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Proyecto de atención preferente para personas con discapacidad pasa a su último trámite.

Con 18 votos a favor, los senadores respaldaron la propuesta que facilitará el acceso a bienes y servicios para personas con discapacidad, dada la condición de estos pacientes.

Publicado: 15 de agosto de 2025

A tercer trámite fue remitido el proyecto que modifica la Ley N° 20.422. La iniciativa busca dar prioridad a personas con discapacidad en servicios públicos. Esto ocurre luego que la Sala aprobara la propuesta con un artículo único y sus respectivas modificaciones. La Cámara Baja ahora deberá analizar los cambios que realizó el Senado.

La Comisión del Adulto Mayor y Discapacidad analizó con detalle la moción. Ante el pleno del Senado, el senador David Sandoval explicó que la propuesta busca dar atención preferente en todos los recintos públicos y privados. Esto incluye a todas las personas que tengan el carné que acredite su discapacidad.

El senador Sandoval destacó que el 17% de la población chilena de dos años o más tiene alguna discapacidad. Esta cifra equivale a más de 3.2 millones de personas.

Alcance y Definición del Proyecto

El proyecto busca otorgar atención preferente a quienes tengan con credencial o certificado de discapacidad vigente emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. También incluye a sus cuidadores. La iniciativa aplica a todas las instituciones públicas y privadas que ofrecen servicios al público.

El texto define «atención preferente y oportuna» como la adopción de medidas que aseguren un trato digno y respetuoso. El objetivo es disminuir los tiempos de espera de las personas.

Para el caso de atenciones de salud, la norma regirá según lo dispuesto en la Ley N° 20.584, que que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

Observaciones y Alcance Actual de la Ley

La Comisión del Adulto Mayor y Discapacidad solicitó una definición clara de «atención preferente». También pidieron especificar cómo los cuidadores ejercerán este derecho. Además, requirieron precisar cuáles instituciones deberán cumplir con la ley y las posibles sanciones.

A la fecha, esta atención preferente ya aplica en establecimientos de salud y en otras entidades como el Registro Civil, MINVU, FONASA, Chile Atiende y SERNAC, entre otros.

Fuente: senado.cl

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