<

El Tribunal Supremo delimita la responsabilidad bancaria en transferencias con IBAN erróneo

El Supremo establece que no es responsabilidad del banco el hecho de que un cliente realice una transferencia con un IBAN equivocado.

Publicado: 16 de diciembre de 2025

La sentencia revoca un pronunciamiento anterior y confirma que no existe responsabilidad del banco por equivocarse en el IBAN. [TOL10.806.414]

El Tribunal Supremo, en sentencia dictada por la Sala Primera en noviembre de 2025, ha resuelto un conflicto relativo a la ejecución de una transferencia bancaria. Esta fue realizada con un identificador único (IBAN) incorrecto, facilitado por el propio ordenante. El error se produjo como consecuencia de un correo electrónico fraudulento, mediante el cual un tercero suplantó la identidad del proveedor habitual del ordenante e indicó un número de cuenta distinto al real.

La sociedad ordenante efectuó dos transferencias a favor de quien creía su proveedor comercial. No obstante, los fondos fueron abonados en una cuenta distinta, abierta en otra entidad financiera, cuyo titular no coincidía con el beneficiario real. Tras constatar que el proveedor legítimo no había recibido el importe, la ordenante reclamó la responsabilidad de la entidad receptora de los fondos.

Pronunciamientos en instancias anteriores

En primera instancia, el juzgado competente desestimó la demanda, al considerar que la entidad bancaria había ejecutado correctamente la orden conforme al IBAN facilitado. Sin embargo, la Audiencia Provincial revocó dicha decisión y declaró la responsabilidad de la entidad. Argumentaron que la discordancia entre el nombre del beneficiario y el identificador único debió generar una alerta previa a la ejecución.

Frente a esta resolución, la entidad financiera interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Fundamentos jurídicos

El Alto Tribunal estima el recurso y fija doctrina sobre la interpretación del artículo 59 del Real Decreto-ley 19/2018, de servicios de pago. Este transcribe la Directiva (UE) 2015/2366. Conforme a dicho precepto, cuando una orden de pago se ejecuta de acuerdo con el identificador único proporcionado por el usuario, la operación se considera correctamente ejecutada. Esto es así incluso aunque exista discrepancia con información adicional, como el nombre del beneficiario.

El Tribunal subraya que la inclusión de datos complementarios no impone a la entidad bancaria la obligación de realizar comprobaciones adicionales. Tampoco de verificar la coincidencia entre el IBAN y la identidad nominal del destinatario.

Alcance y consecuencias prácticas

La sentencia concluye que la entidad financiera no responde por los daños derivados de un IBAN incorrecto facilitado por el ordenante. Esto es válido aun cuando dicho error haya sido inducido por un fraude externo. La responsabilidad del proveedor de servicios de pago se limita a ejecutar la operación conforme al identificador único recibido.

No obstante, se recuerda el deber de colaboración de las entidades para intentar la recuperación de los fondos cuando el error se comunica, siempre que ello sea materialmente posible.

Últimas entradas publicadas

revoca la absolución

El tribunal revoca la absolución por combustible ilegal

by | Ene 19, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Sección de Apelación Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía revoca la absolución dictada previamente por la Audiencia Provincial de Cádiz y condena a...

condiciones de igualdad

Sentencias anuladas por vulnerar las condiciones de igualdad

by | Ene 16, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TC anula dos fallos del Supremo por no respetar las condiciones de igualdad en el proceso de promoción de un fiscal a la máxima categoría de la carrera

juegos de azar

Sentencia del TJUE sobre juegos de azar en línea sin licencia

by | Ene 16, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TJUE resuelve un caso en materia de responsabilidad extracontractual en relación con las páginas web y apps de juegos de azar en línea.

blanqueo de capitales

Impulso del juicio por blanqueo de capitales de la empresa de criptomonedas Arbistar

by | Ene 16, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Audiencia Nacional impulsa el juicio contra la empresa de inversiones Artbistar por blanqueo de capitales.

Cancelación de vuelos

Cancelación de vuelos: el reembolso debe incluir la comisión del intermediario

by | Ene 16, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea obliga a las aerolíneas a devolver la totalidad del importe pagado por el pasajero, sin excluir la comisión de agencias como...

blanqueo de capitales

Cómputo de intereses según las características particulares del contrato

by | Ene 15, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Cómputo de intereses en contratos públicos debe tener en cuenta las características particulares del contrato si hay régimen pactado de validación