CONSENTIMIENTO INFORMADO Y DEBER DE INFORMAR A PACIENTES DE CIRUGÍAS SATISFACTIVAS DE AFIRMACIÓN DE GÉNERO. TIENEN UN ESTÁNDAR DIFERENCIADO Y REFORZADO PARA GARANTIZARLES ESTAR PLENAMENTE INFORMADAS AL TOMAR DECISIONES SOBRE SU CUERPO Y SU SALUD. (TOLMEX2,933,476)

Ago 28, 2025

CONSENTIMIENTO INFORMADO Y DEBER DE INFORMAR A PACIENTES DE CIRUGÍAS SATISFACTIVAS DE AFIRMACIÓN DE GÉNERO. TIENEN UN ESTÁNDAR DIFERENCIADO Y REFORZADO PARA GARANTIZARLES ESTAR PLENAMENTE INFORMADAS AL TOMAR DECISIONES SOBRE SU CUERPO Y SU SALUD.

Hechos: Una mujer trans se sometió a una cirugía plástica estética de afirmación de género. Luego, al sufrir complicaciones, demandó por responsabilidad civil al médico tratante y a la unidad médica quirúrgica. Alegó que no existió un consentimiento informado válido, pues el médico tratante no le explicó los riesgos, complicaciones y alternativas de la cirugía a partir de su situación particular. En primera instancia se condenó al médico tratante por responsabilidad civil subjetiva. Las partes interpusieron recurso de apelación en el que la sala resolvió absolver a los demandados, al considerar que existían cartas de consentimiento informado que cumplían con los requisitos de la normativa oficial mexicana. Además, señaló que la paciente ya estaba al tanto de los riesgos por consultas previas con otros profesionales de salud. La paciente promovió juicio de amparo directo en el que cuestionó el estándar del deber de informar y del consentimiento informado que subyace a tales consideraciones.

Criterio jurídico: El estándar del deber de informar y el consentimiento informado adquiere un carácter diferenciado y reforzado en el contexto de las cirugías satisfactivas de afirmación de género, en atención a la calidad subjetiva de la persona paciente y a las particularidades de este tipo de intervenciones.

Estas cirugías están protegidas por los derechos a la autonomía, la identidad y la salud, lo que exige: 1) un proceso comunicativo robusto entre el personal médico tratante y la persona paciente; 2) una mayor diligencia para prever y explicar tanto los riesgos y complicaciones generales como aquellos específicos según las características de cada paciente; y 3) además, se requiere un umbral expandido de información, a fin de que sea suficiente, completa, oportuna, accesible, clara, comprensible y veraz, así como adaptarse a las particularidades de cada persona, de naturaleza médica y estética tomando en cuenta las expectativas y motivaciones expresadas al profesional de la salud.

Justificación: La cirugía plástica estética, en general, y la cirugía con fines de afirmación de género, en particular, presentan diversos elementos que inciden en el proceso de toma de decisiones, la relación médico-paciente y los incentivos involucrados. Estos elementos justifican la necesidad de contar con un estándar diferenciado y reforzado que asegure que las personas pacientes estarán plenamente informadas al decidir sobre su cuerpo y su salud, así como a que los profesionales médicos prioricen su autonomía por encima de otros intereses.

Entre esos elementos destacan: la naturaleza voluntaria del procedimiento quirúrgico —que lo inserta en el ámbito de la medicina electiva o satisfactiva, en la cual la voluntad libre y consciente de la persona paciente es el principio rector—; su relevancia identitaria —algunas personas trans, en ejercicio de su autonomía, optan por procedimientos médicos para expresar su identidad de género mediante características socialmente leídas como propias del género con el cual se identifican—; la disparidad en la información disponible; las expectativas personales; y las complejas dinámicas sociales y de género que rodean estos procesos.

Así, el estándar del deber de informar no se satisface con la sola existencia de cartas de consentimiento informado bajo las normas oficiales mexicanas. Implica, primero, un procedimiento comunicativo que permita conocer condiciones preexistentes, motivaciones, expectativas y la relevancia de la cirugía para la identidad y expresión de género. Segundo, mayor diligencia para prever —a la luz de la lex artis médica— y comunicar completa y comprensiblemente los riesgos, complicaciones o resultados adversos permanentes o temporales, generales y propios del caso, excluyendo solo los desconocidos por la ciencia médica al momento de la intervención. En tercer lugar, el rango de información se expande y adecúa, debiendo incluir alternativas, tiempo de recuperación, expectativas realistas a corto y largo plazo, cuidados postoperatorios y vida útil del implante, en su caso.

Ese estándar no podrá entenderse como barrera basada en estereotipos o prácticas discriminatorias para . . .

¿Quiere leer el artículo completo?
¿Ya tiene cuenta?Iniciar sesión
Cree su cuenta sin costeRegistrarme

Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma

Acceder

Últimas novedades publicadas

15. CONVENIO SOBRE LA PATENTE COMUNITARIA (CPC) (TAMBIÉN CONOCIDO COMO CONVENIO DE LUXEMBURGO) (TOLMEX2,798,888)

by | Dic 11, 2025 | Boletín novedades | 0 Comments

15. CONVENIO SOBRE LA PATENTE COMUNITARIA (CPC) (TAMBIÉN CONOCIDO COMO CONVENIO DE LUXEMBURGO) 15.1. Nociones generales La actividad parlamentaria internacional no...

Dosier. Jurisdicción voluntaria (TOLMEX2,973,215)

by | Dic 11, 2025 | Boletín novedades | 0 Comments

Jurisdicción Voluntaria en el Sistema Procesal Mexicano R. Leopoldo Cruz Balbuena, Ph.D. La Jurisdicción Voluntaria constituye una función jurisdiccional sui generis en...

Escrito inicial de demanda de juicio ordinario mercantil por inexistencia de obligación y devolución de cantidades indebidamente cobradas derivadas de la revisión de ajuste emitida por la CFE (TOLMEX2,972,024)

by | Dic 11, 2025 | Boletín novedades | 0 Comments

ESCRITO INICIAL DE DEMANDA DE DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO MERCANTIL POR INEXISTENCIA DE OBLIGACIÓN Y DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES INDEBIDAMENTE COBRADAS DERIVADAS DE LA...

Amparo directo contra sentencia por homicidio calificado y robo agravado (TOLMEX2,972,604)

by | Dic 11, 2025 | Boletín novedades | 0 Comments

AMPARO DIRECTO CONTRA SENTENCIA POR HOMICIDIO CALIFICADO Y ROBO AGRAVADO TMX2.972.604 Normativa: Artículos 1, 14, 16, 17, 20, 103, 107 y 133 de la Constitución Política...

Manifestación Bajo Protesta de decir Verdad del Socio o Accionista que Ejerce el Control Efectivo (TOLMEX2,971,122)

by | Dic 11, 2025 | Boletín novedades | 0 Comments

MANIFESTACIÓN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DEL SOCIO O ACCIONISTA QUE EJERCE EL CONTROL EFECTIVO TMX2.971.122 Normativa: Artículo 27 del Código Fiscal de la...

Recurso de apelación que interpone el sentenciado (TOLMEX2,971,121)

by | Dic 11, 2025 | Boletín novedades | 0 Comments

RECURSO DE APELACIÓN QUE INTERPONE EL SENTENCIADO TMX2.971.121 Normativa: Artículos 1, 14, 16, 17, 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;...