Origen: Corte Suprema; Fecha: 13 de noviembre de 2023; Causa rol: 20.893-2020
La Corte Suprema ratificó la sentencia condenatoria a Jacob Ortiz Palma, Juan de Dios Higueras Álvarez, Osvaldo Díaz Díaz y Héctor Guzmán Saldaña. Estos individuos fueron sentenciados a 15 años y un día y 10 años y un día de prisión, respectivamente, por su implicación en homicidios y secuestros calificados en Mulchén en 1973.
La Segunda Sala del máximo tribunal desestimó los recursos de casación presentados contra la sentencia previamente emitida por la Corte de Apelaciones de Concepción. Esta sentencia condenó a los acusados por su participación en los mencionados delitos, aunque revocó su condena por inhumación y exhumación ilegal.
Los individuos mencionados, Jacob Ortiz Palma, Juan de Dios Higueras Álvarez, Osvaldo Díaz Díaz y Héctor Guzmán Saldaña, continuarán cumpliendo las penas de prisión establecidas por su participación como autores en los homicidios y secuestros calificados.
Asimismo, otros involucrados, José Iturriaga Valenzuela, Jaime Müller Avilés, Julio Fuentes Chavarriga, Luis Palacios Torres, Juan Carlos Balboa Ortega y Julio Reyes Garrido, recibirán penas de 5 años y un día de prisión como encubridores de los homicidios calificados.
La decisión de la Corte Suprema destaca que, aunque se planteó la excepción de cosa juzgada debido a una causa fallada por la justicia militar por los mismos hechos, se considera que esto no aplica. La legislación internacional compromete a Chile a tomar medidas legales para sancionar delitos graves contra los derechos humanos, evitando la impunidad.
En este contexto, la Corte Suprema subraya que la autoamnistía, como el Decreto Ley N° 2.191 de 1978, obstruye la justicia al impedir investigaciones y sanciones por violaciones a los derechos humanos, contradiciendo las garantías judiciales estipuladas en la Convención Americana de Derechos Humanos.
La resolución también cuestiona la valoración de la prueba, indicando que los recursos presentados no especificaron qué normas sustantivas fueron infringidas, lo que llevó al rechazo de dichos recursos.
La decisión de la Corte Suprema, en concordancia con estándares internacionales de derechos humanos, destaca la importancia de evitar obstáculos legales que impidan investigar y sancionar violaciones de derechos humanos.
Fuente: pjud.cl