17. TRATADO SOBRE EL DERECHO DE PATENTES (PLT)
17.1. Nociones generales
Me parece conveniente hacer una pequeña mención de la existencia de este Tratado, con el objetivo de tener una visión global de los Instrumentos existentes. Y me refiero al PLT de manera limitada, toda vez que es un Tratado procedimental y no sustantivo, de aplicación en solo algunos países europeos, y que no hace referencia a los objetos de exclusión de patentamiento.
Entro en vigor en abril de 2005, y rige en la actualidad exclusivamente en Moldavia, Kirguiz, Eslovenia, Eslovaquia, Nigeria, Ucrania, Estonia, Dinamarca, Croacia y Rumania.
17.2. Discusiones sobre la patentabilidad de los programas de ordenador
Los programas de ordenador han adquirido una enorme importancia económica y social, en nuestros días. Así lo demuestra el crecimiento del número de trabajadores del sector en Europa occidental de 24 y un 71 por cien entre 1999 y 2003. Su potencial de crecimiento y su impacto en la economía serán todavía mayores en un futuro próximo debido a la paulatina implantación del comercio electrónico en la sociedad de la información.675
La disparidad entre las interpretaciones judiciales en los diversos países del mundo, de la Unión Europea (como las del Reino Unido y Alemania), y la posición de Estados Unidos, en donde la patentabilidad de las invenciones relacionadas, ha contribuido al crecimiento de las industrias relacionadas con este ámbito, disparó todas las alarmas en el seno de la Unión Europa. La Unión Europea, consideró insuficiente la protección que los derechos de autor, otorgaban a los programas de ordenador, y propuso explorar la posibilidad de su protección expresa a través del derecho de patentes.
La conveniencia de adoptar una nueva Directiva, parecía clara para que la Unión Europea no perdiera la capacidad competitiva frente a los Estados Unidos, donde, como comentamos, la patentabilidad de las invenciones implementadas por ordenador no ofrece ningún impedimento.676
Tras la promulgación del Libro Verde sobre la Patente Comunitaria y el sistema de patentes en Europa, la patentabilidad de las invenciones implementadas por ordenador fue uno de los temas declarados prioritarios a principios de 1999 para que la Comisión Europea adoptase medidas rápidamente.
La Unión Europea evitó discutir la patentabilidad de los programas como tales, que eran excluidos por el CPE, y propuso reconocer expresamente, la patentabilidad de las invenciones implementadas por ordenador, que de hecho ya se venía realizando.677 Para tal efecto, consideró que sería conveniente presentar una nueva Propuesta de Directiva, que armonizara las legislaciones de los Estado miembros y aboliera la inseguridad jurídica producida por las diversas interpretaciones de los tribunales de los Estados de la Unión Europea, a la vez que se propuso reformar el Artículo 52 del CPE. En consecuencia, el 22 de febrero de 2002, la Comisión Europea hizo pública la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la Patentabilidad de las invenciones implementadas por ordenador.678
675 Noticias, ADI, T. XXII, 2001, Pág. 1565.
676 Por lo anterior, no es errado afirmar que algunas invenciones implementadas por ordenador patentadas en Estados Unidos, son de dominio público en Europa.
677 Tanto la OEP como las Oficinas nacionales habían concedido miles de patentes a invenciones implementadas en ordenador, estimándose que solo la OEP ha concedido más de 20,000 El número de registros varía, toda vez que por la dificultad que presenta la solicitud, la mayoría de las ocasiones se aplican conjuntamente con el hardware, o con otra máquina.
678 COM (2002) 92 final.
Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma




