<

TJUE | Sobre la ley aplicable en caso de cambio del lugar de trabajo habitual

El Tribunal de Justicia de la UE establece criterio en materia de determinación de ley aplicable en caso de cambio de lugar de trabajo.

Publicado: 12 de diciembre de 2025

Sentencia del TJUE en relación a la ley aplicable en caso de cambiar de lugar de trabajo.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto el asunto C-485/24 | Locatrans, centrado en la determinación de la ley aplicable al contrato de trabajo cuando el lugar de prestación cambia durante la relación laboral. El caso se origina en 2002, cuando la empresa luxemburguesa Locatrans contrató a un conductor francés para realizar transportes en varios Estados europeos, incluyendo Francia. Aunque el contrato establecía expresamente la aplicación del Derecho luxemburgués, la actividad efectiva del trabajador se fue trasladando progresivamente al territorio francés.

En 2014, el empleador reconoció que el conductor desarrollaba su actividad principalmente en Francia, lo que motivaba su afiliación a la seguridad social francesa. Tras la negativa del trabajador a reducir su tiempo de trabajo, Locatrans resolvió el contrato. La reclamación se inició ante el Tribunal Laboral Paritario de Dijon, que aplicó el Derecho de Luxemburgo. Sin embargo, el Tribunal de Apelación revocó este criterio con base en el Convenio de Roma de 1980, al considerar que el lugar de trabajo habitual se encontraba en Francia. Frente a ello, la empresa interpuso recurso de casación.

Cuestión prejudicial elevada al Tribunal de Justicia

El Tribunal de Casación francés planteó al TJUE cuál debe ser la ley aplicable en ausencia de elección válida de las partes, cuando el trabajador pasa de un lugar inicial de actividad a otro que se convierte en su nuevo centro habitual de trabajo. La consulta se centraba en la interpretación del artículo 6 del Convenio de Roma, aplicable ratione temporis.

Criterios para determinar la ley aplicable

El TJUE recuerda que la libertad de elección de las partes no puede privar al trabajador de la protección otorgada por las normas imperativas de la ley que correspondería en defecto de elección. El Convenio de Roma establece dos criterios sucesivos:

  1. País donde el trabajador realiza habitualmente su trabajo.

  2. País del establecimiento que contrató al trabajador, cuando el primero no permite identificar un territorio concreto.

El Tribunal declara que el primer criterio no opera cuando la actividad se ha desplazado entre distintos países a lo largo de la relación laboral. En tales casos procede atender al segundo criterio, que en el caso concreto remite a Luxemburgo, donde se sitúa el establecimiento de Bettembourg.

Consideración del nuevo lugar habitual de trabajo

No obstante, el TJUE afirma que el nuevo lugar de trabajo destinado a convertirse en habitual debe valorarse dentro del examen conjunto de circunstancias para determinar si el contrato presenta vínculos más estrechos con un tercer país, en este caso Francia. Corresponderá al Tribunal de Casación verificar si elementos como el último lugar de trabajo y la obligación de afiliación a la seguridad social francesa desplazan la conexión hacia este ordenamiento.

Últimas entradas publicadas

condiciones de igualdad

Sentencias anuladas por vulnerar las condiciones de igualdad

by | Ene 16, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TC anula dos fallos del Supremo por no respetar las condiciones de igualdad en el proceso de promoción de un fiscal a la máxima categoría de la carrera

juegos de azar

Sentencia del TJUE sobre juegos de azar en línea sin licencia

by | Ene 16, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TJUE resuelve un caso en materia de responsabilidad extracontractual en relación con las páginas web y apps de juegos de azar en línea.

blanqueo de capitales

Impulso del juicio por blanqueo de capitales de la empresa de criptomonedas Arbistar

by | Ene 16, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Audiencia Nacional impulsa el juicio contra la empresa de inversiones Artbistar por blanqueo de capitales.

Cancelación de vuelos

Cancelación de vuelos: el reembolso debe incluir la comisión del intermediario

by | Ene 16, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea obliga a las aerolíneas a devolver la totalidad del importe pagado por el pasajero, sin excluir la comisión de agencias como...

blanqueo de capitales

Cómputo de intereses según las características particulares del contrato

by | Ene 15, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Cómputo de intereses en contratos públicos debe tener en cuenta las características particulares del contrato si hay régimen pactado de validación

jubilación anticipada

Reconocimiento judicial de jubilación anticipada en actividad peligrosa

by | Ene 15, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El TSJ de Madrid concede la jubilación anticipada para un trabajador del sector público relacionado con actividades peligrosas.