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Condenado por vender artículos robados en Wallapop

La AP de Guadalajara condena por vender artículos robados en Wallapop, reconocidos por la propia dueña en la plataforma.

Publicado: 5 de agosto de 2025

Delito de receptación y venta online en Wallapop. [TOL10.586.139]

La Audiencia Provincial de Guadalajara ha condenado a un hombre a ocho meses de prisión por un delito de receptación, conforme al artículo 298.1 del Código Penal. La pena se impone tras acreditarse que el condenado vendió un telescopio y otros efectos robados a través de la plataforma digital Wallapop. Además, deberá indemnizar a la víctima con 470 euros, importe correspondiente al valor de los bienes sustraídos y posteriormente ofertados en la aplicación.

Reconocimiento sin margen de error

El origen ilícito de los objetos se confirmó por la denunciante, quien reconoció sin género de dudas el telescopio y los accesorios ofertados. La prueba pericial se reforzó por el hecho de que el dispositivo se había modificado con elementos únicos fabricados expresamente por el marido de la propietaria, lo que permitió una identificación inequívoca. A ello se suma que el acusado admitió haber subido el anuncio con los efectos en su perfil personal de Wallapop, reconociendo de forma expresa su implicación en los hechos.

Robo en domicilio y conexión temporal

Los hechos se remontan a noviembre de 2019, cuando uno o varios individuos accedieron sin autorización a una vivienda en Uceda, Guadalajara, mediante la fractura de una ventana. Del domicilio sustrajeron diversos objetos, entre ellos un telescopio, binoculares, un dron, una consola Nintendo con sus accesorios, un coche teledirigido y un ordenador portátil. Pocos días después del robo, el anuncio del telescopio apareció publicado en Wallapop a nombre del condenado, quien lo habría adquirido a terceros no identificados.

Fundamento jurídico de la condena

El tribunal considera acreditada la comisión del delito de receptación: el acusado actuó con ánimo de lucro y conocimiento del origen ilícito de los bienes. En su fallo, la Sala destaca la existencia de “indicios clamorosos” de que el acusado tuvo conocimiento de que los objetos eran robados, basándose en el reconocimiento de los efectos por la perjudicada y en la admisión de los hechos por parte del acusado.

Sentencia recurrible

La resolución judicial no es firme y puede ser objeto de recurso ante una instancia superior.

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