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La CNMC recomienda cambios en la protección de las indicaciones geográficas

Según la Ley 3/2013, la CNMC puede actuar de oficio o por consulta de instituciones públicas o privadas, para asegurar que la protección de las indicaciones geográficas no limite la competencia ni favorezca estructuras rígidas en los mercados.

Publicado: 18 de septiembre de 2025

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido dos informes donde advierte sobre los riesgos que puede generar la actual regulación de la protección de las indicaciones geográficas en los mercados.

España, referente europeo en productos con distintivo de calidad

La protección de las indicaciones geográficas permite reconocer productos con vínculo territorial o métodos tradicionales de elaboración. Ahora, por primera vez, esta regulación se extiende también a productos artesanales e industriales de ámbito nacional.

España es el tercer país de la UE con más figuras de calidad: 388 denominaciones de origen protegidas (DOP), indicaciones geográficas protegidas (IGP) y especialidades tradicionales garantizadas (ETG).

Informes sobre los proyectos normativos

La CNMC ha analizado dos proyectos de Real Decreto (IPN/CNMC/012/25 y IPN/CNMC/014/25) sobre la protección de las indicaciones geográficas, uno enfocado en el ámbito agroalimentario y otro en productos artesanales e industriales.

Principales recomendaciones de la CNMC

1. Evaluación previa de normas sobre oferta

Antes de aprobar medidas que afecten a la oferta de productos agroalimentarios, se debería consultar a la CNMC. Las normas deben ser:

  • Justificadas.
  • Temporales.
  • Claras en su aplicación.
  • Alejadas del intercambio de información sensible.

2. Control con competencia entre organismos

La CNMC aboga por mantener un sistema de control oficial abierto y competitivo, eliminando la exclusividad de los consejos reguladores en las funciones de verificación.

3. Claridad en la inscripción y protección transitoria

Asimismo, recomienda definir mejor quién puede intervenir en los procedimientos de inscripción, modificación o cancelación, y mejorar la transparencia durante la protección nacional transitoria.

4. Análisis previo de los pliegos de condiciones

Para evitar restricciones indebidas, la CNMC pide que los pliegos de condiciones sean revisados previamente por la autoridad de competencia.

5. Declaración responsable para productos no agroalimentarios

Respecto a productos artesanales e industriales, se propone reformar el modelo de autodeclaración y avanzar hacia una declaración responsable, que reduzca cargas administrativas y agilice la comercialización.

Función consultiva de la CNMC

Según la Ley 3/2013, la CNMC puede actuar de oficio o por consulta de instituciones públicas o privadas, para asegurar que la protección de las indicaciones geográficas no limite la competencia ni favorezca estructuras rígidas en los mercados.

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