Aprobado en la Cámara proyecto que tipifica la corrupción en el deporte

La Sala de la Cámara de Diputados aprobó y envió a segundo trámite el proyecto que tipifica el delito de corrupción en el deporte. Esta iniciativa, que busca prevenir y sancionar conductas que vulneran la integridad de la competencia deportiva, fue respaldada por una amplia mayoría de 97 votos a favor y 13 abstenciones.

El proyecto, impulsado en su origen por un mensaje del Ejecutivo y una moción presentada por el exdiputado Matías Walker, junto a las diputadas Erika Olivera y Marisela Santibáñez, establece sanciones claras para quienes alteren o manipulen resultados en eventos deportivos, afectando la equidad de las competiciones. El objetivo es asegurar que los resultados deportivos no se vean influidos por factores externos ajenos a lo meramente deportivo.

Entre las principales medidas, el proyecto introduce modificaciones a la Ley del Deporte, incorporando sanciones penales para quienes ofrezcan o reciban beneficios económicos o de otra índole con el fin de influir en el resultado de una competición. Las penas propuestas incluyen reclusión menor en su grado medio, que va de 541 días a 3 años, así como multas que podrían duplicar el beneficio recibido o aceptado.

Adicionalmente, se establecen inhabilidades para personas condenadas por corrupción deportiva, impidiéndoles acceder a beneficios de la Ley del Deporte o ejercer cargos directivos en organizaciones deportivas. El proyecto también refuerza las obligaciones de las federaciones deportivas y otras entidades vinculadas al deporte, al exigirles reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Análisis Financiero (UAF), especialmente si reciben financiamiento público.

Durante el debate, diversos parlamentarios expresaron su apoyo a la iniciativa, destacando la necesidad de proteger la integridad del deporte frente a la corrupción, que convierte las competiciones en simples espectáculos sujetos a intereses económicos y apuestas ilegales. No obstante, algunos sectores plantearon críticas, considerando que la norma podría ser demasiado específica y compleja para su aplicación en el ámbito penal.

El proyecto ahora deberá ser discutido en el Senado, donde se espera continúe el debate sobre la mejor forma de regular la corrupción en el deporte.

Fuente: camara.cl

Corte Suprema acoge recurso de amparo y revoca prisión preventiva de acusado en espera de nuevo juicio

En una decisión unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema resolvió acoger el recurso de amparo presentado por la defensa de un acusado que se encontraba en prisión preventiva, en espera de la reiteración de su juicio oral. La medida había sido impuesta por la Corte de Apelaciones de San Miguel, pero el máximo tribunal determinó que dicha resolución carecía de fundamentación suficiente.

El acusado, identificado como Fabio Basoalto Sandoval, había sido sometido a prisión preventiva tras una decisión del tribunal de apelación en julio de 2024. Sin embargo, la defensa recurrió a la Corte Suprema, argumentando que no se había justificado adecuadamente la necesidad y proporcionalidad de esta medida, en especial considerando que previamente se le habían impuesto medidas cautelares de menor intensidad, como el arraigo nacional y la prohibición de acercarse a la víctima, sin que se registraran incumplimientos.

El fallo de la Segunda Sala, compuesta por los ministros Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, Dobra Lusic, y los abogados integrantes Pía Tavolari y Juan Carlos Ferrada, estableció que la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazaba la acción constitucional carecía de los fundamentos esperados para aplicar una medida cautelar tan severa como la prisión preventiva. El tribunal destacó la falta de análisis respecto a la proporcionalidad de la medida y las propuestas alternativas presentadas por la defensa.

En consecuencia, se revocó la sentencia de agosto de 2024 y se ordenó la liberación inmediata del acusado, quien quedará sujeto a las medidas cautelares inicialmente decretadas por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante.

El contenido del fallo puede consultarse por medio del siguiente enlace.

Fuente: pjud.cl

Corte de Apelaciones de Santiago aumenta indemnización a víctimas de tortura tras el golpe de Estado de 1973

En un fallo unánime, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago decidió aumentar la indemnización que el Estado chileno deberá pagar a seis personas que fueron detenidas y sometidas a torturas por agentes estatales tras el golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973. Los afectados, Alen Lobos Sánchez, Waldo Milton Cruz Navarrete, Fernando Segundo Cava Zapata, Manuel Jesús Maulén Loyola, Victoria Guillermina Vicuña Llaitul y Sonia Paz Ramírez Kraljevich, recibirán una compensación económica por el daño moral sufrido durante su encarcelamiento.

El tribunal, compuesto por los ministros Hernán Crisosto, Soledad Jorquera y el abogado Eduardo Hernández, resolvió confirmar la sentencia previamente dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago, aumentando las sumas de las indemnizaciones asignadas a los demandantes, tomando en cuenta la gravedad de las secuelas físicas y psicológicas que sufrieron.

El fallo destacó que algunos de los demandantes, como Fernando Cava Zapata, Alen Lobos Sánchez y Waldo Milton Cruz Navarrete, enfrentaron serios daños permanentes como resultado de las torturas, que afectaron su movilidad, audición y visión, respectivamente. Además, se valoró la duración prolongada de la prisión política a la que fueron sometidos algunos de ellos, que en algunos casos incluyó largos años de exilio.

Por otro lado, Manuel Jesús Maulén Loyola, Victoria Guillermina Vicuña Llaitul y Sonia Paz Ramírez Kraljevich, a pesar de haber estado privados de libertad por periodos más cortos, también fueron reconocidos como víctimas de tortura, con especial mención al riesgo que corrió el embarazo de Ramírez debido a los apremios sufridos.

El fallo establece que Alen Lobos Sánchez y Waldo Milton Cruz Navarrete recibirán una compensación de $80.000.000 cada uno, mientras que Fernando Segundo Cava Zapata recibirá $70.000.000. Por su parte, Manuel Jesús Maulén Loyola, Victoria Guillermina Vicuña Llaitul y Sonia Paz Ramírez Kraljevich recibirán $60.000.000 cada uno. Asimismo, la sentencia confirmó una compensación adicional de $50.000.000 para otras víctimas de este caso.

El contenido del fallo puede ser consultado por medio del siguiente enlace.

Fuente: pjud.cl

Corte Suprema ordena revisar demanda de nulidad de contrato de compraventa de predio indígena en Valdivia

En un fallo reciente, la Corte Suprema acogió un recurso de casación interpuesto por una de las herederas de un predio indígena, ubicado en el sector de Los Molinos, Valdivia, revocando la decisión de instancias anteriores que habían rechazado la demanda por falta de legitimación activa. La Cuarta Sala del máximo tribunal estableció que la actora, en su calidad de heredera, tenía el derecho de solicitar la nulidad absoluta del contrato de compraventa del predio en virtud de un mandato tácito y recíproco entre comuneros, que le permite ejercer actos conservativos en beneficio de la comunidad hereditaria.

El fallo destaca la jurisprudencia previa de la Corte Suprema, que ha reconocido este mandato entre herederos para proteger el patrimonio común, incluso sin la necesidad de que todos los comuneros actúen conjuntamente. Este principio se aplica especialmente en situaciones que afectan la preservación de la cosa común, como es el caso de la propiedad indígena.

La resolución también subraya la relevancia del interés nacional en la protección de tierras indígenas, conforme a la Ley N° 19.253, que prohíbe la enajenación de estos terrenos a personas no pertenecientes a la misma etnia. La Corte señaló que la protección de estos predios prevalece sobre cualquier interés patrimonial privado, lo que refuerza la legitimación de la demanda.

Con este fallo, la Corte Suprema ordenó que el tribunal de primera instancia revise nuevamente la demanda de nulidad del contrato de compraventa, esta vez entrando a resolver el fondo del asunto.

El contenido del fallo puede consultarse por medio del siguiente enlace.

Fuente: pjud.cl

Cámara aprueba proyecto de ley que garantiza accesibilidad universal en recintos deportivos para personas con discapacidad

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó al Ejecutivo un importante proyecto de ley que modifica la Ley 20.422, que establece medidas de igualdad de oportunidades e inclusión social para personas con discapacidad. El proyecto, identificado bajo el boletín 15250, busca promover la accesibilidad universal en los recintos destinados a la actividad física o deportiva, garantizando que las personas con discapacidad puedan participar en igualdad de condiciones.

La iniciativa surge en el marco del compromiso de Chile con la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por el país. El texto del proyecto incorpora una nueva norma que establece que «toda institución pública o privada que se encuentre habilitada para promover actividad física o deportiva, procurará realizar los ajustes necesarios para adecuar los mecanismos destinados a propiciar la accesibilidad universal». Estos cambios tienen como objetivo asegurar que las personas con discapacidad puedan acceder sin restricciones a los espacios deportivos, respetando su derecho a la igualdad de oportunidades.

Según datos aportados en el informe que acompaña la propuesta, la Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que más de mil millones de personas en todo el mundo viven con algún tipo de discapacidad, lo que representa el 15% de la población global. Si bien se han logrado avances significativos en la lucha contra la discriminación, persisten barreras importantes en cuanto a la accesibilidad de espacios tanto públicos como privados, especialmente en el ámbito deportivo y recreativo.

El proyecto subraya que muchas familias en Chile aún enfrentan limitaciones para disfrutar de su derecho a la recreación, especialmente cuando alguno de sus miembros vive con discapacidad física, cognitiva o sensorial. La falta de infraestructura adecuada, como rampas de acceso y baños adaptados, es un problema recurrente en los recintos destinados a la actividad física y deportiva, lo que impide una participación plena.

Durante el debate en la Sala, legisladores de diversas bancadas manifestaron su apoyo a la iniciativa y destacaron la importancia de seguir trabajando en políticas que promuevan la igualdad y accesibilidad universal. Los parlamentarios llamaron al Ejecutivo a priorizar estos proyectos y a tomar medidas concretas para eliminar las barreras que enfrentan las personas con discapacidad en el país.

Fuente: camara.cl