Las Comisiones unidas de Mujer y de Familia aprobaron el proyecto que prohíbe el porte de armas a personas denunciadas por violencia intrafamiliar. La iniciativa fue sancionada por unanimidad y ahora será visada por la Sala del Senado. El texto legal busca proteger eficazmente a las víctimas de agresiones domésticas.
Fortalecimiento de medidas cautelares y preventivas
Un marco normativo más estricto fue establecido para el uso y almacenamiento de municiones por agresores. La prohibición fue ampliada a personas formalizadas, condenadas o con suspensión del procedimiento por violencia intrafamiliar. La norma permite que los jueces apliquen preventivamente la incautación de armas ante cualquier riesgo de maltrato inminente.
La medida cautelar de retención de armas fue actualizada para evitar situaciones de riesgo vital. Si el agresor posee armas institucionales, estas serán custodiadas por su respectiva institución de pertenencia. El tribunal deberá dictar la prohibición especialmente cuando el arma sea inscrita en el domicilio compartido con la víctima.
Armonización con la Ley Integral y el Código Procesal
Las enmiendas fueron diseñadas para armonizar este proyecto con la Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres (21.675). También se introdujeron cambios en el Código Procesal Penal para hacer efectiva la incautación inmediata de armamento. El objetivo es que los tribunales detecten y retengan armas apenas se reciba la denuncia.
Si el denunciado posee armas no inscritas, los antecedentes serán remitidos al Ministerio Público en el más breve plazo. La normativa sustituyó el término personas «procesadas» por «denunciadas» para adecuarse al actual sistema procesal penal. El proyecto continúa su segundo trámite constitucional tras ser perfeccionado por las instancias legislativas especializadas.
Fuente: pjud.cl
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