<

El TSJ de La Rioja descarta la responsabilidad de la Administración en accidente de un ciclista

El TSJ de la Rioja descarta la responsabilidad patrimonial de la Administración en una caída que provocó el fallecimiento de un ciclista.

Publicado: 2 de julio de 2024

La parte demandante no pudo demostrar que el bache en la carretera fue el responsable de la caída del ciclista, por lo tanto, descarta la responsabilidad de la Administración. Sentencia 106/2024 del TSJ de La Rioja.

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha desestimado la demanda por responsabilidad patrimonial presentada contra el Gobierno de La Rioja. La demanda se originó a raíz de la caída de un ciclista de avanzada edad que falleció dos meses después del accidente debido a las lesiones sufridas en la caída. La familia del fallecido reclamaba una indemnización de 217.511,57 euros más los intereses legales.

Según la parte demandante, el ciclista circulaba por la carretera LR-311, donde la Guardia Civil constató la presencia de hierba procedente del desbroce. En el punto kilométrico 3,8, había un gran bache en mitad de la carretera. La familia argumentó que la rueda delantera de la bicicleta se introdujo en el desnivel, lo que hizo que el ciclista perdiera el control y cayera al suelo, quedando inmóvil debido a una lesión medular que posteriormente le causó la muerte. El bache fue reparado 20 días después del accidente, lo que según la familia demostraba que la administración conocía el mal estado del asfalto.

Veredicto del Tribunal

La cuestión se centró en determinar la relación de causalidad entre el mal estado de la carretera y las lesiones que provocaron el fallecimiento. El tribunal concluyó que no había pruebas suficientes para sostener la versión de la parte demandante. En el fallo, se determinó que no había evidencia de que la rueda delantera de la bicicleta se introdujera en el bache debido a la hierba cortada.

Un testigo declaró al personal de la ambulancia que el ciclista simplemente perdió el control de la bicicleta. Por ello, el tribunal constató que «no existe un enlace preciso y directo» entre la caída y el mal estado de la carretera. Además, la parte demandante no había podido acreditar el lugar exacto de la caída, por lo que los indicios podían conducir a conclusiones alternativas sobre cómo se produjo el accidente.

El TSJ concluyó que no se podía establecer con certeza que el bache en la carretera fuera la causa de la caída del ciclista.

 

Fuente: CGPJ

Últimas entradas publicadas

Liquidaciones firmes

Liquidaciones firmes del IIVTNU en ausencia de incremento de valor

by | Dic 5, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

Los contribuyentes que hayan pagado el IIVTNU sin haber obtenido un incremento de valor en la transmisión de sus inmuebles pueden solicitar la revisión de esas liquidaciones

vehículos adaptados

Requisitos para el tipo reducido de IVA en vehículos adaptados

by | Dic 5, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

La DGT resuelve una consulta vinculante en materia de reducción de IVA de vehículos adaptados. Requiere previo reconocimiento.

detenido en custodia municipal

Reapertura de la investigación de la muerte de un detenido en custodia municipal

by | Dic 5, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Constitucional determinó que las diligencias previas no fueron efectivas ni suficientes para esclarecer las circunstancias de la muerte del detenido

graduación sanciones plr

Graduación de sanciones en infracciones graves de riesgos laborales

by | Dic 5, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Tribunal Supremo establece cómo se debe proceder para la graduación de infracciones en materia de riesgos laborales.

estafar 75.000 euros

Prisión por estafar 75.000 euros a su tío con deterioro cognitivas

by | Dic 4, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Audiencia Provincial de Ourense impone 3 años de prisión por estafar 75.000 euros a un hombre con deterioro cognitivo.

Segunda ronda de inspecciones

Segunda ronda de inspecciones en el sector de los servicios de consultoría y asistencia técnica de ingeniería

by | Dic 4, 2024 | Actualidad Prime | 0 Comments

Estas actuaciones constituyen una fase preliminar en el proceso de investigación y no presuponen la culpabilidad de las empresas inspeccionadas. Si se detectan indicios de prácticas ilícitas, la CNMC procederá a la apertura formal de un expediente sancionador.