Corte Constitucional ordena aclarar y coordinar políticas de seguridad para excombatientes de las FARC-EP

En un avance significativo para la implementación del Acuerdo de Paz, la Corte Constitucional ha emitido el Auto 826 de 2024, ordenando a las entidades públicas responsables de superar el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en la seguridad de los excombatientes de las FARC-EP, ajustar y coordinar sus decisiones y acciones de acuerdo con los subcomponentes y ejes transversales de la política pública de seguridad.

Contexto del ECI y la Sentencia SU-020 de 2022

La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia SU-020 de 2022, que había declarado el ECI en el componente de garantías de seguridad para los firmantes del Acuerdo de Paz, identificó la falta de claridad y coordinación entre las distintas entidades nacionales y territoriales. Este desconocimiento ha impedido la implementación coherente de políticas de seguridad, vitales para la protección de esta población.

Subcomponentes y Ejes Transversales

Para superar este obstáculo, la Corte detalló los subcomponentes de la política pública de seguridad, que incluyen:

  1. Protección
  2. Prevención y Reacción
  3. Reincorporación Integral
  4. Política Criminal
  5. Seguimiento

Además, definió tres ejes transversales:

  1. Ajustes de Diseño Institucional
  2. Priorización
  3. Enfoques Diferenciales

Órdenes Específicas y Entidades Responsables

Las entidades públicas deberán orientar sus acciones y decisiones basándose en estos subcomponentes y ejes transversales. Las principales entidades responsables incluyen:

  • Oficina del Consejero Comisionado de Paz y su Unidad de Implementación del Acuerdo de Paz
  • Ministerios de Defensa, Interior, Justicia, Vivienda, Hacienda, Trabajo, Salud, Ambiente, Cultura, Agricultura, Educación y Tecnologías de la Información
  • Comando General de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional
  • Departamento Nacional de Planeación y el Departamento Administrativo de la Función Pública
  • Congreso de la República, Consejo Nacional Electoral y Fiscalía General de la Nación
  • Varias agencias nacionales como la de Renovación de Territorio, Tierras, Desarrollo Rural, Reincorporación y Normalización
  • Procuraduría General y Defensoría del Pueblo

Implementación y Seguimiento

La Sala también dirigió órdenes a las instancias creadas en el Acuerdo Final de Paz, como la Mesa Técnica de Seguridad y Protección, la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad y otras, para asegurar la implementación efectiva de los instrumentos de seguridad diseñados en el Acuerdo de Paz.

Rol de la Procuraduría y la Defensoría

La Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo Final de Paz y la Defensoría del Pueblo deberán adaptar y orientar su trabajo de seguimiento según estos lineamientos, asegurando la coherencia con el Plan Marco de Implementación del Acuerdo Final de Paz.

Enfoque Territorial

Finalmente, la Corte incluyó a las alcaldías y personarías de municipios con un alto número de firmantes del Acuerdo, quienes deberán adecuar sus planes y acciones de acuerdo con las directrices establecidas.

Con esta decisión, la Corte Constitucional busca fortalecer la protección y seguridad de los excombatientes de las FARC-EP, promoviendo una implementación integral y coherente de las políticas acordadas en el proceso de paz.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Senado aprueba proyecto de ley sobre responsabilidad civil por contaminación de hidrocarburos en aguas colombianas

Senado aprueba proyecto de ley sobre responsabilidad civil por contaminación de hidrocarburos en aguas colombianas

La plenaria del Senado aprobó el Proyecto de Ley «Por medio del cual se aprueba el convenio internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debido a contaminación por los hidrocarburos para el combustible de los buques 2001». Esta norma busca imponer sanciones a los buques que contaminen las aguas colombianas, garantizando indemnizaciones para las víctimas de derrames de hidrocarburos.

El senador Nicolás Echeverri, del Partido Conservador y ponente de la iniciativa, destacó la importancia de esta aprobación. «Este proyecto garantiza que las personas afectadas por derrames de hidrocarburos durante la carga de los buques puedan acceder a indemnizaciones y que estas sean tramitadas correctamente», señaló Echeverri. Además, subrayó la necesidad de un control adecuado de las embarcaciones por parte de las autoridades competentes para asegurar la responsabilidad civil.

El proyecto, que consta de 19 artículos, no tiene proposiciones y se trata de un tratado internacional de 2001 ajustado por la Dirección General Marítima (Dimar). Fue aprobado con 76 votos positivos en la plenaria, incluyendo el apoyo del congresista Manuel Virgüez Piraquive del Partido Mira. Virgüez enfatizó la necesidad de clarificar la jurisdicción para la presentación de denuncias por daños ambientales y fortalecer la legislación marítima en Colombia.

Con 75 votos a favor, el Proyecto de Ley continuará su curso en el Congreso de la República, marcando un paso significativo hacia la protección del medio ambiente marino en Colombia.

Fuente: senado.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Colombia ratifica el Tratado de Medellín para la cooperación jurídica internacional

Colombia ratifica el Tratado de Medellín para la cooperación jurídica internacional

En un importante avance para la justicia digital, Colombia ha ratificado el Tratado relativo a la transmisión electrónica de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre autoridades centrales, conocido como el «Tratado de Medellín». Este tratado, promovido por la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos (COMJIB), ha sido adoptado por varios países de la Comunidad Iberoamericana.

El Ministro de Justicia, Néstor Osuna, quien también coordina la COMJIB a nivel nacional, celebró la ratificación del tratado, destacando su relevancia en el contexto actual donde la digitalización de la justicia es una prioridad del Gobierno. «Esta es sin duda una gran noticia para Colombia, en tiempos en los que la virtualidad se impuso y en los que la digitalización de la justicia se ha convertido en una de las banderas del Gobierno nacional», afirmó Osuna.

El tratado se basa en la plataforma electrónica Iber@, operativa desde 2020, que facilita la transmisión segura y confidencial de solicitudes de cooperación jurídica entre los países miembros de la COMJIB. Iber@ asegura la validez legal de los documentos transmitidos electrónicamente y elimina la necesidad de envíos físicos, agilizando los trámites y mejorando la eficiencia de los procedimientos judiciales.

La ratificación del Tratado de Medellín permitirá a Colombia acelerar la cooperación jurídica internacional, haciendo más eficaces los procesos y garantizando una justicia más rápida y accesible. Con esta adhesión, Colombia se convierte en el duodécimo país en ratificar el tratado, uniéndose a Andorra, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Cuba, Ecuador, España, Portugal, Paraguay y Uruguay. Los restantes países de COMJIB están en proceso de ratificación.

El tratado entró en vigor para Colombia este 15 de mayo, y representa un importante avance en la optimización de recursos económicos, humanos y ambientales en el ámbito judicial.

Fuente: minjusticia.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Proyecto «Siembras de Vida» inicia erradicación manual del retamo espinoso en el Sumapaz

Proyecto «Siembras de Vida» inicia erradicación manual del retamo espinoso en el Sumapaz

En un esfuerzo por restaurar los ecosistemas afectados por especies invasoras, el proyecto restaurativo «Siembras de Vida» de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha comenzado la erradicación manual del retamo espinoso en la región del Sumapaz. A pocos metros del embalse de Chisacá, en la localidad de Usme, cuarenta comparecientes de la JEP iniciaron su labor, enfrentando terrenos difíciles y resbaladizos para eliminar esta planta que ha invadido los Andes colombianos.

El retamo espinoso, introducido hace aproximadamente cincuenta años desde Europa para crear cercas naturales, ha proliferado rápidamente, desplazando a las especies nativas y alterando el ecosistema andino. Este proyecto de la JEP busca intervenir quince hectáreas en los próximos meses, comenzando con la delimitación de áreas de hasta 300 metros cuadrados donde los comparecientes trabajan en subgrupos para abarcar el mayor terreno posible.

Armados con machetes, picas, palas y azadones, los participantes abordan manualmente la erradicación del retamo, utilizando equipos de seguridad industrial como botas, sombreros, overoles y guantes de carnaza para protegerse de las espinas y la difícil topografía. La primera fase del proyecto implica limpiar el terreno y establecer una estrategia para la eliminación completa del retamo.

El trabajo se realiza bajo la supervisión de la Oficina Asesora de Monitoreo Integral de la Secretaría Ejecutiva de la JEP y con el apoyo de Naciones Unidas, que se encargan de recolectar datos y monitorear el progreso. El material vegetal retirado se agrupa en bolsas plásticas negras y será transportado para su procesamiento por la autoridad ambiental competente.

Este esfuerzo de erradicación manual no solo busca restaurar el equilibrio ecológico, sino también contribuir a la reconciliación y la construcción de paz en Colombia, involucrando a comparecientes en actividades productivas y sostenibles que beneficien a las comunidades locales y al medio ambiente.

Fuente: jep.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Consejo de Estado declara nulidad del reconocimiento de personería jurídica al movimiento político En Marcha

Consejo de Estado declara nulidad del reconocimiento de personería jurídica al movimiento político En Marcha

En una decisión de única instancia del 9 de mayo del 2024, la Sección Quinta del Consejo de Estado ha declarado la nulidad de las resoluciones 5527 del 15 de diciembre de 2022 y 1929 del 8 de marzo de 2023, emitidas por el Consejo Nacional Electoral, las cuales otorgaban la personería jurídica al partido político En Marcha y ordenaban su inscripción en el Registro Único de Partidos y Movimientos Políticos.

La determinación se basa en que dichos actos incurrieron en causales de nulidad por infracción de norma superior, específicamente del artículo 108 y el inciso 5º del artículo 262 de la Constitución Política de 1991, además de falsa motivación.

En lo que respecta a la infracción de norma superior, se señala que el acto demandado desconoció las exigencias del inciso 5º del artículo 262 constitucional, al basarse en la firma del acuerdo «Alianza Verde Centro Esperanza» por parte del representante legal de En Marcha. Se destaca que, según esta norma, para participar en coaliciones con el propósito de presentar candidatos a corporaciones públicas se requiere contar con personería jurídica, requisito que la mencionada organización política no cumplía.

Por consiguiente, se determinó que el Consejo Nacional Electoral no cumplió con el parámetro objetivo establecido en el artículo 108 Constitucional, ya que, al carecer de personería jurídica, En Marcha no podía postular candidatos al Senado de la República, lo que impedía verificar el cumplimiento del requisito de apoyo ciudadano igual o superior al 3% de los votos válidamente depositados en dicha elección.

Además, se evidenció que el Consejo Nacional Electoral incurrió en falsa motivación al afirmar que ciertos senadores eran militantes de En Marcha al momento de postularse en las elecciones al Congreso de la República del año 2022. Sin embargo, se demostró que estos ciudadanos estaban afiliados y contaban con el aval del partido Alianza Social Independiente en ese momento.

Fuente: consejodeestado.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional ordena medidas urgentes para agilizar restitución de tierras a víctimas del conflicto armado

Corte Constitucional ordena medidas urgentes para agilizar restitución de tierras a víctimas del conflicto armado

La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional ha emitido la sentencia T-120 de 2024, en la cual ampara los derechos al debido proceso y al acceso efectivo a la administración de justicia de un ciudadano víctima del conflicto armado en Colombia. Este fallo responde al caso de un individuo cuya sentencia de restitución de tierras a favor, dictada en 2018, aún no se ha materializado.

El accionante ha expresado que su núcleo familiar ha sufrido significativamente mientras espera que se cumplan las órdenes impartidas en el fallo judicial. Trágicamente, su esposa, también beneficiaria del proceso de restitución, falleció sin haber recibido la reparación del Estado.

La Corte Constitucional ha recordado que la restitución de tierras es un compromiso fundamental del Estado con las millones de víctimas en el país, requiriendo esfuerzos institucionales y presupuestales que aún no se han concretado completamente, lo que se enmarca en un estado de cosas inconstitucional.

Enfatizando la congestión significativa en la jurisdicción especializada en restitución de tierras, la Corte ha destacado que esto impacta inevitablemente en la etapa posfallo, prolongando el cumplimiento de las órdenes judiciales de compensación hasta por más de tres años.

Para la Sala, el incumplimiento de las órdenes judiciales representa una afrenta al Estado de derecho y a las expectativas de justicia de las víctimas del conflicto armado. Los obstáculos afectan severamente los derechos fundamentales de los beneficiarios de la restitución de tierras, quienes son la razón de ser de la Ley 1448 de 2011.

En respuesta a este caso, la Sala Tercera ha ordenado al Tribunal Superior de Cartagena que realice un seguimiento efectivo e integral al cumplimiento de las órdenes judiciales, con un plazo máximo de seis meses para completar la orden de compensación, ya sea en dinero o en un predio equivalente.

Además, se ha dispuesto que la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) y la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas (Unidad de Restitución de Tierras) elaboren conjuntamente un manual o protocolo de acción para consolidar espacios interinstitucionales de trabajo con otras entidades involucradas en la política de restitución de tierras y en el cumplimiento de las sentencias correspondientes.

Finalmente, la Corte ha reiterado al Consejo Superior de la Judicatura la necesidad de tomar medidas correctivas ante los altos niveles de congestión que enfrentan los distintos juzgados y tribunales especializados en restitución de tierras. Esta decisión busca garantizar una pronta y efectiva restitución de derechos a las víctimas del conflicto armado en Colombia.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

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