Nuevo aplicativo web para licencias de seguridad y salud en el trabajo entra en operación

El Ministerio de Salud y Protección Social ha informado a las Secretarías Departamentales y Distritales de Salud, así como a la ciudadanía en general, que a partir del 19 de junio de 2024, está disponible el nuevo aplicativo web para la solicitud de expedición y renovación de las licencias de seguridad y salud en el trabajo. Este lanzamiento se realiza en cumplimiento del artículo 3 de la Resolución 754 de 2012 y la Circular Externa No. 25 del 18 de diciembre de 2023.

Con la entrada en operación de este sistema digital, queda derogada la Resolución 4502 de 2012, y entran en vigencia la Resolución 754 de 2021, que establece los requisitos y procedimientos para la expedición y renovación de dichas licencias, y la Resolución 1151 de 2022.

El nuevo aplicativo web está accesible a través de la ventanilla de trámites y servicios del Ministerio de Salud y Protección Social, o directamente en el enlace: Licencia de seguridad y salud en el trabajo – Ministerio de Salud y Protección Social (sispro.gov.co). Para utilizar este servicio, los usuarios deben estar registrados en la plataforma www.miseguridadsocial.gov.co.

El Ministerio de Salud y Protección Social busca así racionalizar los trámites y servicios, facilitando el acceso de los ciudadanos a sus derechos mediante medios digitales. Las Secretarías Departamentales y Distritales de Salud y la ciudadanía están invitadas a hacer uso de esta nueva herramienta digital para optimizar los procesos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.

Fuente: minsalud.gov.co

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Corte Constitucional insta a verificar condiciones laborales en actividades mineras

La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-046 de 2024, ha emitido importantes directrices para garantizar la seguridad y los derechos laborales de los trabajadores en el sector minero del país. En respuesta a un caso específico de un trabajador de una mina de mármol, la Sala Segunda de Revisión amparó el derecho a la seguridad social de un individuo que sufrió lesiones en un accidente laboral, revelando preocupantes niveles de informalidad y desprotección en la industria minera colombiana.

La sentencia destacó que aproximadamente el 70% de la actividad minera en Colombia se realiza de manera informal, lo que expone a los trabajadores a mayores riesgos para su salud y dificultades para acceder a la seguridad social y a pensiones. En el caso analizado, la Corte identificó una omisión de responsabilidades por parte de la empresa titular de la concesión minera respecto a las condiciones laborales de los subcontratistas, evidenciando la necesidad de una mayor supervisión y control en este ámbito.

En respuesta a esta situación, la Corte ordenó a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) calificar la pérdida de capacidad laboral del trabajador afectado y asumir el pago del subsidio de incapacidad. Además, se estableció la posibilidad de reconocer una pensión por invalidez de manera temporal, en caso de que el individuo cumpla con los requisitos para esta prestación. Asimismo, se determinó que la AFP podría reclamar el reembolso de los recursos pagados al trabajador a su empleador o contratante, en caso de que así lo dictaminara la jurisdicción competente.

La Corte también ordenó al Ministerio del Trabajo ejercer labores de inspección, vigilancia y control sobre la situación laboral del trabajador afectado, así como sobre las condiciones laborales en la mina específica donde ocurrió el accidente. Además, instó tanto al Ministerio del Trabajo como al Ministerio de Minas y Energía y a la Agencia Nacional de Minería a verificar las condiciones en las que se están llevando a cabo las actividades mineras en el país, asegurando el cumplimiento de los lineamientos establecidos en la Política de Seguridad Minera.

Esta decisión judicial resalta la importancia de proteger los derechos laborales y la seguridad de los trabajadores en un sector tan crucial como el minero, instando a las autoridades pertinentes a tomar medidas efectivas para garantizar condiciones laborales adecuadas y el cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad laboral.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

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Empresas deben iniciar el registro anual de estándares mínimos en seguridad y salud en el trabajo: Ministerio del Trabajo

Desde el jueves 1 de febrero hasta el 29 de marzo de 2024, las empresas públicas y privadas en Colombia tienen la responsabilidad de llevar a cabo su registro anual de estándares mínimos en seguridad y salud en el trabajo. Esta medida, establecida por la resolución No. 0312 del 13 de febrero de 2023 y la circular 093 del 18 de diciembre de 2023, tiene como objetivo promover la mejora continua en las políticas de organización, planificación, acciones de mejora, evaluación y valoración de riesgos que puedan afectar a los trabajadores.

Los estándares mínimos, fundamentales para el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), son esenciales para garantizar entornos laborales seguros y saludables. Para llevar a cabo este trámite, las empresas pueden acceder al formulario de registro en la página web del Sistema General de Riesgos Laborales www.sgrl.mintrabajo.gov.co.

El proceso de registro implica dos pasos principales:

  1. Autoevaluación: Las empresas deben aplicar una autoevaluación conforme a la tabla de valores y calificación de los estándares mínimos del SG-SST. Esto se realiza mediante el formulario establecido en la página del Sistema General de Riesgos.
  2. Elaboración del plan de mejora: Con base en los resultados de la evaluación de los estándares mínimos, las empresas deben elaborar un plan de mejora. Este plan debe ser aprobado por la empresa como parte del Plan Anual del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).

Es importante destacar que el plan anual del sistema de Gestión de SST debe ejecutarse a partir del 1 de enero del año siguiente.

El Ministerio del Trabajo brindará apoyo y acompañamiento a los procesos necesarios a través de la Dirección de Riesgos Laborales y desde el correo electrónico: [email protected].

Con esta iniciativa, se busca fortalecer la cultura de prevención de riesgos laborales y promover ambientes laborales seguros y saludables para todos los trabajadores en Colombia.

Fuente: mintrabajo.gov.co

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Protocolo prácticas seguras para trabajadores motociclistas

El Ministerio del Trabajo, en colaboración con la Agencia Nacional de Seguridad Vial, presentaron la actualización del Protocolo prácticas seguras para los trabajadores que usan la motocicleta como herramienta de trabajoel cual tiene como propósito difundir métodos y tácticas orientadas a disminuir la probabilidad de accidentes de tráfico relacionados con el uso de motocicletas en el ámbito laboral en Colombia.

Este instrumento define herramientas para reforzar la protección de la vida de los trabajadores que dependen de la moto en su labor diaria, proporcionando pautas a las organizaciones para la gestión de riesgos viales, vinculados al Sistema de Gestión en Salud y Seguridad en el Trabajo y los Planes Estratégicos de Seguridad Vial.

De acuerdo con lo informado por el Ministerio de Trabajo, para llevar a cabo la implementación del Protocolo, la industria podrá identificar, evaluar y definir mecanismos de control para los riesgos en la vía. Asimismo, se destaca la necesidad de establecer programas de capacitación periódicos para todos los actores viales dentro de la organización, junto con la entrega y seguimiento del uso de equipos de protección personal para los motociclistas empleados, a corto plazo.

En lo que respecta a los trabajadores en motocicletas, se hace énfasis en la importancia del uso de elementos de protección personal para reducir la gravedad de las lesiones en caso de accidentes viales. Se insta a conducir a velocidades adecuadas, respetando las señales y normas de tránsito, así como realizar revisiones preoperacionales y mantenimiento preventivo periódico de las motocicletas.

En cuanto a la manipulación y transporte de paquetes, se establecen directrices para las buenas prácticas en el manejo de cargas en la moto, evitando exceder el peso recomendado por los fabricantes del vehículo para el paquete, cajones u otros elementos de carga, además del peso del motociclista.

En el contexto de un preocupante número de fallecimientos de motociclistas en Colombia, Diana Carolina Galindo, directora de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, hizo un llamado a empresarios y motociclistas para formar trabajadores conscientes como actores viales, contribuyendo así a sociedades más justas y equitativas. Su mensaje resaltó la necesidad de cambiar la percepción de la moto, considerándola no como un arma, sino como una herramienta para preservar la vida.

Fuente: mintrabajo.gov.co

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