El Cuarto Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda interpuesta por la Corporación de Actores de Chile (Chileactores), condenando a la sociedad Cines e Inversiones Cineplex Limitada (Cineplanet) al pago de una multa de 10 UTM y 2.240 UF por exhibir obras audiovisuales sin autorización.
En el fallo (causa rol 7.060-2023), el juez Luis Eduardo Quezada Fonseca acogió la acción. Él constató que la demandada exhibió obras del repertorio sin autorización o acuerdo previo. Por ello, ordenó el cese inmediato de su utilización indebida.
El fallo concluyó que la demandada infringió la ley, pues las obras forman parte del repertorio de Chileactores. La empresa debe pagar las tarifas correspondientes a la entidad de gestión colectiva, fijadas en el 2% y 3,6% de los ingresos netos de taquilla, según el periodo.
Determinación de Remuneraciones Adeudadas
Se accedió al cobro de tarifas solo por el periodo comprendido entre el 13 de junio de 2019 y el 13 de junio de 2023. Esta fecha delimitó el objeto de la litis, según lo establecido por el tribunal.
El tribunal notó que la demandante no pudo acreditar el monto debido a que la demandada obstruyó las diligencias probatorias. Dado que Cineplanet infringió la Ley de Propiedad Intelectual, el juez usó las reglas de la sana crítica.
Para el cálculo, el tribunal se basó en un acuerdo de transacción anterior, que establecía una referencia de UF 70 por mes. Aplicando esta base al periodo de 48 meses, el monto total ascendió a UF 3.360.
Descuento por Pandemia y Resolución Final
El tribunal consideró que Cineplanet permaneció cerrada por la pandemia en 2020 y 2021, lo que constituye fuerza mayor. La Corte descontó 16 meses de cierre total (marzo 2020 a julio 2021) de los 48 meses demandados.
Se resolvió que la demandada adeuda la suma total de 2.240 UF por concepto de remuneraciones. Además, el tribunal ordenó aplicar una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales, según el artículo 78 de la Ley N°17.336.
El tribunal, basándose en el artículo 85 B de la Ley de Propiedad Intelectual (Ley N°17.336), ordenó el cese inmediato de la utilización de las obras del repertorio de Chileactores. La sentencia acogió la demanda principal y condenó en costas a la demandada.
Fuente: pjud.cl
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