<

El TS confirma restricción de la competencia en el sector ferroviario

En cuanto a la segunda sanción, el Tribunal Supremo concluye que la ANl no analizó adecuadamente las alegaciones de las empresas sobre la inexistencia de independencia significativa de comportamiento

Publicado: 27 de agosto de 2025

Restricción de la competencia: El Supremo confirma prácticas colusorias y anula abuso de posición dominante. Número Sentencia: 1103/2025 Número Recurso: 6056/2022. TOL10.646.248

El Tribunal Supremo ha resuelto un recurso de casación relacionado con sanciones impuestas por la CNMC a dos empresas ferroviarias. El núcleo del caso se centró en la restricción de la competencia en el sector del transporte ferroviario de mercancías. Mientras que el Alto Tribunal confirma la existencia de prácticas colusorias, anula la sanción por abuso de posición dominante por falta de análisis en la instancia.

Hechos probados

Sanciones de la CNMC por restringir la competencia

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó a dos empresas por infringir las normas de competencia:

  • 49,9 millones de euros por restricción de la competencia mediante acuerdos colusorios (art. 101 TFUE y art. 1 LDC).
  • 15,1 millones de euros por abuso de posición dominante (art. 102 TFUE y art. 2 LDC).

La Audiencia Nacional confirmó ambas sanciones. No obstante, las empresas recurrieron al Tribunal Supremo.

Restricción de la competencia por efectos: confirmada

El Tribunal Supremo avala el razonamiento de la Audiencia Nacional respecto a la primera sanción. Se considera acreditado que los acuerdos alcanzados entre las empresas supusieron una restricción de la competencia por efectos, ya que:

  • Se utilizó el método contrafactual, conforme a la jurisprudencia europea, comparando la situación del mercado con y sin los acuerdos.
  • El resultado evidenció una reducción significativa de la presión competitiva, lo que confirma la infracción del art. 101 TFUE y art. 1 LDC.

La sentencia consolida así el concepto de restricción de la competencia no solo por objeto, sino también por efectos en el mercado.

Anulación parcial por falta de análisis del abuso de posición dominante

En cuanto a la segunda sanción, el Tribunal Supremo concluye que la Audiencia Nacional no analizó adecuadamente las alegaciones de las empresas sobre la inexistencia de independencia significativa de comportamiento, elemento necesario para apreciar la posición de dominio.

La ausencia de este análisis genera una incongruencia y una situación de indefensión para las empresas, lo que obliga a anular esa parte del fallo.

Fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo dicta:

  • Confirmar la sanción por restricción de la competencia mediante prácticas colusorias.
  • Anular la sanción por abuso de posición dominante, por falta de motivación.
  • Retrotraer las actuaciones a la Audiencia Nacional para que dicte nueva sentencia solo sobre este segundo aspecto.

Últimas entradas publicadas

comida y bebida festival

Nulidad de la prohibición de acceso con comida y bebida a un festival

by | Dic 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Un juez de Valencia ha establecido la prohibición de acceso a un festival con comida y bebida, tras una reclamación de FACUA.

lugar de trabajo

TJUE | Sobre la ley aplicable en caso de cambio del lugar de trabajo habitual

by | Dic 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal de Justicia de la UE establece criterio en materia de determinación de ley aplicable en caso de cambio de lugar de trabajo.

servicios mínimos

El TSJ de Cantabria mantiene los servicios mínimos en la huelga sanitaria

by | Dic 12, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha rechazado la suspensión cautelar del decreto autonómico que establece los...

módulos fiscales

Novedades en los módulos fiscales para 2026

by | Dic 11, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El BOE ha publicado la Orden HAC/1425/2025, de 9 de diciembre, en materia de módulos fiscales y estimación objetiva.

punto de recarga de vehículos

Punto de recarga de vehículos: basta con comunicar a la comunidad

by | Dic 11, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El artículo 17.5 LPH permite instalar un punto de recarga de vehículos sin aprobación vecinal si se respeta la normativa y se informa a la comunidad

sostenibilidad financiera

Proyecto de Ley de Medidas Excepcionales de Sostenibilidad Financiera para las Comunidades Autónomas de régimen común

by | Dic 11, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Consejo de Ministros ha publicado hoy, 11 de diciembre, el proyecto de Ley Orgánica en materia de sostenibilidad financiera autonómica.