Confirman arresto domiciliario total para imputado por cuasidelito de homicidio

En una decisión unánime, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco ha respaldado la medida cautelar de arresto domiciliario total y arraigo nacional impuesta a Angelo Adrián Durán Pastor, quien enfrenta cargos por cuasidelito consumado de homicidio. Esta determinación, que fue ratificada tras el recurso presentado por la defensa, confirma la resolución inicial dictada por el Juzgado de Garantía de Nueva Imperial.

El incidente que llevó a esta medida cautelar ocurrió el pasado 8 de febrero en la comuna de Nueva Imperial, cuando Durán Pastor, al mando de un bus, no respetó el derecho de paso de una peatón que cruzaba la vía habilitada. Este descuido provocó el fallecimiento de la víctima debido a un politraumatismo.

El fallo de la Segunda Sala destaca que el arresto domiciliario total es una medida proporcional, necesaria e idónea para salvaguardar la seguridad y los intereses del proceso. Por ende, se ha rechazado la solicitud de la defensa de modificar esta medida cautelar, afirmando que la libertad de Durán Pastor representa un riesgo para la seguridad pública.

En consecuencia, se mantiene la decisión de mantener al imputado bajo arresto domiciliario total, asegurando que no represente un peligro para la sociedad mientras continúa el desarrollo del proceso judicial en su contra.

El Ministerio Público sostiene que Durán Pastor, en el momento del incidente, no estaba atento a las condiciones del tráfico, lo que resultó en la tragedia que costó la vida a la peatón. Este caso pone de relieve la importancia de la responsabilidad y atención al volante para evitar accidentes graves como el que aquí se juzga.

Fuente: pjud.cl

Proponen rigurosas sanciones para combatir la contaminación ambiental

En un esfuerzo por combatir la creciente contaminación ambiental causada por el arrojo de basura en espacios públicos y sitios eriazos, un proyecto de ley ha llegado al Senado en su segundo trámite constitucional. Este proyecto, que está siendo examinado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, busca modificar el Código Penal para imponer sanciones más severas a quienes incurren en tales conductas.

El objetivo principal de esta iniciativa es elevar los rangos sancionatorios para aquellos que arrojan basura en lugares como plazas, caminos, calles, playas y monumentos naturales. Según lo establecido en el proyecto, aquellos que violen estas disposiciones se exponen a penas de hasta 540 días de presidio, así como multas que podrían ascender a más de 250 mil pesos chilenos.

El proyecto propone sanciones que van desde el presidio menor en su grado mínimo hasta la prestación de servicios en beneficio de la comunidad para aquellos que ensucien o arrojen desechos en espacios públicos. En casos donde se requiera la prestación de servicios, se deberá obtener el consentimiento previo del infractor. De lo contrario, se impondrá una multa adicional, sin perjuicio de la pena privativa de libertad.

Además, se contempla sancionar con la misma severidad a aquellos que trasladen basura a vertederos clandestinos, así como a quienes contaminen playas, riberas de ríos y zonas protegidas por el Estado. Estas conductas podrían resultar en penas de hasta 3 años de presidio y multas significativamente más altas.

Fuente: senado.cl

Cámara demanda construcción de más centros penitenciarios en Chile

La Cámara de Diputados ha emitido dos resoluciones destacando la urgente necesidad de abordar la crisis en los centros penitenciarios de Chile. La resolución 985 destaca la necesidad de erigir nuevos centros y mejorar los existentes, respondiendo a las crecientes preocupaciones sobre seguridad pública. Esto, con Chile mostrando un aumento notable en la percepción de la delincuencia en comparación con otros países de América Latina.

Se reconoce también la crisis humanitaria dentro de las cárceles, lo que ha llevado a los jueces a buscar alternativas al encarcelamiento tradicional. Es imperativo modernizar la infraestructura penitenciaria, asignando recursos adecuados para construir y mejorar los centros existentes, una medida respaldada por una abrumadora mayoría en la sala.

Además, la resolución 984 aborda la necesidad de establecer el uso obligatorio de uniformes para la población penal. Esta medida se presenta como una solución para reducir la actividad delictiva dentro de los recintos carcelarios, así como para fomentar la igualdad, la disciplina y el respeto a la ley entre los internos. Al evitar la categorización por vestimenta y prevenir la victimización de algunos reclusos por otros, se espera crear un ambiente más seguro y equitativo en las cárceles.

Ambas resoluciones fueron promovidas por diputados comprometidos con abordar estos desafíos, quienes reconocen la importancia de tomar medidas concretas para mejorar el sistema penitenciario. La construcción de más centros penitenciarios y el uso de uniformes obligatorios son pasos fundamentales hacia la reforma integral del sistema carcelario chileno, con el objetivo de garantizar condiciones dignas para los reclusos y promover la seguridad tanto dentro como fuera de las cárceles.

Fuente: camara.cl

Corte de Apelaciones de Arica confirma condena por Tráfico de Drogas

La Corte de Apelaciones de Arica ha emitido un fallo contundente, rechazando el recurso de nulidad presentado y ratificando la condena por tráfico de drogas impuesta a Wilson Ramírez Ala, Elvis Walter Camacho Aguilar y Juan Luis Quispe Mamani. La sentencia, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, estableció una pena de 5 años de presidio efectivo para los acusados como autores del delito consumado de tráfico de drogas.

El ilícito, que tuvo lugar en marzo del año pasado en un sector fronterizo con Bolivia, fue descubierto por personal del Ejército en el Complejo Fronterizo Chungará. Los acusados fueron sorprendidos ingresando al territorio nacional por un paso no habilitado, portando mochilas y bolsos que desprendían un fuerte olor a marihuana. Tras la intervención del Ejército, los acusados fueron entregados a la Policía de Investigaciones (PDI), quienes confirmaron que transportaban un total de 28,930 kilogramos de cannabis con una pureza del 100%.

La Segunda Sala del tribunal de alzada, en un fallo unánime, descartó cualquier error de derecho en la sentencia impugnada. Los ministros María Verónica Quiroz Fuenzalida, Marco Antonio Flores Leyton y la abogada Sandra Negretti Castro afirmaron que la regulación de la pena por parte de los sentenciadores es una facultad privativa, la cual fue ejercida adecuadamente por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica al considerar las circunstancias modificatorias de responsabilidad.

El fallo de la Corte de Apelaciones de Arica resalta que la sentencia se ajustó estrictamente a los límites normativos establecidos por la ley y no vulneró las normas que habilitan a los jueces para regular la pena. Por lo tanto, el recurso de nulidad interpuesto por la Defensora Penal Pública en representación de los imputados fue desestimado.

Fuente: pjud.cl

Corte de Punta Arenas ordena indemnizar a hermanas víctimas de detención ilegal

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas ha emitido un fallo histórico en favor de las víctimas de detención ilegal, apremios y abuso sexual ocurridos en 1984. En una decisión unánime, el tribunal ha acogido la demanda de indemnización de perjuicios presentada por Nadia Isabel Parra Millatureo, Rosalba Marina Parra Millatureo y Sandra Angélica Parra Millatureo, ordenando al fisco el pago de una indemnización total de $225.000.000 por concepto de daño moral.

El fallo, emitido por la Primera Sala del tribunal de alzada, revoca una sentencia anterior del Segundo Juzgado de Letras de Punta Arenas que había acogido la excepción de prescripción extintiva presentada por el fisco. La Corte estableció que las hermanas Parra Millatureo fueron víctimas de crímenes de lesa humanidad, los cuales son imprescriptibles tanto en sede penal como civil.

El tribunal destacó que las hermanas fueron detenidas ilegalmente en marzo de 1984 y sometidas a malos tratos y abuso sexual por parte de Carabineros de Chile en la Primera Comisaría de la ciudad. Durante su detención, sufrieron apremios físicos y psicológicos, presenciaron torturas a otros detenidos y fueron posteriormente ingresadas ilegalmente a la Cárcel de Punta Arenas.

La resolución de la Corte también hace referencia a la obligación del Estado de Chile de proteger los derechos humanos, en consonancia con el Pacto de San José de Costa Rica y la Convención Americana de Derechos Humanos. Además, se destaca que los delitos de lesa humanidad y las acciones de indemnización derivadas de ellos son imprescriptibles, según lo establecido en el derecho internacional.

En cuanto a los daños sufridos por las demandantes, la Corte consideró que están suficientemente acreditados, tanto por la naturaleza de la agresión como por su contenido, respaldados por informes psicológicos y la testimonial de expertos que atendieron a las víctimas en el contexto de reparación.

En conclusión, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas ha sentado un importante precedente al rechazar la excepción de prescripción extintiva y ordenar al fisco indemnizar a las hermanas Parra Millatureo por los graves daños sufridos durante su detención ilegal en 1984. La decisión resalta la importancia de la justicia y la reparación integral en casos de violaciones a los derechos humanos.

Fuente: pjud.cl