La Corte Suprema ordena arresto domiciliario para imputada por tráfico de drogas con dos hijos lactantes

La Corte Suprema resolvió a favor de una mujer imputada por tráfico de drogas, quien tiene dos hijos lactantes, al acoger el recurso de amparo presentado por su defensa. La resolución establece el arresto domiciliario total y el arraigo nacional de la acusada, revocando la prisión preventiva que se había dictado anteriormente.

Normativa internacional de derechos humanos

El fallo del máximo tribunal se basa en la normativa internacional de protección a las mujeres, destacando la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como la Convención de Belém do Pará. Estas convenciones exigen a los Estados adoptar medidas adecuadas para proteger los derechos de las mujeres y garantizar su integridad física y psicológica, sobre todo en situaciones de especial vulnerabilidad como la privación de libertad.

Condiciones especiales para mujeres privadas de libertad

En su fallo, la Corte Suprema también invoca las Reglas de Bangkok, que proponen medidas alternativas a la prisión preventiva para mujeres imputadas, especialmente aquellas con responsabilidades de cuidado, como es el caso de la imputada. El tribunal considera que mantener a la acusada en prisión preventiva representa un riesgo para su bienestar y el de sus hijos, lo que obliga a tomar medidas más adecuadas a su situación.

En consecuencia, la Segunda Sala de la Corte Suprema, compuesta por las ministras Andrea Muñoz, María Teresa Letelier y Dobra Lusic, junto con los abogados integrantes Pía Tavolari y Juan Carlos Ferrada, decidió revocar la decisión previa de la Corte de Apelaciones de San Miguel. El tribunal determinó que la prisión preventiva era desproporcionada, dado el riesgo para la madre y sus hijos, optando por medidas alternativas como el arresto domiciliario total y el arraigo nacional.

El fallo fue acordado con la disidencia del abogado Ferrada, quien votó en contra de la decisión final.

Fuente: pjud.cl

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