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El TSJ de Cantabria mantiene los servicios mínimos en la huelga sanitaria

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha rechazado la suspensión cautelar del decreto autonómico que establece los servicios mínimos durante la huelga sanitaria. El tribunal considera que eliminarlos por completo sería más perjudicial que mantener unos servicios mínimos supuestamente excesivos. La suspensión de los servicios mínimos habría dejado sin […]

Publicado: 12 de diciembre de 2025

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha rechazado la suspensión cautelar del decreto autonómico que establece los servicios mínimos durante la huelga sanitaria. El tribunal considera que eliminarlos por completo sería más perjudicial que mantener unos servicios mínimos supuestamente excesivos.

La suspensión de los servicios mínimos habría dejado sin cobertura la huelga

El Sindicato Médico de Cantabria solicitó la suspensión total del decreto de servicios mínimos aprobado por el Gobierno regional el 4 de diciembre. En el marco de la huelga del personal sanitario convocada entre los días 9 y 12 del mismo mes.

En un auto dictado el 11 de diciembre, la Sala ha rechazado la medida cautelar solicitada. Según el tribunal, conceder la suspensión supondría en la práctica “dejar a la huelga sin servicios mínimos”. Y esta es una situación que califica como “absolutamente más perjudicial que una fijación de servicios mínimos excesiva”.

Conflicto entre el derecho a la huelga y el derecho a la protección de la salud

La resolución recuerda que el conflicto se sitúa entre dos derechos fundamentales: el derecho de huelga y el derecho a la vida y la integridad física de los ciudadanos. El mantenimiento de los servicios mínimos sanitarios se considera esencial para evitar daños irreparables en la salud pública.

Además, el tribunal destaca que el sindicato no propuso una alternativa a los servicios mínimos decretados ni ofreció una fórmula sustitutiva. La Sala no puede modificar de oficio lo que no ha sido solicitado expresamente en la medida cautelar.

El decreto justifica los servicios mínimos y la decisión es provisional

Según el auto, el decreto recurrido justifica de forma categórica los servicios mínimos establecidos, y no se aprecia, al menos de forma preliminar, que sean desproporcionados. En esta fase, el tribunal no entra a valorar el fondo del asunto, sino únicamente si procede su suspensión cautelar.

La decisión adoptada tiene carácter provisional, ya que se ha tomado sin escuchar al Gobierno de Cantabria ni al Ministerio Fiscal. Ambos deberán pronunciarse en la comparecencia señalada para el lunes 15 de diciembre.

Comparecencia para revisar los servicios mínimos el lunes 15

La Sala ha convocado a todas las partes para una comparecencia el próximo lunes, a las 9:30 de la mañana, con el fin de escuchar sus argumentos y revisar la medida cautelar.

Aunque la urgencia ha sido reconocida, el tribunal subraya que la solicitud fue presentada el 10 de diciembre, un día después del inicio de la huelga. Aun así, la resolución se ha emitido en menos de 24 horas, con el objetivo de que tenga efectos en la última jornada de la huelga, manteniendo por ahora los servicios mínimos establecidos por el Gobierno regional.

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