Senado avanza en proyecto para extender vigencia de cédulas de identidad de adultos mayores

La Comisión del Adulto Mayor y Discapacidad del Senado aprobó y envió a la Sala un proyecto de ley que establece nuevas reglas para la vigencia de las cédulas de identidad de personas mayores. La iniciativa busca aliviar la carga administrativa del Registro Civil y facilitar la vida de quienes enfrentan dificultades de movilidad.

Detalles del proyecto

El proyecto establece que las cédulas de identidad de personas mayores de 80 años, así como las de aquellos mayores de 70 años con dependencia severa certificada por un centro de salud, tendrán una vigencia de 20 años.

Esta medida responde a la creciente cantidad de adultos mayores con discapacidades y dependencia, un grupo que actualmente supera el 4% de la población en este rango etario y que sigue en aumento.

Desde 2006, el Programa de Atención Domiciliaria para Personas con Dependencia Severa ha brindado apoyo integral a quienes requieren cuidados en casa. Sin embargo, la necesidad de renovar la cédula ha generado una alta demanda de visitas domiciliarias por parte del Registro Civil, lo que ha sobrecargado el servicio.

El proyecto, que sigue en su segundo trámite legislativo, busca descongestionar el sistema y mejorar la eficiencia en la gestión de documentos de identidad, reduciendo la cantidad de trámites que deben realizar las personas mayores en condición de dependencia.

Fuente: senado.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Apelaciones ordena reincorporación de trabajadora removida ilegalmente por supuesta salud incompatible

Corte de Apelaciones ordena reincorporación de trabajadora removida ilegalmente por supuesta salud incompatible

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de protección presentado contra el Ministerio de Obras Públicas (MOP) y ordenó la reincorporación de una trabajadora al Departamento de Conservación Regional de Vialidad de la Región del Biobío removida ilegalmente de sus funciones por supuesta salud incompatible. La decisión se tomó después de comprobar que el MOP la había apartado de sus funciones sin considerar el informe de la Comisión Médica Preventiva y de Invalidez (Compin), que señalaba que su condición de salud era recuperable.

En un fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal de alzada, conformada por el ministro Mauricio Silva Pizarro, la ministra Viviana Iza Miranda y la abogada (i) Marta Araneda Fraile, determinó que el MOP actuó de manera arbitraria e ilegal al remover a la trabajadora y convocar a un concurso público para su reemplazo.

Detalles del fallo

El fallo destacó que la ley N°21.050 modificó las condiciones para declarar vacante un cargo por razones de salud. Según el Estatuto Administrativo, la autoridad debe solicitar previamente un informe de la Compin para evaluar si el funcionario puede continuar en sus funciones. En este caso, la comisión estableció que la trabajadora tenía una condición recuperable, por lo que no correspondía aplicar la causal de vacancia.

El tribunal reafirmó que el informe de la Compin cumple un rol fundamental en este tipo de decisiones. La normativa exige que la declaración de vacancia solo proceda cuando el organismo técnico determine que la salud del funcionario no le permite desempeñar el cargo. En su resolución, la Corte Suprema ha sostenido que, aunque la autoridad puede apartarse de lo indicado en el informe, debe justificarlo con argumentos sólidos.

La sentencia concluyó que el MOP tomó la decisión sin una evaluación técnica que acreditara la incompatibilidad de la salud de la trabajadora con su cargo. Debido a esta omisión, el acto administrativo careció de fundamento legal y vulneró sus derechos constitucionales.

Por esta razón, la Corte de Apelaciones ordenó la reincorporación inmediata de la trabajadora y el pago de todas sus remuneraciones y beneficios, debidamente reajustados, desde la fecha de su separación hasta su retorno efectivo al cargo.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Apelaciones de Rancagua ordena mantener matrícula de estudiante tras recurso de protección

Corte de Apelaciones de Rancagua ordena mantener matrícula de estudiante tras recurso de protección

La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió un recurso de protección presentado por la madre de un alumno de Enseñanza Básica y ordenó al colegio mantener su matrícula para el año 2025. La decisión se tomó luego de que el tribunal determinara que el establecimiento vulneró derechos fundamentales del estudiante al no permitirle presentar sus descargos antes de cancelar su matrícula.

Tribunal constata falta de debido proceso

En un fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada, compuesta por el ministro Michel González Carvajal, el fiscal judicial Joaquín Nilo Valdebenito y el abogado (i) Jaime Lobos Stephani, concluyó que el colegio actuó de manera arbitraria. La resolución señala que la cancelación de la matrícula transgredió el principio del debido proceso, la presunción de inocencia, la bilateralidad, el derecho de igualdad ante la ley y el principio del interés superior del niño.

El fallo destaca que la normativa vigente exige que la expulsión o cancelación de matrícula solo se aplique con base a causales descritas en el reglamento del colegio. Además, establece que cualquier sanción debe seguir un procedimiento racional y justo, garantizando el derecho del estudiante y su apoderado a presentar descargos y solicitar reconsideración.

El tribunal revisó los antecedentes del caso y detectó irregularidades en la aplicación del protocolo de maltrato escolar. Según el fallo, el estudiante fue sancionado dos veces por el mismo hecho, ya que primero se aplicó una suspensión y luego la cancelación de matrícula por un incidente ocurrido el 15 de noviembre de 2024. Además, se utilizó una agravante que no estaba contemplada en el reglamento del establecimiento.

Orden de la Corte de Apelaciones

Ante estas irregularidades, la Corte determinó que la cancelación de la matrícula no se ajustó a la normativa vigente y resolvió acoger el recurso de protección. La sentencia ordena al colegio restablecer la matrícula del estudiante, siempre que no se haya inscrito en otro establecimiento educativo.

Con esta decisión, el tribunal reafirma la importancia del debido proceso y el respeto a los derechos fundamentales en el ámbito escolar.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema reduce sanción a condenado por manejo en estado de ebriedad

Corte Suprema reduce sanción a condenado por manejo en estado de ebriedad

La Corte Suprema acogió un recurso de nulidad presentado por la defensa y redujo a dos años la suspensión de la licencia de conducir para Omar Raúl Zerpa Vilogrón, condenado por manejar en estado de ebriedad y causar lesiones en diciembre de 2022, en Puerto Varas.

En un fallo unánime, identificado con causa rol 161.703-2023, la Segunda Sala del máximo tribunal determinó que el Juzgado de Garantía de Puerto Varas aplicó erróneamente la agravante de reincidencia específica. La resolución destacó que la condena previa del imputado se encontraba prescrita, por lo que no correspondía aumentar la sanción.

Argumentos del fallo

El tribunal señaló que la ley establece límites temporales para considerar antecedentes previos en la aplicación de agravantes. Según el artículo 104 del Código Penal, la reincidencia solo puede tomarse en cuenta dentro de los cinco años posteriores a la condena por delitos menores, como el cometido por Zerpa Vilogrón.

El fallo también advirtió que la Ley de Tránsito permite endurecer sanciones cuando existen antecedentes previos, pero esta disposición debe interpretarse dentro del marco general del Código Penal. En este caso, el tribunal concluyó que el aumento de la suspensión de la licencia de conducir no correspondía, ya que la condena anterior superaba el plazo establecido para considerarla en la nueva sentencia.

Nueva sentencia

Tras analizar los antecedentes, la Corte Suprema dictó una sentencia de reemplazo y condenó a Zerpa Vilogrón a 61 días de presidio menor en su grado mínimo. Además, mantuvo la multa de una unidad tributaria mensual y estableció una suspensión de la licencia de conducir por dos años.

Con esta decisión, el tribunal corrigió la aplicación errónea de la ley y garantizó el respeto a los principios de proporcionalidad y legalidad en la sanción impuesta.

Fuente: pjud.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Comisión de Salud aprueba proyecto para implementar receta electrónica

Comisión de Salud aprueba proyecto para implementar receta electrónica

El proyecto que establece la prescripción médica por receta electrónica y sanciona su falsificación avanzó al debate en la Sala del Senado. La Comisión de Salud aprobó la idea de legislar, lo que permitirá revisar en detalle aspectos como la gradualidad de su implementación y su reglamento.

La iniciativa, presentada por los senadores Juan Luis Castro, Luz Ebensperger, Paulina Núñez, Alfonso De Urresti e Iván Flores, busca crear un sistema universal de receta electrónica. Además, propone incorporar un tipo penal específico para sancionar la falsificación de estos documentos, al considerarlos instrumentos privados.

Postura del Ejecutivo

Antes de la votación en la Comisión, la ministra de Salud, Ximena Aguilera, participó en la sesión del 25 de marzo. La autoridad destacó que la propuesta va en línea con la política de interoperabilidad de datos en salud y respaldó la obligatoriedad de la receta electrónica. Sin embargo, recomendó ajustes que serán discutidos en la próxima etapa:

  • Implementación gradual: La ministra enfatizó la necesidad de un cambio progresivo, dado que prestadores de salud, farmacias y pacientes requieren adaptación. Propuso plazos escalonados.
  • Respaldo en papel: Para garantizar el acceso a los medicamentos, sugirió mantener la posibilidad de emitir recetas físicas en caso de fallas del sistema digital.
  • Regulación de dispositivos médicos: Planteó que esta materia debería abordarse en el proyecto que moderniza el Sistema Nacional de Servicios de Salud.
  • Modificación de sanciones: En lugar de incluirlas en el Código Penal, Aguilera recomendó que el Código Sanitario establezca las sanciones, dado que la fiscalización corresponde al Ministerio de Salud y sus organismos dependientes.

Plazos y próximos pasos

El senador Javier Macaya, presidente de la Comisión, expresó su preocupación por la operatividad del reglamento en seis meses tras la aprobación de la ley. La ministra reconoció que ese plazo es insuficiente y sugirió ampliarlo en la discusión en particular.

El proyecto será votado en la próxima sesión ordinaria del Senado. Luego, regresará a la Comisión de Salud para la presentación de indicaciones tanto del Ejecutivo como de los legisladores.

Fuente: senado.cl

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