Corte Constitucional ordena protección de derechos fundamentales en caso de trabajador desvinculado por retiro forzoso

La Corte Constitucional emitió la sentencia T-521 de 2024, mediante la que reafirma la obligación de los empleadores públicos y las administradoras de pensiones de garantizar los derechos fundamentales de los trabajadores, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad. La sentencia analizó el caso del señor Cándido Antonio Cervantes Coronado, un celador de 79 años desvinculado de su cargo por la Secretaría de Educación del Atlántico debido al cumplimiento de la edad de retiro forzoso, sin valorar su situación particular ni garantizar su acceso a la pensión.

Contexto del caso

El accionante fue retirado de su cargo mediante la Resolución 0705 de 2023, pese a depender de su salario para su sustento y el de su esposa. La Secretaría de Educación argumentó que la desvinculación se dio en cumplimiento de la normativa de retiro forzoso y para nombrar a un candidato del concurso de méritos. Sin embargo, la Corte determinó que la entidad no verificó adecuadamente la situación pensional del señor Cervantes ni consideró su condición de prepensionado, lo cual violó sus derechos a la vida digna, al trabajo digno, al mínimo vital y a la seguridad social.

Además, Colfondos S.A., administradora del fondo de pensiones del accionante, fue señalada por la Corte como responsable de demoras en la actualización de la historia laboral y en el cobro del bono pensional, acciones esenciales para el reconocimiento de la pensión de vejez del señor Cervantes.

Hallazgos de la Corte

La sentencia destaca que:

  1. La desvinculación laboral por retiro forzoso no puede aplicarse de manera automática cuando afecta derechos fundamentales, especialmente en casos de prepensionados o personas con dificultades para obtener su pensión.
  2. Las entidades empleadoras deben verificar si la desvinculación puede generar situaciones de precariedad económica o social en los trabajadores.
  3. Las administradoras de pensiones tienen la obligación de actuar diligentemente para corregir historias laborales y tramitar bonos pensionales.

Órdenes de la Corte

  1. A la Secretaría de Educación del Atlántico: Reconocer y pagar al señor Cervantes los salarios y prestaciones dejados de percibir desde su desvinculación hasta el reconocimiento efectivo de su pensión.
  2. A Colfondos S.A.: Reconocer y pagar provisionalmente, dentro de 48 horas, la garantía de pensión mínima de vejez, además de actualizar la historia laboral y tramitar el bono pensional en un plazo máximo de 30 días.
  3. Se ordena la compensación económica en lugar del reintegro al cargo, en consideración a la avanzada edad del accionante y el nombramiento de un nuevo titular mediante concurso de méritos.

La Corte reiteró que las entidades públicas y privadas deben adoptar un enfoque de respeto por los derechos fundamentales en la toma de decisiones administrativas y laborales, especialmente en el contexto de personas mayores y en situación de vulnerabilidad económica.

Fuente: Sentencia T-521 de 2024 (M.P. Vladimir Fernández Andrade)

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La JEP establece mesa de articulación en Casanare para avanzar en proyectos restaurativos del Caso 03

La Sala de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha definido nuevas medidas para la implementación de proyectos restaurativos en Casanare, en el marco del Caso 03, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate en la región entre 2005 y 2008.

La decisión incluye la creación de una mesa de articulación que reunirá a entidades locales, representantes de las víctimas y la JEP. Su propósito es avanzar en la construcción de propuestas dialogadas que permitan a las víctimas y a los comparecientes acordar acciones concretas de reparación.

La mesa de articulación

La mesa estará conformada por delegados de la Gobernación de Casanare, la Alcaldía de Yopal, víctimas acreditadas en el Subcaso Casanare del Caso 03 y sus representantes judiciales, la Mesa Departamental de Víctimas de Casanare, y la Subdirección del Sistema de Justicia Restaurativa de la JEP. La Sala de Reconocimiento ordenó que su primera reunión se realice antes del 24 de enero de 2025.

En este espacio, se discutirán propuestas presentadas tanto por víctimas como por comparecientes, con el objetivo de formular proyectos restaurativos que integren las observaciones y recomendaciones de los participantes. Se espera que para el 25 de abril de 2025 se presenten iniciativas acordadas que contribuyan a la reparación.

Propuestas principales

Entre las iniciativas más destacadas que serán consideradas se encuentran:

  • Parque Memoria y Paz: Una propuesta liderada por el Fondo de Defensa Técnica y Especializada (FONDETEC) y apoyada por la Alcaldía de Yopal, cuyo objetivo es honrar la memoria de 303 víctimas documentadas en el Subcaso Casanare.
  • Ecosistema TOAR: Proyecto desarrollado por la Asociación de Víctimas de Casanare para la Paz (Casa Paz), que incluye iniciativas en desarrollo económico, salud mental y educación.
  • Búsqueda de desaparecidos: Iniciativa para apoyar las labores de identificación y localización de víctimas desaparecidas, en coordinación con la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD).

Contexto y objetivos

Estas acciones se enmarcan en los compromisos asumidos durante la visita realizada por el presidente de la JEP, Alejandro Ramelli, y los magistrados Óscar Parra, Sandra Castro y Carlos Alberto Suárez a Yopal en noviembre de 2024. Además, responden al memorando de entendimiento firmado en octubre del mismo año entre la JEP, la Gobernación de Casanare y la Alcaldía de Yopal.

La JEP también busca garantizar que estas propuestas se desarrollen conforme a las siete líneas de acción de su Sistema Restaurativo, que incluyen enfoques en memoria histórica, infraestructura, medio ambiente, educación, y búsqueda de personas desaparecidas.

El proceso contará con el seguimiento de la Sala de Reconocimiento y el acompañamiento técnico de las oficinas asesoras de la JEP, en un esfuerzo por materializar proyectos restaurativos que respondan a las necesidades de las víctimas y contribuyan a la reconciliación en la región.

Fuente: jep.gov.co

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Proyecto de ley busca reformar la financiación de las universidades públicas en Colombia

En septiembre de 2024, el Ministerio de Educación, liderado por Daniel Rojas, radicó ante el Congreso el proyecto de ley No. 212 de 2024, que busca reformar la financiación de las instituciones de educación superior públicas en el país. La iniciativa, titulada “Acuerdo Nacional por el Rescate Financiero de la Educación Superior Pública”, pretende abordar la crisis económica que afecta a estas instituciones y garantizar un modelo sostenible en el tiempo.

El proyecto fue discutido parcialmente el pasado 16 de diciembre en el Senado, durante el último día de las sesiones ordinarias. La ponencia en primer debate, presentada por el senador Pedro Hernando Flórez, del Pacto Histórico, no logró completarse debido al avance de otros proyectos en riesgo de ser archivados.

Modificaciones propuestas

La iniciativa plantea cambios a los artículos 86 y 87 de la Ley 30 de 1992, que regulan los aportes económicos a las universidades públicas:

  • Artículo 86: Se propone que los recursos destinados a las universidades estatales se ajusten anualmente según el Índice de Costos de la Educación Superior (ICES), un indicador diseñado para reflejar con mayor precisión las necesidades del sector, en lugar de utilizar el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
  • Artículo 87: Busca que los aportes del Gobierno Nacional aumenten en al menos el 70% del incremento real del Producto Interno Bruto (PIB), en lugar del 30% actual. Estos incrementos no formarían parte de la base presupuestal de las universidades públicas.

El proyecto también incluye la creación del artículo 86A, que establece la asignación de un 0,05% del PIB al financiamiento de Instituciones Técnicas, Tecnológicas y Universitarias (ITTUs), incluidas las de carácter territorial, históricamente excluidas de los mecanismos de financiación previstos en la ley actual.

Objetivos del proyecto

La propuesta busca garantizar la sostenibilidad financiera de las universidades públicas, mejorar su calidad y cobertura, y reducir desigualdades regionales y sociales en el acceso a la educación superior. Según el texto, estas reformas permitirían atender necesidades estructurales del sistema educativo, como la regionalización, el bienestar estudiantil, y la dignificación de la labor docente.

Próximos pasos

El proyecto será debatido nuevamente en la Comisión Sexta del Senado durante 2025, en un contexto de alta expectativa por parte del sector educativo. Representantes del movimiento estudiantil, rectores de universidades y expertos han expresado interés en que se avance en esta discusión, dados los retos financieros que enfrentan las instituciones de educación superior públicas en Colombia.

Fuente: senado.gov.co

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La Comisión Legal de la Mujer presenta balance positivo de su gestión en Colombia

La Comisión Legal de la Mujer, bajo la presidencia de Lorena Ríos, ha presentado un informe destacado sobre su gestión reciente, resaltando avances significativos en materia legislativa, fortalecimiento regional y actividades conmemorativas en favor de los derechos de las mujeres colombianas.

Expansión territorial para una mayor representación femenina

Uno de los logros más sobresalientes fue la expansión territorial de la Comisión, que permitió la creación de más de 850 comisiones locales a nivel nacional. Estas estructuras han fortalecido la representación de las mujeres y garantizado la protección de sus derechos en las comunidades, llevando el trabajo legislativo y social a los territorios más alejados.

Progresos legislativos en pro de la equidad

En el ámbito normativo, la Comisión impulsó la prohibición del matrimonio infantil, un hito que refuerza la protección de los derechos de niñas y adolescentes. Además, lideró la reforma de la Ley de Mujer Rural, sin actualizarse en más de dos décadas, que actualmente avanza en el Senado. También se promovió la actualización de la Ley 1257, orientada a garantizar una vida libre de violencia para las mujeres, y se armonizaron 183 propuestas legislativas sobre temas de género, mejorando la coherencia y efectividad de estas iniciativas.

Fomento del emprendimiento femenino

En ciudades como Cúcuta, Barrancabermeja y Bogotá, la Comisión conectó la oferta nacional de servicios con lideresas locales, promoviendo políticas públicas que impulsan proyectos de emprendimiento femenino. Estas acciones buscan empoderar a las mujeres en sus comunidades y fortalecer su rol en el desarrollo económico del país.

Conmemoraciones y activismo por los derechos de las mujeres

En el ámbito conmemorativo, se celebraron los 70 años del voto femenino en Colombia, resaltando el papel clave de las mujeres en la consolidación de la democracia. También se lideraron actividades por el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, con 16 días de activismo destinados a visibilizar los derechos femeninos y a promover acciones concretas para combatir la violencia de género.

Compromiso con una agenda inclusiva

El balance presentado refleja el compromiso de la Comisión Legal de la Mujer con la construcción de una agenda inclusiva y efectiva, enfocada en diseñar políticas públicas que respondan a las necesidades actuales y fortalezcan el bienestar de las mujeres en todo el territorio colombiano. Estos avances demuestran un enfoque integral hacia la equidad de género y el fortalecimiento de los derechos de las mujeres.

Fuente: senado.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: La JEP rechaza solicitud de sometimiento de Edilberto Castro Rincón, exgobernador del Meta

La JEP rechaza solicitud de sometimiento de Edilberto Castro Rincón, exgobernador del Meta

En una decisión que reafirma su compromiso con las víctimas y la verdad, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento de Edilberto Castro Rincón, exgobernador del departamento del Meta entre 2004 y 2007. El exmandatario había sido condenado en la justicia ordinaria por homicidio agravado, celebración de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación y concierto para delinquir.

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia estableció que, durante su administración, Castro Rincón se alío con alias «Don Mario» y alias «Miguel Arroyave», comandantes del Bloque Centauros de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). Esta alianza permitió al grupo paramilitar consolidar su control político en el Meta a través de contratos ilegales con la gobernación y les otorgó participación en procesos de desmovilización que derivaron en escaños en el Congreso. Además, este pacto resultó en graves crímenes, incluidos los asesinatos del exgobernador Carlos Javier Sabogal Mojica, el líder político Euser Rondón Vargas y la diputada Nubia Sánchez Romero.

En 2022, la Sección de Apelación de la JEP revocó una decisión previa de la Sala de Definición que rechazaba la solicitud de Castro Rincón, bajo el argumento de que sus conductas podían tener una conexión indirecta con el conflicto armado. Se ordenó entonces que presentara un Compromiso Claro, Concreto y Programado (CCCP) que incluyera aportes a la verdad, planes de restauración y garantías de no repetición. Sin embargo, pese a recibir múltiples oportunidades para ajustar su CCCP, la Sala determinó que el exgobernador incumplió las condiciones establecidas.

Mediante la Resolución 002 del 2 de enero de 2025, la Sala concluyó que Castro Rincón no proporcionó información detallada ni contribuyó significativamente al esclarecimiento de la verdad sobre las relaciones entre las AUC y agentes estatales no pertenecientes a la fuerza pública. Además, consideró que su conducta reflejaba una falta de transparencia y compromiso con la justicia transicional, así como un desinterés en satisfacer las necesidades de las víctimas y la sociedad.

El caso de Castro Rincón fue remitido al Juzgado 20 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá para que continúe vigilando el cumplimiento de la condena impuesta en 2007 por la Corte Suprema de Justicia, que lo sentenció a 40 años de prisión y una multa equivalente a 2.270 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La decisión también fue comunicada a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema.

Fuente: jep.gov.co

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