Decreto relativo a la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal 2023. (TOLMEX2,960,913)

DECRETO relativo a la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal 2023. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN VI DEL ARTÍCULO 74 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:

PRIMERO. La Cuenta Pública de la Administración Pública Federal 2023, presentó, integró y fiscalizó en cumplimiento de los mandatos constitucionales y legales aplicables.

SEGUNDO. En 2023 los ingresos presupuestarios del sector público ascendieron a 7 billones 039 mil 359.8 millones de pesos, cifra superior en 436 mil 530.1 millones de pesos con relación a lo recaudado en 2022.

Este resultado se explica por el registro de mayores ingresos no petroleros respecto a lo programado por 154 mil 574.8 millones de pesos, que se vincula principalmente al incremento de los ingresos tributarios, así como de organismos y empresas, lo cual compensó la menor recaudación relacionada con los ingresos petroleros.

TERCERO. El gasto neto total del sector público presupuestario ascendió a 8 billones 162 mil 986.8 millones de pesos, lo que significó un incremento real de 2.9% respecto al observado el año previo. Con relación al PIB el gasto neto total ejercido en 2023 representó el 25.7%. Del total, el 72.8% correspondió a gasto programable, mediante el cual se generan los bienes y servicios que la población demanda, mientras que el restante 27.2% correspondió a gasto no programable, que se asocia a la cobertura de obligaciones como el pago de participaciones a entidades federativas -previsto en la Ley de Coordinación Fiscal-, el costo financiero de la deuda pública y los adeudos de ejercicios fiscales anteriores.

Con relación a los Ramos Administrativos se observaron incrementos en: Energía, con 130 mil 003.5 millones de pesos; Hacienda y Crédito Público, con 81 mil 405.6 millones de pesos; Entidades no Sectorizadas, con 41,835.5 millones de pesos; Defensa Nacional, con 32 mil 148.4 millones de pesos; Educación Pública, con 17 mil 974.9 millones de pesos, y Marina, con 15 mil 673.2 millones de pesos.

CUARTO. El endeudamiento neto interno y externo autorizado al Ejecutivo Federal en la Ley de Ingresos de la Federación 2023 ascendió a 1 billón 283 mil 300.0 millones de pesos, mientras que el monto ejercido fue de 1 billón 245 mil 432.0 millones de pesos; cantidad resultante de la diferencia entre los financiamientos obtenidos por 6 billones 699 mil 826.3 millones de pesos y las amortizaciones efectuadas por 5 billones 454 mil 394.3 millones de pesos, por tanto fue menor al autorizado en 2.9% lo que equivale a 37 mil 868.0 millones de pesos. En tanto, el Saldo Histórico de los Requerimientos Financieros del Sector Público, la definición más amplia de la deuda se ubicó en 46.8% del PIB, menor en 1% respecto al nivel registrado en 2022.

La deuda bruta del Sector Público Federal con respecto al PIB disminuyó 0.4% del 2016 al 2023, al pasar de 47.9% a 47.5%.

QUINTO. Que la Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en los artículos 79, fracción II, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 y 37 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, presentó a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, los Informes Inpiduales sobre la revisión de la Cuenta Pública 2023.

De los Informes Inpiduales de Auditoría de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2023, se advirtió la práctica de 2,369 auditorías, por lo que cumplió con el 100% de las auditorías consideradas en el Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2023.

De igual manera, de las revisiones practicadas por la Auditoría Superior de la Federación, 75 corresponden a entes vinculados . . .

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Acuerdo por el que se aprueba el Programa Institucional de Aeropuertos y Servicios Auxiliares 2025-2030. (TOLMEX2,960,902)

ACUERDO por el que se aprueba el Programa Institucional de Aeropuertos y Servicios Auxiliares 2025-2030. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de México.- Comunicaciones.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.

JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA, Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, con fundamento en los artículos 26, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 36 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 17, fracción II, 22, 24, 27, 29 tercer párrafo, 30 y 32 de la Ley de Planeación; 46, 47, 48, 49 y 59, fracción II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 22 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 5, fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, y

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de abril de 2025, se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, el cual está conformado por cuatro ejes generales y tres ejes transversales, a través de los cuales se busca consolidar la transformación del país mediante un modelo de desarrollo centrado en el bienestar, la justicia social y la sustentabilidad;

Que el 5 de septiembre de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes 2020-2025;

Que el Programa Sectorial establece las directrices de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para dar continuidad al proyecto de transformación nacional con una mirada humanista, justa e incluyente con la visión de construir infraestructura estratégica que fortalezca el desarrollo regional, eleve la competitividad del país y garantice una movilidad segura, accesible y sustentable;

Que el Programa Institucional de Aeropuertos y Servicios Auxiliares 2025-2030, se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 y debidamente vinculado al Programa Sectorial de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes 2025-2030;

Que con fecha 30 de septiembre de 2025, el Consejo de Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, en su Tercera Sesión Ordinaria, mediante Acuerdo CA (SEP-25)-06, aprobó el "Programa Institucional de Aeropuertos y Servicios Auxiliares 2025-2030", y

Que la entidad paraestatal antes referida, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Planeación y demás disposiciones aplicables, ha sometido a la consideración de esta Coordinadora Sectorial su respectivo Programa Institucional para su aprobación y difusión, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES 2025-2030

ARTÍCULO PRIMERO. Se aprueba y se da a conocer el Programa Institucional de Aeropuertos y Servicios Auxiliares 2025-2030.

ARTÍCULO SEGUNDO. Aeropuertos y Servicios Auxiliares, organismo descentralizado, sectorizado a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, de conformidad con su respectivo programa institucional autorizado, deberá:

A)    Sujetarse a la Ley de Planeación, al Plan Nacional de Desarrollo 2025 - 2030 y al Programa Sectorial de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes 2025 - 2030, y

B)    Dar seguimiento en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, a la implementación de las acciones y al cumplimiento de los objetivos establecidos en los programas institucionales antes mencionados, en el ámbito de sus respectivas competencias.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 30 de septiembre de 2025.- El Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Jesús Antonio Esteva Medina.- Rúbrica.

Programa Institucional de Aeropuertos y Servicios Auxiliares 2025-2030

1. Índice

1.     Índice

2.     Señalamiento del origen de los recursos del Programa

3.     Siglas y acrónimos

4.     Fundamento normativo

5.     Diagnóstico de la situación actual y visión de largo plazo

6.     Objetivos

       6.1 Relevancia del objetivo 1: Garantizar servicios de suministro y almacenamiento de combustibles de aviación eficientes y competitivos, mediante el desarrollo . . .

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Decreto por el que se aprueba el Programa Especial para la Productividad y la Competitividad 2025-2030. (TOLMEX2,960,890)

DECRETO por el que se aprueba el Programa Especial para la Productividad y la Competitividad 2025-2030. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 25 y 26 de la propia Constitución; 9o., 10, 18, 22, 26, 26 Bis, 27 y 29 al 32 de la Ley de Planeación; 9o., 30, 31, 32, 32 Bis, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 38 Bis, 39, 40, 41, 42, 42 Bis y 42 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1, 2, 5, 6, 7, 8, 12 y 18 de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los inpiduos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege la propia Constitución;

Que el artículo 26, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé las bases para que el Estado organice el sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación, señalando que los fines del proyecto nacional contenidos en la propia Constitución determinarán los objetivos de la planeación;

Que la Ley de Planeación en su artículo 26, establece que los programas especiales se referirán a las prioridades del desarrollo integral del país, fijados en el Plan Nacional de Desarrollo o a las actividades relacionadas con dos o más dependencias coordinadoras de sector, por lo que el Ejecutivo Federal señalará la dependencia responsable de coordinar la elaboración y ejecución de cada uno de estos programas;

Que de conformidad con el artículo 5 de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, se establece que la política nacional de fomento económico contará con un Programa Especial para la Productividad y la Competitividad, y que su elaboración está a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la participación de la Secretaría de Economía y con la opinión del Comité Nacional de Productividad;

Que, en cumplimiento a la Ley de Planeación, el 15 de abril de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, el cual fue aprobado por la Cámara de Diputados, verificando su congruencia con los fines del proyecto nacional contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 establece los Ejes generales: 1: Gobernanza con justicia y participación ciudadana; 2: Desarrollo con bienestar y humanismo; 3: Economía moral y trabajo, y 4: Desarrollo sustentable, así como los Ejes transversales: 1: Igualdad sustantiva y derechos de las mujeres; 2: Innovación pública para el desarrollo tecnológico nacional, y 3: Derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas;

Que el Programa Especial para la Productividad y la Competitividad 2025-2030, a través de sus tres objetivos contribuye al cumplimiento de estrategias de los Ejes generales 2, 3 y 4, así como de los Ejes transversales 1 y 2 del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, específicamente mediante el impulso a la innovación, la soberanía tecnológica, energética y alimentaria, así como el incremento del bienestar de las y . . .

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