

by | Dic 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Boletín Oficial del Estado de hoy ha publicado la nueva Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de movilidad sostenible.

error de diagnóstico

Indemnización de 11.943,92 euros por error de diagnóstico médico

by | Dic 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TSJ de Castilla y León reconoce una indemnización a una paciente por error de diagnóstico médico tras una caída y tratamiento inadecuado en urgencias.

experimentación en animales

Reforma sobre protección de animales en experimentación

by | Dic 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Real Decreto 1083/2025, de 2 de diciembre, establece las normas básicas para la protección de animales utilizados en experimentación.

regar sin autorización

Multa por regar sin autorización 57 hectáreas

by | Dic 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Una empresa es sancionada por regar sin autorización 57 hectáreas en Murcia y ocupar cauces públicos. El TSJ avala la actuación de la CHS

sistema de facturación

El sistema de facturación amplía sus plazos | Modificación del Real Decreto 1007/2023 por el Real Decreto-ley 15/2025

by | Dic 3, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Ampliación de los plazos de implantación del sistema de facturación electrónica regulado por el Real Decreto 1007/2023, transición gradual para empresas y desarrolladores.

sector público

Consejo de Ministros | Incremento retributivo en el sector público

by | Dic 3, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El BOE ha publicado el Real Decreto-Ley del Consejo de Ministros en materia de materia de incrementos retributivos para el sector público.