Corte Constitucional ordena garantizar acceso al agua potable en zonas rurales

A través de la sentencia T-161 de 2025, la Corte Constitucional reiteró que el Estado debe garantizar el acceso al agua potable, incluso en zonas rurales o de difícil acceso, y que dicha obligación recae en las entidades territoriales.

El caso fue promovido por Benjamín, un adulto mayor de 82 años con problemas de salud, quien vive desde hace más de ocho años en una zona rural de Cali sin acceso a servicios públicos. Aunque la comunidad había instalado una acometida informal, EMCALI suprimió la conexión por no estar autorizada, dejando al accionante sin acceso al agua.

El alto tribunal enfatizó que la ubicación geográfica o la condición de informalidad de un asentamiento no pueden ser excusas válidas para omitir la prestación del servicio público de agua, en especial cuando están en juego derechos fundamentales y la salud de personas en condición de vulnerabilidad.

En ese sentido, la Corte ordenó al Distrito de Cali iniciar un diálogo institucional con las entidades competentes y el accionante, con el fin de definir medidas transitorias para suministrar 50 litros diarios de agua potable hasta que se concrete su reubicación. Esta última deberá realizarse en el término de un año, con el fin de garantizar tanto el acceso a agua como una vivienda digna en condiciones adecuadas.

La sentencia establece además que deben explorarse soluciones alternativas colectivas o individuales para el suministro del recurso hídrico, conforme a lo previsto en el artículo 279 de la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 1688 de 2020, normativas que regulan el acceso al agua potable en zonas rurales.

Finalmente, la Corte otorgó efectos inter comunis a su decisión, lo que implica que otras personas en condiciones similares a las de Benjamín, que habiten en la misma zona y enfrenten las mismas dificultades, podrán acogerse a los efectos del fallo para exigir el cumplimiento de su derecho al acceso al agua potable y al saneamiento básico.

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Corte Constitucional convoca sesión técnica ante incumplimiento en la protección de población infantil Wayúu

En respuesta al cumplimiento bajo de una de las órdenes destinadas a superar el estado de cosas inconstitucional en la población infantil Wayúu del departamento de La Guajira, la Corte Constitucional ha convocado a una sesión técnica para abordar la situación. La orden en cuestión tiene como objetivo garantizar la imparcialidad y transparencia en la asignación de beneficios y contratos para intervenciones estatales en la mencionada población.

La Sala Especial de Seguimiento determinó que no se ha establecido una ruta eficaz para reportar la información financiera de manera oportuna y adecuada. Asimismo, se ha señalado la ausencia de un sistema de información que facilite la verificación de las prácticas de las autoridades encargadas de cumplir la sentencia T-302 de 2017, así como la detección de prácticas ilegales por parte de los órganos de vigilancia.

Además, se ha destacado la falta de estrategias para enfrentar el incumplimiento y la falta de consciencia por parte de las entidades respecto a su deber de reportar información solicitada. La Corte también ha señalado la carencia de soluciones claras para los obstáculos que enfrentan los órganos de control e investigación en su labor.

Ante este panorama, la Corte ha ordenado a varias entidades gubernamentales y municipales presentar un protocolo que asegure la aplicación de buenas prácticas administrativas en los procesos contractuales y financieros.

En este contexto, se ha convocado a una sesión técnica que se llevará a cabo el próximo 15 de abril, dirigida a discutir las soluciones propuestas por las entidades obligadas al cumplimiento de los objetivos establecidos, así como por aquellas encargadas de la vigilancia y control administrativo y financiero. La sesión abordará cuatro ejes temáticos, incluyendo estrategias para corregir prácticas inconstitucionales, mejorar la información sobre la distribución y ejecución de recursos, así como para fortalecer el control y vigilancia de las entidades responsables.

Se espera que esta sesión, que será transmitida por las redes sociales de la Corte, proporcione un espacio crucial para abordar los desafíos y encontrar soluciones efectivas para garantizar la protección de la población infantil Wayúu y el cumplimiento de las obligaciones constitucionales.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

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