Comisión Séptima del Senado impulsa proyectos clave para dignificar el trabajo en zonas protegidas y fortalecer la gestión social

La Comisión Séptima del Senado de la República aprobó en primer debate tres proyectos de ley que refuerzan el reconocimiento del trabajo en zonas protegidas, formalizan la labor social a nivel nacional y avanzan en la garantía del derecho a la alimentación.

Carrera administrativa para guardaparques

Durante la sesión, los senadores aprobaron por unanimidad el Proyecto de Ley No. 262 de 2024, que establece un sistema específico de carrera administrativa para el cuerpo de guardaparques de Parques Nacionales Naturales. La iniciativa reconoce el esfuerzo y las difíciles condiciones que enfrentan quienes protegen los ecosistemas y zonas protegidas del país.

La senadora Nadia Blel Scaff, ponente del proyecto, destacó el sacrificio de los guardaparques y su compromiso con el país. La representante Julia Miranda, promotora de la propuesta, afirmó que este cambio marcará un antes y un después en la vida de quienes desempeñan esta labor. El proyecto incluye primas especiales, la creación de una Escuela de Guardaparques y condiciones particulares para pensiones y permanencia en zonas protegidas.

Marco legal para los gestores sociales

La Comisión también aprobó el Proyecto de Ley No. 197 de 2024, que busca reconocer legalmente la figura de los gestores sociales, comúnmente asociada a primeras damas y otros actores comunitarios. La normativa no contempla remuneraciones ni convierte estos roles en cargos oficiales, pero sí establece un respaldo normativo para sus funciones representativas y sociales.

Los legisladores acordaron revisar el lenguaje utilizado en el articulado, especialmente el término “función”, que podría generar confusión jurídica. La senadora Marta Peralta y el senador Wilson Arias propusieron consultas adicionales para asegurar precisión legal. El proyecto incorpora principios éticos, viáticos regulados y programas de formación para quienes asuman estas responsabilidades.

Derecho a la alimentación, en el centro del debate

La Comisión también discutió el Proyecto de Ley No. 263 de 2024, que crea el Sistema Nacional para la Garantía Progresiva del Derecho Humano a la Alimentación. La propuesta responde a compromisos del Plan Nacional de Desarrollo y del Acuerdo Final de Paz, y propone una articulación efectiva entre el Estado y las comunidades para erradicar el hambre.

La senadora Marta Peralta, ponente del proyecto, subrayó la importancia de garantizar este derecho fundamental en todo el país. La senadora Lorena Ríos insistió en la necesidad de crear instancias ágiles y efectivas que permitan avanzar en esta tarea. Tras revisar el articulado, la Comisión aprobó todos los artículos excepto el 7, que será debatido en la próxima sesión.

Con estas decisiones, la Comisión Séptima reafirma su compromiso con una legislación centrada en el bienestar social, la justicia territorial y la protección de derechos fundamentales.

Fuente: senado.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Senado avanza en debate sobre protección marina y conmemoraciones regionales

Senado avanza en debate sobre protección marina y conmemoraciones regionales

La Comisión Segunda del Senado aprobó en primer debate el protocolo de 1996, relacionado con el convenio de 1972 sobre la prevención de la contaminación marina por vertimientos. El acuerdo internacional se firmó en Londres el 7 de noviembre de 1996 y recibió enmiendas en 2006.

El senador conservador Nicolás Echeverry Alvarán, ponente de la iniciativa gubernamental, explicó que el país debe tomar medidas urgentes para proteger los océanos. “Tenemos la obligación de cuidar a nuestros mares, el 80% de sus desechos son producidos por los seres humanos. Estamos deteriorando la plataforma marina. Hay que darle las herramientas a DIMAR, para que Colombia pueda poner en marcha este tratado internacional. Será una herramienta para ordenar la mega biodiversidad en el planeta”, afirmó.

Otras iniciativas de la agenda legislativa

Durante la sesión, los legisladores también aprobaron el paso a segundo debate de otros proyectos. Uno de ellos celebra los 260 años de fundación del municipio de Salamina, en Magdalena. La senadora Claudia María Pérez Giraldo presentó la iniciativa, y el senador Antonio José Correa Jiménez la respaldó como ponente.

La Comisión también dio luz verde al proyecto que declara patrimonio religioso, cultural, ecológico y turístico la celebración de Cuasimodo del Santo Eccehomo. Esta tradición se lleva a cabo en el corregimiento Plan de Raspadura, en Unión Panamericana, Chocó, y destaca por su valor cultural y espiritual.

Otro proyecto aprobado conmemora los 70 años de la Universidad Pedagógica Nacional y los 100 años del Instituto Pedagógico Nacional. La senadora Gloria Inés Flórez, del Pacto Histórico, presentó la ponencia y explicó que el propósito del homenaje es reconocer el papel de esta institución en la formación de educadores del país.

Finalmente, la comisión aprobó el proyecto que conmemora los 180 años de fundación del municipio de Ituango, en Antioquia. El senador Nicolás Echeverry Alvarán subrayó la necesidad de apoyar a este territorio. “El sueño más grande de este municipio es tener el Plan Maestro de Alcantarillado. Aunque ha tenido que enfrentar la subversión, la violencia y el abandono estatal, Ituango reclama los recursos que requiere para su desarrollo”, declaró.

Fuente: senado.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional define cuándo los jueces pueden autorizar tratamientos médicos experimentales en pacientes sin conciencia

Corte Constitucional define cuándo los jueces pueden autorizar tratamientos médicos experimentales en pacientes sin conciencia

La Corte Constitucional aclaró a través de la Sentencia T-026 de 2025 los criterios que deben seguir los jueces al autorizar tratamientos médicos experimentales en personas con alteraciones de la conciencia que no pueden expresar su voluntad.

El pronunciamiento surgió tras revisar el caso de Manuel, un paciente inconsciente cuyo tratamiento generó un conflicto entre sus hijos y su compañera permanente. Los hijos respaldaron un procedimiento médico experimental, mientras que la pareja lo rechazó, alegando incertidumbre sobre los beneficios y los riesgos. Al no lograr un acuerdo, los hijos interpusieron una acción de tutela para proteger los derechos de su padre.

En su análisis, la Corte retomó lo establecido en la Sentencia T-057 de 2015, que reconoció el derecho de estos pacientes a que se intenten tratamientos experimentales, siempre que se cumplan ciertas condiciones. Para autorizar una intervención de este tipo, el juez debe considerar:

  • Si el procedimiento representa la única posibilidad de recuperación o evita la muerte del paciente.

  • La naturaleza del tratamiento y el grado de conocimiento científico sobre su efectividad.

  • La existencia de consentimiento sustituto por parte de quienes tienen la autoridad para decidir.

  • La validación del tratamiento por parte del equipo médico tratante, quienes deben considerar que existe una “luz de esperanza” en la mejoría del paciente.

La Corte subrayó que este análisis debe hacerse desde la bioética y el mejor interés del paciente, respetando en lo posible sus deseos conocidos.

En el caso de Manuel, la Corte concluyó que no era posible conceder la tutela. Primero, porque no existía información sobre su voluntad previa. Segundo, porque los apoyos judiciales se mantenían en desacuerdo. Tercero, porque la junta médica tampoco había alcanzado una posición clara sobre la pertinencia del tratamiento.

La Corte remarcó que este caso difiere de los tratados anteriormente y advirtió que los jueces no deben reemplazar las decisiones de los apoyos judiciales ni de los médicos tratantes. Aun así, dejó abierta la posibilidad de revaluar el procedimiento si en el futuro se logra consenso entre los apoyos o si los médicos recomiendan la intervención de forma clara.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema anula condena por preacuerdo en caso de abuso infantil y ordena investigar a fiscales involucrados

La JEP concede libertad condicionada a exagente del DAS tras aceptar su sometimiento

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) aceptó el sometimiento de Giovanny Calderón Salazar, exagente del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), como miembro de facto de la fuerza pública. La resolución, firmada por el magistrado José Miller Hormiga Sánchez, incluye el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada para el compareciente, además del levantamiento de una orden de captura vigente.

Reconocimiento de hechos y responsabilidad

Durante la audiencia de seguimiento al régimen de condicionalidad y aporte de verdad, celebrada en noviembre de 2024, Calderón reconoció su responsabilidad en nueve de los diez crímenes investigados, cometidos entre 2006 y 2008 en Tolima. Estos crímenes, incluidos en el subcaso Tolima, implicaron asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado.

El compareciente brindó información que permitió esclarecer el accionar del Gaula Tolima y la participación de miembros del extinto DAS, el CTI y la Fiscalía en estos delitos. También aportó detalles sobre la manipulación de las escenas del crimen y la legalización posterior de los hechos.

La JEP consideró que el aporte de verdad superó el umbral exigido, lo que permitió aceptar su sometimiento. Además, ordenó que Calderón ampliara su testimonio sobre tres hechos nuevos aún no investigados. Por otro lado, la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) recibió instrucciones para identificar y ubicar a las víctimas indirectas del proceso, incluyendo la realización de una prueba de ADN en un caso específico.

Compromisos y condiciones

La permanencia de los beneficios otorgados dependerá del cumplimiento del régimen de condicionalidad, el cual exige la contribución efectiva a la verdad, la restauración y la no repetición. Calderón deberá continuar colaborando con la JEP y participar en acciones restaurativas para reparar a las víctimas.

Entre los hechos reconocidos destacan asesinatos cometidos en varias zonas del Tolima, como Chaparral, Ambalema, Alvarado e Ibagué. Sin embargo, en un caso específico, Calderón negó su responsabilidad y la JEP consideró que no existían pruebas concluyentes que lo vincularan.

En consecuencia, la Resolución SDSJ No. 4003 de 2024 establece las bases para que Calderón Salazar resuelva su situación jurídica de forma definitiva, siempre y cuando mantenga sus compromisos ante la JEP. Esta decisión representa un paso importante en el proceso transicional de esclarecimiento de la verdad y reparación de las víctimas en el marco de la justicia transicional en Colombia.

Fuente: jep.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: El Ministerio de Salud aumenta la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para 2025 ante inconsistencias en los reportes de las EPS

El Ministerio de Salud aumenta la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para 2025 ante inconsistencias en los reportes de las EPS

El Ministerio de Salud y Protección Social decidió incrementar en un 5.36% el valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para 2025. Este ajuste considera la inflación causada a noviembre de 2024 y responde a la baja calidad y poca confiabilidad de los datos reportados por las EPS, lo que impidió calcular el valor de manera precisa.

El Viceministerio de Protección Social identificó problemas graves en la información reportada por las EPS, como incrementos abruptos en patrones de severidad, gastos médicos elevados sin justificación y pagos de medicamentos por encima del precio regulado. También se detectó un manejo discrecional y errático de las reservas técnicas, entre otras irregularidades.

Cumplimiento normativo

La Ley 1438 de 2011 exige a las EPS reportar datos confiables, oportunos y claros. Sin embargo, de acuerdo a lo señalado por el Ministerio, las fallas persistentes en los informes llevaron a aplicar lo establecido en el Decreto Ley 4107 de 2011, ajustando la UPC según la inflación cuando los datos no permiten un cálculo adecuado.

El Ministerio destacó que incrementar la UPC más allá de la inflación con información defectuosa sería irresponsable, poniendo en riesgo el Presupuesto General de la Nación. Además, reiteró su compromiso con la transparencia, la sostenibilidad financiera del Sistema de Seguridad Social en Salud y el acceso equitativo a los servicios de salud para toda la población.

Conforme lo señalado por el Ministerio, esta decisión busca garantizar la continuidad y eficiencia del sistema, al tiempo que refuerza la vigilancia sobre el manejo de los recursos por parte de las EPS.

Fuente: minsalud.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: