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El Sistema RED amplía causas de sustitución

Entran en vigor las dos nuevas causas de sustitución establecidas por Tesorería General de la Seguridad Social.

Publicado: 3 de octubre de 2025

Entrada en vigor de las nuevas medidas de sustitución.

La Tesorería General de la Seguridad Social ha comunicado en el Boletín de Noticias RED n.º 10/2025, de 29 de septiembre, que a partir del 1 de octubre se pondrán en marcha dos nuevas causas de sustitución. Se trata de la causa 17, destinada a la sustitución de personas trabajadoras con discapacidad en incapacidad temporal. También se aplicará la causa 14 en determinados sectores y ámbitos geográficos, como Ceuta y Melilla.

Ambas medidas se enmarcan en lo previsto en los artículos 17 y 31 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero. Este regula las bonificaciones a la contratación laboral, con especial atención a colectivos vulnerables.

Causa 17: sustitución de personas con discapacidad en IT

La causa 17 sustituye a la anterior causa 05. Se aplicará exclusivamente a contrataciones de duración determinada (códigos 410 o 510) cuando el trabajador sustituido tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 33% y su contrato se encuentre suspendido por IT. Además, se exige que el trabajador sustituto también cumpla este requisito.

Las empresas deberán comunicar el Número de la Seguridad Social de la persona sustituida. La fecha de inicio del contrato no podrá ser anterior al 1 de septiembre de 2023. La bonificación específica se reflejará en la cotización mediante el código TPC 16 y colectivo incentivado 1108.

Causa 14: aplicación en Ceuta y Melilla

La segunda medida, la causa 14, responde a lo previsto en el artículo 31 del RDL 1/2023. A partir del 1 de octubre, podrá aplicarse a contrataciones en sectores específicos de Ceuta y Melilla. Se utilizará para cubrir sustituciones de trabajadores en IT, siempre bajo contratos 410 o 510. Además, tendrá una bonificación del 50% en la cuota empresarial (TPC 13, colectivo 3195).

Procedimiento y transición

El BNR establece un protocolo de corrección y transición: a partir del 1 de octubre, cualquier alta comunicada bajo causas anteriores será rechazada si corresponde a los nuevos supuestos. Para ello, el Sistema RED habilitará funcionalidades específicas que permitirán modificar la causa de sustitución sin alterar la fecha real de alta.

Finalidad

Estas modificaciones buscan doble objetivo: mantener la continuidad de la actividad empresarial en casos de IT y fomentar la empleabilidad de personas con discapacidad. También se busca fomentar la empleabilidad de residentes en territorios con régimen especial.

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