La Sala del Senado dio luz verde a una nueva regulación destinada a abordar de manera integral la extracción de áridos en Chile. Con 37 votos a favor, 1 en contra y 3 abstenciones, se ha aprobado en general la idea de legislar sobre el proyecto. En él se establece un completo marco normativo que contempla tanto los aspectos relacionados con las obras públicas como sus impactos socioambientales.
La iniciativa, que ahora pasa a ser estudiada por la Comisión de Obras Públicas, tiene su origen en dos mociones presentadas por los senadores Alfonso De Urresti, Alejandra Sepúlveda, Jorge Soria y Juan Castro Prieto. Durante su desarrollo, la Comisión de Obras Públicas ha dedicado sesiones para analizar el tema, escuchando a diversas organizaciones y especialistas con el fin de recabar la mayor cantidad de antecedentes posibles.
El presidente de la Comisión, el senador Sergio Gahona, destacó el arduo trabajo realizado, enfatizando que se ha construido un marco normativo general que responde a las necesidades actuales y futuras en torno a la extracción de áridos.
Puntos clave de la nueva regulación
Durante el debate, varios senadores expresaron su apoyo a la regulación propuesta, resaltando la importancia de contar con definiciones claras, trazabilidad de los áridos, así como mecanismos eficientes de fiscalización y control de la actividad. Además, se hizo hincapié en la necesidad de abordar esta realidad de manera integral, considerando tanto los impactos medioambientales como las necesidades de las obras públicas.
Uno de los puntos clave de la nueva regulación es la establecimiento de un único régimen aplicable a la extracción de áridos en cauces naturales y zonas anexas. Esto implicará la obtención de autorización por parte de la municipalidad competente, previa habilitación técnica de la Dirección de Obras Hidráulicas. Asimismo, se han establecido normas para garantizar la trazabilidad de los áridos, desde su origen hasta su destino final en obras de construcción.
Además, la Dirección General de Aguas ejercerá un rol fundamental en la vigilancia y control de este proceso, pudiendo ordenar la paralización de las obras de extracción en caso de detectar posibles perjuicios ambientales o daños a la infraestructura pública o privada.
Fuente: senado.cl