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Iniciativa para garantizar atención médica

  Se presentó en la Cámara de Diputados una iniciativa que reforma los artículos 61 y 64 de la Ley General de Salud; la misma tiene como finalidad que las instituciones salud pública garanticen la atención médica, insumos y tratamientos necesarios que requieren los nacidos de forma prematura. El documento establece que la atención materno-infantil […]

Publicado: 11 de noviembre de 2024

 

Se presentó en la Cámara de Diputados una iniciativa que reforma los artículos 61 y 64 de la Ley General de Salud; la misma tiene como finalidad que las instituciones salud pública garanticen la atención médica, insumos y tratamientos necesarios que requieren los nacidos de forma prematura.

El documento establece que la atención materno-infantil comprende acciones como atención, cuidados, detección oportuna y la aplicación de todos los tratamientos necesarios para estabilizarlos y controlar las complicaciones que presenten los nacidos prematuramente hasta su total recuperación, así como la revisión de retina y tamiz auditivo.

Estipula que en la organización y operación de los servicios de salud las autoridades sanitarias competentes establecerán los procedimientos y acciones jurídico administrativos que sean necesarios para garantizar la atención médica a los nacidos prematuramente, estabilizándolos hasta su total recuperación, ya sea por sí o en coordinación con instituciones privadas de salud.

En la exposición de motivos, indica que se establecerá la posibilidad de que las instituciones de salud tengan mecanismos administrativos adecuados para satisfacer las necesidades de los prematuros y de sus familias, al estabilizarlos y alcanzar su recuperación.

Menciona que se amplía la cobertura de los servicios médicos sobre todo de las personas con mayor vulnerabilidad y favorece para asegurar plenamente su acceso al derecho a la salud en cumplimiento a lo previsto en la legislación de la materia.

Refiere que de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud un recién nacido se considera prematuro cuando nace vivo antes de completarse 37 semanas de embarazo.

Estima que la propuesta abonará a salvaguardar los derechos fundamentales de los derechohabientes y a fortalecer al sector público de salud en esta materia.

Otorgar a las instituciones de salud la capacidad de tomar decisiones y poner en práctica acciones preventivas específicas en relación con la atención a los neonatos prematuros contribuiría a fortalecer significativamente la Ley General de Salud, enfatiza.

También, salvaguardará el acceso oportuno y adecuado a la atención médica necesaria para los nacidos prematuros, evitará traslados innecesarios y optimizará la capacidad de respuesta de las instituciones de salud pública.

Además, abonará al fortalecimiento de las medidas orientadas a reducir la brecha de desigualdad que padecen las mujeres, sobre todo las más vulnerables al garantizarles el acceso universal a la salud sexual y reproductiva.

Puntualiza que la propuesta contribuye avanzar y redoblar esfuerzos para que las instituciones de salud pública garanticen la atención médica.

Fue turnada a la Comisión de Salud para su análisis.

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