Juzgado de La Serena condena a Corfo por vulnerar derechos de trabajadora con enfermedad profesional

El Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena resolvió a favor de una funcionaria que demandó a la Dirección Regional de Corfo, Región de Coquimbo, por vulneración de derechos fundamentales relacionados con su enfermedad profesional. La magistrada Karen Alfaro López dictaminó que la institución incumplió sus deberes al no implementar medidas para proteger la salud de la trabajadora, quien terminó acogiendo el autodespido.

Fundamentos del fallo

El tribunal concluyó que Corfo, a pesar de conocer el diagnóstico de enfermedad profesional emitido por la ACHS, no tomó medidas oportunas para resguardar la integridad física y psíquica de la trabajadora. Incluso utilizó su estado de salud como argumento para disminuir sus calificaciones laborales.

El fallo subraya que responsabilizar a la trabajadora por las consecuencias de sus licencias médicas constituyó una vulneración de sus garantías fundamentales. Esta situación impulsó la decisión de la trabajadora de acogerse al autodespido, lo que el tribunal consideró plenamente justificado.

Resolución final

El tribunal ordenó a Corfo pagar diversas indemnizaciones, que incluyen:

  1. Indemnización por vulneración de derechos fundamentales: $14.282.490 (8,5 remuneraciones).
  2. Indemnización sustitutiva del aviso previo: $1.680.293.
  3. Indemnización por años de servicio: $15.122.637.
  4. Recargo legal por autodespido: $7.561.318.
  5. Daño moral: $10.000.000.

Además, el fallo considera un descuento de $533.991, correspondiente a la compensación aceptada por el tribunal. Corfo deberá organizar dos capacitaciones, que tendrán un plazo de ejecución de cuatro meses y deberán realizarse en modalidad presencial y remota, dirigidas a todo el personal de la Dirección Regional:

  • Sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales: Dictada por un experto de la Asociación Chilena de Seguridad, con una duración mínima de 12 horas.
  • Ciudadanía en la empresa: Impartida por un profesional con formación en Derecho Laboral y Seguridad Social, quien deberá contar con publicaciones académicas reconocidas.

El fallo ratifica la responsabilidad de Corfo en el incumplimiento de las obligaciones laborales estipuladas en el Código del Trabajo, con énfasis en la protección de la salud de sus empleados. La sentencia busca reparar el daño causado a la trabajadora y establecer medidas preventivas para evitar situaciones similares en el futuro.

Fuente: pjud.cl

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Corte Suprema acoge demanda de trabajadora contra Municipalidad de El Bosque por autodespido

La Corte Suprema, en fallo unánime (causa rol 238.049-2023), acogió el recurso de unificación de jurisprudencia presentado por una trabajadora que demandó a la Municipalidad de El Bosque. Tras seis años de servicios prestados a honorarios, la demandante decidió acogerse a la figura de despido indirecto o autodespido. La Cuarta Sala del máximo tribunal, conformada por las ministras Gloria Ana Chevesich y Andrea Muñoz, el ministro Jorge Zepeda, y las abogadas Pía Tavolari e Irene Rojas, estableció que la trabajadora realizó funciones permanentes y no accidentales, por lo que su relación laboral debía regirse por el Código del Trabajo.

Funciones permanentes y subordinación

El fallo determinó que las funciones desempeñadas por la trabajadora como encargada territorial en la Dirección de Seguridad y Convivencia Ciudadana eran labores permanentes, sujetas a subordinación y dependencia. Esto se reflejaba en la obligación de cumplir horarios, recibir instrucciones de jefatura y percibir una remuneración mensual. La Corte concluyó que dichas tareas, al ser habituales, no se encuadraban dentro de las excepciones establecidas en la Ley N°18.883, como sostenía la Municipalidad.

Sentencia de reemplazo

La Corte Suprema resolvió que la relación entre las partes tenía un carácter laboral continuo desde mayo de 2016 hasta agosto de 2022, por lo que el autodespido estaba justificado. El fallo condenó a la Municipalidad de El Bosque a pagar indemnizaciones por años de servicio, recargos y feriados legales, además de las cotizaciones previsionales y de salud adeudadas.

Entre los montos a pagar, destacan $1.214.181 por indemnización sustitutiva del aviso previo y $7.285.086 por años de servicio, con un recargo del 50% sobre dicha suma.

Conclusión del fallo

La Corte Suprema rechazó la demanda en cuanto a la sanción de nulidad del despido, pero estableció que las cotizaciones ordenadas serán reajustadas según la normativa vigente, una vez que la sentencia quede firme y ejecutoriada. Con este fallo, se refuerza el derecho de los trabajadores a ser reconocidos como tales, incluso cuando han sido contratados bajo la modalidad de honorarios.

Fuente: pjud.cl

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