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Corte Suprema confirma penas de presidio por homicidio simple en La Florida

La Corte Suprema ratificó las condenas de presidio efectivo contra tres hombres responsables de un homicidio simple ocurrido en marzo de 2022 en La Florida. En un fallo unánime, el tribunal rechazó los recursos de nulidad presentados por dos de los sentenciados, confirmando así las penas de 5 años y un día para Mauricio Meza Arredondo y de 4 años para Jorge Torres Abayai y Manuel Quezada Salazar. La resolución destaca la sólida base probatoria que sustentó la decisión.

Publicado: 15 de enero de 2025

La Segunda Sala de la Corte Suprema ratificó las condenas impuestas a tres individuos por su participación en un homicidio simple cometido en marzo de 2022 en la comuna de La Florida. En un fallo unánime (causa rol 3.592-2024), el tribunal rechazó los recursos de nulidad presentados por las defensas de dos de los condenados.

El fallo  confirma la pena de 5 años y un día de presidio efectivo para Mauricio Alejandro Meza Arredondo, y 4 años de reclusión efectiva para Jorge Andrés Torres Abayai y Manuel Alejandro Quezada Salazar. Según la sentencia, los tres participaron como coautores del homicidio, calificado como un delito consumado de acuerdo con el Código Penal.

Argumentos de la decisión

La resolución destaca que los jueces del tribunal oral en lo penal fundamentaron su decisión en pruebas presentadas durante el juicio. Testimonios de testigos, análisis de videos y peritajes respaldaron la identificación y participación de los condenados en el delito. Según el fallo, los acusados reconocieron su presencia en los videos exhibidos durante el proceso judicial.

La Segunda Sala, integrada por el ministro Leopoldo Llanos, las ministras María Teresa Letelier y María Cristina Gajardo, y los abogados integrantes Carlos Urquieta y José Miguel Valdivia, concluyó que no existieron vicios procesales ni afectaciones al derecho a la defensa.

Rechazo de recursos de nulidad

Los abogados defensores de Meza Arredondo y Quezada Salazar argumentaron incongruencias entre la acusación y la sentencia. Sin embargo, el máximo tribunal descartó estas afirmaciones al señalar que las pruebas y hechos considerados correspondieron íntegramente a lo planteado en el proceso judicial.

El fallo subraya que las conclusiones del tribunal se basaron en principios de lógica, experiencia y conocimiento científico, lo que garantiza la razonabilidad del dictamen. Por tanto, los recursos de nulidad no prosperaron.

En consecuencia, la Corte Suprema resolvió rechazar los recursos de nulidad interpuestos, ratificando las sentencias dictadas por el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago el 2 de octubre de 2023. Las penas de presidio para los tres condenados deberán cumplirse de manera efectiva.

Fuente: pjud.cl

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