<

Responsabilidades administrativas de personas servidoras públicas del estado de Chihuahua

  La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el artículo 22D, párrafo segundo y párrafo tercero de la Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos del estado de Chihuahua, en los cuales se preveía un plazo de dos a diez días hábiles para que las personas servidoras públicas atendieran los requerimientos […]

Publicado: 28 de junio de 2024

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el artículo 22D, párrafo segundo y párrafo tercero de la Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos del estado de Chihuahua, en los cuales se preveía un plazo de dos a diez días hábiles para que las personas servidoras públicas atendieran los requerimientos del Órgano Interno de Control de la señalada Comisión. Además, se disponía que, en caso de incumplimiento sin causa justificada, se procedería a fincar las responsabilidades correspondientes.

Lo anterior, al reiterar el criterio establecido al resolver la acción de inconstitucionalidad 133/2021 y la controversia constitucional 114/2021, en el sentido de que el Congreso local carece de libertad configurativa para modificar los plazos previstos en el artículo 96, párrafo segundo, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para la atención de los requerimientos del Órgano Interno de Control, que son de cinco a quince días hábiles y cuya ampliación justificada no debe exceder de la mitad del plazo previsto originalmente.

Como parte de los efectos, La Corte determinó lo siguiente:

• Por extensión, invalidó la porción: “hasta de diez días hábiles”, contenida en el primer párrafo del numeral 2.1 de la “Guía de auditoría pública, visitas de inspección e intervenciones de control del Órgano Interno de Control de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos”, en virtud de que su validez depende por razón de jerarquía de las disposiciones declaradas inválidas, además de que estaba afectada por el mismo vicio de inconstitucionalidad.

• Para no generar un vacío normativo en perjuicio de las personas servidoras públicas, se deberá aplicar directamente el artículo 96, párrafo segundo, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, hasta que se subsane el vicio de inconstitucionalidad determinado.

Últimas entradas publicadas

Consultoría Tirant. Juicio hipotecario

by | Ene 9, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Consulta Se tiene un caso en el cual un banco demanda a una persona deudora, por el pago total de una hipoteca; la deudora traspasó la vivienda hipotecada a una tercera...

Reforma Constitucional en materia de Guardia Nacional

Jurisprudencia

by | Ene 7, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

  La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que no es necesario agotar recursos ordinarios al promover un juicio de amparo indirecto si una persona...

Comisión de Prevención y Atención al Suicidio

by | Ene 6, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

  Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados que tiene como finalidad reformar la Ley General de Salud para establecer que el Ejecutivo Federal nombrará...

Iniciativa para otorgar fórmula láctea a recién nacidos

by | Ene 5, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

  Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados a fin de reformar la Ley General de Salud para establecer que el Estado deberá proporcionar de manera...

Tipificar la explotación de personas adultas mayores

by | Dic 29, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

  Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados para reformas el Código Penal Federal y la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a fin de...

Iniciativa de reforma al Código Penal Federal y a la Ley General de Salud en materia de muerte asistida

by | Dic 26, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados por la cual se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal para...