May 22, 2024 | Actualidad Prime
La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-150 de 2024, ha instado al Ministerio de Salud y Protección Social a desarrollar y aplicar una política pública que permita a los familiares de pacientes asumir el rol de cuidadores sin sacrificar tiempo y recursos esenciales para mantener una vida digna.
La Sala Sexta de Revisión analizó cuatro casos de tutela en los que se alegaba la vulneración de los derechos a la salud, la integridad física y la vida digna debido a la falta de servicios e insumos médicos, especialmente el servicio de cuidador. Los jueces de instancia habían denegado los amparos, argumentando que estos servicios no fueron ordenados por los médicos tratantes y que los solicitantes no cumplían los requisitos para acceder a ellos.
Sin embargo, la Corte Constitucional, aunque reconoció la carencia actual del objeto en dos de los casos, decidió pronunciarse de fondo y adoptó medidas para proteger los derechos de las personas vulnerables. Reiteró que las EPS deben garantizar la capacitación adecuada a las familias para que puedan asumir el cuidado de los pacientes durante el tiempo en que dicho servicio no sea proporcionado por las entidades prestadoras de salud.
La Corte destacó que la falta de conocimiento y aplicación de los criterios jurisprudenciales sobre el servicio de cuidador por parte de los profesionales de la salud, las EPS, y los jueces de tutela, ha llevado a situaciones en las que el Estado no asume su responsabilidad de proporcionar este servicio cuando los familiares no pueden hacerlo.
Enfatizó que la obligación de garantizar el cuidado primario recae en el Estado y no en las entidades prestadoras de servicios de salud. Por tanto, exhortó al Ministerio de Salud a crear políticas que permitan valorar objetivamente si los familiares pueden asumir los cuidados primarios de los pacientes.
La Corte subrayó la importancia de que las personas vulnerables, especialmente las mujeres cabeza de familia, puedan cuidar a los pacientes sin sacrificar sus oportunidades y recursos económicos. En este sentido, sugirió que los familiares podrían ser contratados y remunerados por las entidades de salud para prestar este servicio, siempre y cuando reciban el entrenamiento adecuado.
Con esta sentencia, la Corte busca asegurar que los derechos de los pacientes y sus familias sean respetados y protegidos, promoviendo una política que equilibre la carga del cuidado entre el Estado y los familiares, garantizando así una vida en condiciones dignas para todos los involucrados.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Consejo de Estado declara falta de jurisdicción en proceso de pérdida del cargo del Presidente y Vicepresidenta de Colombia
May 21, 2024 | Actualidad Prime
La Sección Quinta del Consejo de Estado, en Sala Unitaria, ha declarado su falta de jurisdicción para tramitar el proceso de pérdida del cargo del Presidente y la Vicepresidenta de la República de Colombia, Gustavo Petro Urrego y Francia Márquez, respectivamente. La decisión, emitida mediante auto el 20 de mayo de 2024, ordena remitir el expediente a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes para su competencia.
La solicitud de pérdida del cargo se fundamenta en una presunta violación de los topes de financiación de la campaña presidencial del año 2022. Sin embargo, el magistrado sustanciador de la Sección Quinta argumentó que, de acuerdo con los artículos 109 de la Constitución Política y 21 de la Ley 996 de 2005, es el Congreso quien tiene la competencia para decretar la pérdida del cargo del presidente de la República.
En cuanto a la Vicepresidenta, el magistrado destacó que, aunque no existe una norma específica referente a esta figura, al tratarse de la misma campaña, cualquier irregularidad en los topes de financiación afectaría ambos cargos. Por ello, la competencia para adelantar esta clase de asuntos también recae en la misma corporación.
El magistrado concluyó aclarando que el Consejo Nacional Electoral únicamente tiene competencia para investigar y sancionar administrativamente las campañas electorales, sin poder decretar la pérdida del cargo de estos altos funcionarios, competencia que, como se mencionó, es exclusiva del Congreso de la República.
Esta decisión subraya la importancia de las competencias específicas establecidas en la Constitución y las leyes para cada institución, reforzando el marco jurídico que regula los procesos políticos y electorales en Colombia.
Fuente: consejodeestado.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional ordena aclarar y coordinar políticas de seguridad para excombatientes de las FARC-EP
May 20, 2024 | Actualidad Prime
En un avance significativo para la implementación del Acuerdo de Paz, la Corte Constitucional ha emitido el Auto 826 de 2024, ordenando a las entidades públicas responsables de superar el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en la seguridad de los excombatientes de las FARC-EP, ajustar y coordinar sus decisiones y acciones de acuerdo con los subcomponentes y ejes transversales de la política pública de seguridad.
Contexto del ECI y la Sentencia SU-020 de 2022
La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia SU-020 de 2022, que había declarado el ECI en el componente de garantías de seguridad para los firmantes del Acuerdo de Paz, identificó la falta de claridad y coordinación entre las distintas entidades nacionales y territoriales. Este desconocimiento ha impedido la implementación coherente de políticas de seguridad, vitales para la protección de esta población.
Subcomponentes y Ejes Transversales
Para superar este obstáculo, la Corte detalló los subcomponentes de la política pública de seguridad, que incluyen:
- Protección
- Prevención y Reacción
- Reincorporación Integral
- Política Criminal
- Seguimiento
Además, definió tres ejes transversales:
- Ajustes de Diseño Institucional
- Priorización
- Enfoques Diferenciales
Órdenes Específicas y Entidades Responsables
Las entidades públicas deberán orientar sus acciones y decisiones basándose en estos subcomponentes y ejes transversales. Las principales entidades responsables incluyen:
- Oficina del Consejero Comisionado de Paz y su Unidad de Implementación del Acuerdo de Paz
- Ministerios de Defensa, Interior, Justicia, Vivienda, Hacienda, Trabajo, Salud, Ambiente, Cultura, Agricultura, Educación y Tecnologías de la Información
- Comando General de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional
- Departamento Nacional de Planeación y el Departamento Administrativo de la Función Pública
- Congreso de la República, Consejo Nacional Electoral y Fiscalía General de la Nación
- Varias agencias nacionales como la de Renovación de Territorio, Tierras, Desarrollo Rural, Reincorporación y Normalización
- Procuraduría General y Defensoría del Pueblo
Implementación y Seguimiento
La Sala también dirigió órdenes a las instancias creadas en el Acuerdo Final de Paz, como la Mesa Técnica de Seguridad y Protección, la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad y otras, para asegurar la implementación efectiva de los instrumentos de seguridad diseñados en el Acuerdo de Paz.
Rol de la Procuraduría y la Defensoría
La Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo Final de Paz y la Defensoría del Pueblo deberán adaptar y orientar su trabajo de seguimiento según estos lineamientos, asegurando la coherencia con el Plan Marco de Implementación del Acuerdo Final de Paz.
Enfoque Territorial
Finalmente, la Corte incluyó a las alcaldías y personarías de municipios con un alto número de firmantes del Acuerdo, quienes deberán adecuar sus planes y acciones de acuerdo con las directrices establecidas.
Con esta decisión, la Corte Constitucional busca fortalecer la protección y seguridad de los excombatientes de las FARC-EP, promoviendo una implementación integral y coherente de las políticas acordadas en el proceso de paz.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Senado aprueba proyecto de ley sobre responsabilidad civil por contaminación de hidrocarburos en aguas colombianas
May 17, 2024 | Actualidad Prime
La plenaria del Senado aprobó el Proyecto de Ley «Por medio del cual se aprueba el convenio internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debido a contaminación por los hidrocarburos para el combustible de los buques 2001». Esta norma busca imponer sanciones a los buques que contaminen las aguas colombianas, garantizando indemnizaciones para las víctimas de derrames de hidrocarburos.
El senador Nicolás Echeverri, del Partido Conservador y ponente de la iniciativa, destacó la importancia de esta aprobación. «Este proyecto garantiza que las personas afectadas por derrames de hidrocarburos durante la carga de los buques puedan acceder a indemnizaciones y que estas sean tramitadas correctamente», señaló Echeverri. Además, subrayó la necesidad de un control adecuado de las embarcaciones por parte de las autoridades competentes para asegurar la responsabilidad civil.
El proyecto, que consta de 19 artículos, no tiene proposiciones y se trata de un tratado internacional de 2001 ajustado por la Dirección General Marítima (Dimar). Fue aprobado con 76 votos positivos en la plenaria, incluyendo el apoyo del congresista Manuel Virgüez Piraquive del Partido Mira. Virgüez enfatizó la necesidad de clarificar la jurisdicción para la presentación de denuncias por daños ambientales y fortalecer la legislación marítima en Colombia.
Con 75 votos a favor, el Proyecto de Ley continuará su curso en el Congreso de la República, marcando un paso significativo hacia la protección del medio ambiente marino en Colombia.
Fuente: senado.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Colombia ratifica el Tratado de Medellín para la cooperación jurídica internacional
May 16, 2024 | Actualidad Prime
En un importante avance para la justicia digital, Colombia ha ratificado el Tratado relativo a la transmisión electrónica de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre autoridades centrales, conocido como el «Tratado de Medellín». Este tratado, promovido por la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos (COMJIB), ha sido adoptado por varios países de la Comunidad Iberoamericana.
El Ministro de Justicia, Néstor Osuna, quien también coordina la COMJIB a nivel nacional, celebró la ratificación del tratado, destacando su relevancia en el contexto actual donde la digitalización de la justicia es una prioridad del Gobierno. «Esta es sin duda una gran noticia para Colombia, en tiempos en los que la virtualidad se impuso y en los que la digitalización de la justicia se ha convertido en una de las banderas del Gobierno nacional», afirmó Osuna.
El tratado se basa en la plataforma electrónica Iber@, operativa desde 2020, que facilita la transmisión segura y confidencial de solicitudes de cooperación jurídica entre los países miembros de la COMJIB. Iber@ asegura la validez legal de los documentos transmitidos electrónicamente y elimina la necesidad de envíos físicos, agilizando los trámites y mejorando la eficiencia de los procedimientos judiciales.
La ratificación del Tratado de Medellín permitirá a Colombia acelerar la cooperación jurídica internacional, haciendo más eficaces los procesos y garantizando una justicia más rápida y accesible. Con esta adhesión, Colombia se convierte en el duodécimo país en ratificar el tratado, uniéndose a Andorra, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Cuba, Ecuador, España, Portugal, Paraguay y Uruguay. Los restantes países de COMJIB están en proceso de ratificación.
El tratado entró en vigor para Colombia este 15 de mayo, y representa un importante avance en la optimización de recursos económicos, humanos y ambientales en el ámbito judicial.
Fuente: minjusticia.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Proyecto «Siembras de Vida» inicia erradicación manual del retamo espinoso en el Sumapaz