La Séptima Sala del Tribunal de Alzada de Santiago ha emitido un fallo unánime que acoge el recurso de protección interpuesto por el sostenedor del Colegio San Pedro de Quilicura contra Enel Distribución Chile SA. La resolución obliga a la empresa eléctrica a realizar una auditoría exhaustiva para determinar la correcta facturación del consumo de energía del establecimiento educacional.
El tribunal encontró que la empresa eléctrica había actuado de manera arbitraria e irracional al pasar de un promedio mensual de un millón de pesos en facturación a cobrar más de 74 millones al colegio. Esta decisión se fundamentó en la violación del derecho de propiedad establecido en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República.
Enel Distribución Chile SA, si bien reconoció haber emitido facturas por el monto denunciado, justificó esta acción por la supuesta imposibilidad de medir los consumos eléctricos debido a que el medidor estaba bajo llave en el momento de las lecturas.
La sentencia destacó la desproporción evidente en los cobros realizados, concluyendo que este accionar carecía de razonabilidad y constituyó un acto arbitrario que vulneró el derecho de propiedad del colegio.
Como resultado, el tribunal resolvió acoger el recurso presentado por la Fundación Educacional Atlántico, en su rol de sostenedor del Colegio San Pedro de Quilicura, ordenando a Enel Distribución Chile SA realizar una auditoría detallada para determinar con precisión los montos a facturar el servicio de energía correspondientes a los períodos señalados en el recurso.
Esta decisión judicial marca un precedente en la defensa de los derechos de los consumidores y establece un precedente en la supervisión y regulación de la facturación de servicios básicos, asegurando una mayor transparencia y justicia en las relaciones entre las empresas proveedoras y los usuarios.
Fuente: pjud.cl
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