La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad de Kentucky Foods Chile Limitada. El fallo ratificó la multa de 60 UTM impuesta por la Inspección del Trabajo.
La sanción se aplicó por no otorgar feriado legal a trabajadores el 17 de diciembre de 2023. Esta fecha coincidió con el plebiscito constitucional.
Aplicación del Principio Pro-Operario y Doctrina DT
En fallo unánime (causa rol 2.850-2024), la Duodécima Sala descartó infracción en la sentencia. La finalidad del feriado era permitir la participación de los votantes y se aplica el principio pro-operario.
La Corte recordó que la doctrina de la Dirección del Trabajo (DT) se aplicaba. La empresa no podía desconocer el Dictamen 1474/30 de 25 de agosto de 2022.
El tribunal concluyó que se configuró la hipótesis que sustentó la sanción. Además, el monto se impuso dentro del margen normativo habilitante. El acto administrativo goza de presunción de legalidad.
Rechazo a la Nulidad
La Sala no advirtió infracción legal en la determinación del monto de la sanción. El tribunal no permitió nuevas alegaciones sobre la gravedad en sede de nulidad.
Por tanto, la Corte de Apelaciones rechazó el recurso de nulidad contra la sentencia del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Dicha sentencia no es nula.
Fuente: pjud.cl
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