<

Ilegal el trato fiscal a Fondos de Inversión Libre no residentes

Según el Tribunal Supremo, el Fondo de Inversión Libre recurrente demostró cumplir con todos estos requisitos. Estaba autorizado por la autoridad financiera francesa y gestionado conforme a la Directiva 2011/61/UE

Publicado: 7 de agosto de 2025

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia sobre la fiscalidad de los Fondos de Inversión Libre (FIL). En ella, estima el recurso de casación interpuesto por un FIL no armonizado, constituido en Francia, al que se le había denegado la devolución del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR). El Alto Tribunal considera que esta negativa vulnera el principio de libre circulación de capitales (art. 63 TFUE), al suponer un trato fiscal más gravoso que el que se aplica a los fondos residentes.

Discriminación fiscal a Fondos de Inversión Libre extranjeros

La cuestión central del litigio era la aplicación del tipo reducido del 1% reservado a los Fondos de Inversión Libre domiciliados en España. En cambio, al fondo francés se le aplicó el tipo general del 19%, o del 15% conforme al convenio bilateral entre España y Francia.

El fondo alegó que, aunque no se acogía a la Directiva 2009/65/CE, cumplía con condiciones sustancialmente similares a los FIL españoles:

  • gestión profesional,
  • supervisión por una autoridad competente,
  • y estructura de inversión colectiva.

Fondos de Inversión Libre comparables: requisitos y carga de la prueba

El Supremo abordó qué criterios deben utilizarse para determinar si un Fondo de Inversión Libre extranjero es comparable a uno nacional. También clarificó a quién corresponde probar dicha comparabilidad.

La Sala sostiene que no basta con analizar los requisitos formales exigidos por la normativa interna española. Deben evaluarse también elementos sustanciales, como:

  • la autorización del fondo y su gestora en el país de origen,
  • la captación de capital del público,
  • y el carácter colectivo de la inversión.

El fondo francés acreditó cumplir los criterios esenciales

Según el Tribunal Supremo, el Fondo de Inversión Libre recurrente demostró cumplir con todos estos requisitos. Estaba autorizado por la autoridad financiera francesa y gestionado conforme a la Directiva 2011/61/UE. Además, permitía la participación de hasta 20 inversores, siendo su principal partícipe un plan de pensiones, lo que excluye su uso como vehículo individual de inversión.

Reconocimiento del derecho a devolución del IRNR

En consecuencia, el Supremo anula tanto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid como las resoluciones administrativas impugnadas. Reconoce así el derecho del Fondo de Inversión Libre a recuperar el IRNR indebidamente retenido. Además, no impone costas debido a la complejidad jurídica del asunto.

Últimas entradas publicadas

movilidad sostenible

Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible

by | Dic 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Boletín Oficial del Estado de hoy ha publicado la nueva Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de movilidad sostenible.

error de diagnóstico

Indemnización de 11.943,92 euros por error de diagnóstico médico

by | Dic 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TSJ de Castilla y León reconoce una indemnización a una paciente por error de diagnóstico médico tras una caída y tratamiento inadecuado en urgencias.

experimentación en animales

Reforma sobre protección de animales en experimentación

by | Dic 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Real Decreto 1083/2025, de 2 de diciembre, establece las normas básicas para la protección de animales utilizados en experimentación.

regar sin autorización

Multa por regar sin autorización 57 hectáreas

by | Dic 4, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Una empresa es sancionada por regar sin autorización 57 hectáreas en Murcia y ocupar cauces públicos. El TSJ avala la actuación de la CHS

sistema de facturación

El sistema de facturación amplía sus plazos | Modificación del Real Decreto 1007/2023 por el Real Decreto-ley 15/2025

by | Dic 3, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Ampliación de los plazos de implantación del sistema de facturación electrónica regulado por el Real Decreto 1007/2023, transición gradual para empresas y desarrolladores.

sector público

Consejo de Ministros | Incremento retributivo en el sector público

by | Dic 3, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

El BOE ha publicado el Real Decreto-Ley del Consejo de Ministros en materia de materia de incrementos retributivos para el sector público.