La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió un recurso de protección presentado por vecinos del sector donde funciona el albergue Protege. En un fallo unánime (causa rol 58-2025), el tribunal determinó que tanto la Subsecretaría de Servicios Sociales como la Seremi de Desarrollo Social de Aysén y la ONG Cidets, a cargo del recinto, actuaron de forma ilegal y arbitraria al no controlar los episodios de violencia protagonizados por algunos usuarios del programa.
Detalles del fallo
El fallo señala que la Corte examinó diversos antecedentes, entre ellos videos captados desde la vivienda de la recurrente, cartas enviadas a autoridades regionales, denuncias ante el Ministerio Público y comunicaciones dirigidas al propio albergue. Según el tribunal, estos documentos acreditan que las autoridades ignoraron reiteradamente los reclamos vecinales sobre la conducta de los beneficiarios del plan Protege Calle.
Los jueces indicaron que los responsables del albergue no adoptaron medidas suficientes para asegurar una adecuada convivencia ni para resguardar el bienestar emocional y psicológico de los vecinos. La resolución subraya que los coordinadores del programa deben promover el respeto mutuo y el cumplimiento de normas básicas de convivencia entre los usuarios.
“El actuar arbitrario de la recurrida ha significado la afectación del derecho a la integridad síquica que tienen los recurrentes, reconocido en el artículo 19, N°1, de la Constitución Política de la República, pues de la naturaleza de los hechos denunciados se desprende que la exposición continua y permanente de los vecinos del sector a los actos de violencia protagonizados por los usuarios del Albergue, quebranta su bienestar emocional y síquico e irrumpe la sana convivencia y tranquilidad del vecindario”, afirmó el tribunal en la resolución.
Decisión de la Corte de Apelaciones
Ante esta situación, la Corte ordenó a los organismos involucrados coordinar acciones concretas para enfrentar los problemas del albergue. Estas medidas deberán evitar que la conducta de los usuarios siga perturbando a la comunidad. Además, el fallo instruye a las instituciones recurridas a colaborar con entidades como Carabineros, la Municipalidad de Coyhaique y otros entes competentes para prevenir nuevos episodios.
Finalmente, el tribunal exigió a la Seremi de Desarrollo Social de Aysén y a la ONG Cidets informar, en un plazo de quince días desde que se dicte la sentencia definitiva, sobre las acciones implementadas para resguardar la seguridad y el bienestar del vecindario.
Fuente: pjud.cl
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