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Buscan agravar las penas a quienes cometan delitos contra personal de Gendarmería

La Comisión de Seguridad Pública aprobó la idea de legislar sobre una moción presentada por las y los senadores Paulina Núñez, Carmen Gloria Aravena, José Pilo Durana y Manuel José Ossandón.

Publicado: 19 de diciembre de 2025

Hasta el 13 de enero se podrán presentar indicaciones al proyecto que modifica el Código penal para incorporar una agravante el cometer delitos contra personal de Gendarmería de Chile o de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública. Ello, luego que la Comisión de Seguridad Pública aprobara la idea de legislar de la moción presentada por las y los senadores Paulina Núñez, Carmen Gloria Aravena, José Pilo Durana y Manuel José Ossandón.

 

En la sesión en que se analizó esta iniciativa estuvo presente el Subsecretario de Justicia Ernesto Muñoz, quien explicó que, entre los proyectos considerados en la agenda corta de seguridad, se aprobó una modificación al artículo 63 del Código Penal en el que ya se sancionan delitos como homicidios, lesiones y amenazas, entre otros, cometidos contra estos funcionarios. Es decir, existen tipos penales autónomos en esta materia.

 

No obstante, indicó que el proyecto en estudio, sí podría tener efectos en los delitos que no están contemplados en el artículo 63, razón por la cual, la Comisión acordó pedir este plazo para la presentación de indicaciones.

 

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Durante la jornada, la Comisión también inició el estudio de una moción de los senadores Francisco Chahuán, Carmen Gloria Aravena, Rodrigo Galilea, Carlos Kuschel y Kenneth Pugh, que modifica la ley de tránsito para permitir que no se informen antecedentes de las placas patentes de los vehículos de las Fuerzas de Orden y de Seguridad Pública (boletín 16804-15).

La ley vigente señala que el Servicio de Registro Civil e Identificación deberá informar o certificar, a quien lo solicite, los hechos o actuaciones que consten en el Registro de Vehículos Motorizados.

 

No obstante, los autores de la moción señalan que hay vehículos de propiedad de las Fuerzas de Orden y Seguridad, que no portan identificación institucional, mediante logos o distintivos, que son destinados para que sus funcionarios puedan cumplir labores de vigilancia encubierta, y por lo tanto, la idea es que no pueden quedar expuestos a que las placas patentes de tales vehículos sean de carácter público, mediante la obtención de los datos de las mismas, a través de plataformas digitales, ya que en ese caso se frustrarían las labores operativas que dichos servidores se encuentran ejecutando.

 

En este punto, se acordó pedir a la Biblioteca del Congreso Nacional que entregue un informe de legislación comparada sobre este tema.

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