Corte de Apelaciones de Antofagasta confirma reincorporación de carabinero o pago de indemnización por discriminación

En un fallo trascendental (causa rol 76-2024), la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, compuesta por los ministros Virginia Soublette Miranda, Juan Opazo Lagos y el abogado integrante Fernando Orellana Torres, ha rechazado el recurso de nulidad presentado por el Fisco de Chile, confirmando la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Calama que ordenó la reincorporación de Cristóbal Andrés Pizarro Castro a Carabineros o, en su defecto, el pago de $15.333.956 por vulneración de derechos fundamentales.

Detalles del fallo

El caso se originó a raíz de un accidente sufrido por Pizarro en acto de servicio el 20 de junio de 2019, lo que derivó en su posterior desvinculación de la institución. El Juzgado de Letras del Trabajo de Calama determinó que la desvinculación constituía una violación al derecho a no ser discriminado por motivos de salud, y ordenó la reincorporación de Pizarro o la compensación económica mencionada.

El Fisco de Chile, representado por el abogado Carlos Bonilla Lanas, presentó un recurso de nulidad alegando que la decisión de desvincular a Pizarro fue tomada dentro de las facultades legítimas de la autoridad, específicamente por la Comisión Médica Central. Sin embargo, la Corte de Apelaciones desestimó esta argumentación, señalando que la gravedad de la medida adoptada y de la vulneración al derecho fundamental referido está dada en los efectos que el retiro de la institución generó en el actor demandante, pues  para considerar su incapacidad física y el retiro de las filas se consideró el historial de licencias médicas

Finalmente, la Corte resolvió rechazar, sin costas, el recurso de nulidad deducido por el Fisco de Chile y declaró que la sentencia definitiva no es nula, confirmando así la decisión del tribunal de primera instancia.

Este fallo subraya la importancia de proteger los derechos fundamentales de los funcionarios públicos, especialmente en situaciones donde su salud se ve comprometida en el ejercicio de sus funciones.

Fuente: pjud.cl

Avanzan modificación y fortalecimiento de la Ley Zamudio

La Comisión de Hacienda ha respaldado, por mayoría, las disposiciones pertinentes del proyecto de modificación y fortalecimiento de la Ley 20.609, conocida como Ley Zamudio. Este proyecto, actualmente en segundo trámite, previamente fue debatido por la Comisión de Derechos Humanos, donde se discutieron más de 200 indicaciones presentadas por los senadores.

El objetivo fundamental de esta propuesta es actualizar la Ley Zamudio. Con esto se busca erradicar, prevenir, sancionar y reparar cualquier forma de discriminación, promoviendo así el principio de igualdad. Para lograr este propósito, se establece un procedimiento judicial especial y rápido ante actos discriminatorios.

Entre las disposiciones destacadas, se considera como discriminación arbitraria cualquier acto realizado por agentes del Estado o particulares que carezca de justificación razonable y que afecte el ejercicio de otros derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política.

El proyecto también aborda la discriminación en el ámbito médico y psicológico, prohibiendo cualquier tratamiento destinado a modificar la orientación sexual o la identidad y expresión de género de una persona o grupo de personas, a menos que sea un programa de apoyo al autoconocimiento.

Funciones de órganos estatales

Además, se asigna a los órganos del Estado la responsabilidad de elaborar e implementar políticas para garantizar el goce de los derechos sin discriminación. La Subsecretaría de Derechos Humanos será la encargada de impulsar el cumplimiento de esta la Ley Zamudio y sus objetivos.

Una de las novedades es la creación del Consejo de Igualdad y No Discriminación Arbitraria. Esté estará compuesto por representantes de diversos organismos del Estado y de la sociedad civil. Este consejo será fundamental para promover políticas y acciones en pro de la igualdad y la no discriminación.

El proyecto también introduce modificaciones al Código Penal, estableciendo sanciones para el acoso discriminatorio en lugares públicos. Las sanciones irán hasta una multa de una a tres unidades tributarias mensuales a  prisión en su grado medio a máximo.

Durante la discusión en la Comisión de Hacienda, parlamentarios de la oposición expresaron su disconformidad con algunas disposiciones del proyecto, proponiendo reintegrar indicaciones rechazadas en la Comisión de Derechos Humanos. Sin embargo, otros destacaron la importancia del Consejo de Igualdad como un avance para la Ley Zamudio y su impacto en la eliminación de barreras discriminatorias.

Fuente: camara.cl