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Consejo de Ministros | Incremento retributivo en el sector público

El BOE ha publicado el Real Decreto-Ley del Consejo de Ministros en materia de materia de incrementos retributivos para el sector público.

Publicado: 3 de diciembre de 2025

Aplicación de las medidas aprobadas por el Real Decreto-ley. [TOL10.798.802]

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley que regula las medidas urgentes en materia retributiva para el sector público. Las medidas surtirán efectos para los ejercicios 2025 y 2026. Esta norma desarrolla el Acuerdo Marco de mejora de las condiciones laborales y salariales hasta 2028. El acuerdo fue suscrito recientemente entre el Gobierno y las organizaciones sindicales. Su finalidad es habilitar jurídicamente los incrementos salariales previstos para el personal al servicio del sector público. También se asegura su aplicación uniforme y conforme a los principios de legalidad presupuestaria.

Subida retributiva prevista para 2025

El Real Decreto-ley fija para 2025 un incremento retributivo consolidable del 2,5%. Este incremento se calcula sobre las cuantías vigentes a 31 de diciembre de 2024. Además, se actualiza en junio mediante el Real Decreto-ley 4/2024. El carácter consolidable implica su incorporación estable al salario fijo del personal público. Todo esto se aplica con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025.

La norma incluye las disposiciones necesarias para que el abono pueda realizarse durante el presente ejercicio. En el caso de la Administración General del Estado, el incremento se abonará en diciembre. Esto incluirá los atrasos generados desde enero. Este pago único beneficiará aproximadamente a 540.000 empleados públicos estatales. A modo ilustrativo, para un salario medio de 3.300 euros brutos mensuales, el importe adicional por atrasos se situaría en torno a 1.140 euros.

El resto de administraciones públicas —autonómicas y locales— determinarán su propio calendario de abono en el marco de la negociación sindical. Podrán distribuir los atrasos entre 2026 y 2028. Alternativamente, pueden abonarlos íntegramente en diciembre de 2025.

Incremento previsto para 2026 y vinculación al IPC

Para el ejercicio 2026, el Real Decreto-ley contempla una subida consolidable del 1,5%, aplicable sobre las cuantías retributivas actualizadas a diciembre de 2025, con efectos desde el 1 de enero de 2026. La norma incorpora además un mecanismo complementario de actualización salarial, de acuerdo con el Acuerdo Marco firmado: se aplicará un incremento adicional del 0,5% si la variación del IPC en 2026 alcanza o supera el 1,5%.

Con esta previsión, entre diciembre del ejercicio actual y enero de 2026 se producirá una subida acumulada del 4%, conforme a los parámetros fijados en el acuerdo sindical y desarrollados legalmente por el Gobierno mediante este Real Decreto-ley.

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